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  • keyboard_arrow_down29/09/1989 | Ordenanza Nº 2327

    Ordenanza Nº 2327

    Nro. de norma: 2327

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 29/09/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por los señores JOSE ANDRES y ALDO RUBENS BUFFA, de una fracción de terreno ubicada en la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura practicado por el Agrimensor Eros R. Faraudello en abril de mil novecientos ochenta y nueve, aprobado por la Municipalidad de Rafaela en el expediente Letra “B” - Nº 120389 - Fichero Nº 46, se ubica en la concesión trescientos catorce, individualizada como polígono B-B’-E’-E-B, contando con las siguientes medidas, linderos y superficie: tiene veinte metros en su lado Oeste, puntos B-B’, aclarándose que el punto B se encuentra a los trescientos sesenta y dos metros ochenta y tres centímetros hacia el norte del punto A del referido plano; igual medida en su lado Este, puntos E-E’, aclarándose que el punto o vértice E se encuentra a quinientos cinco metros veintiocho centímetros hacia el Oeste del punto C del citado plano; y ciento cincuenta y nueve metros sesenta centímetros en sus lados Norte y Sur, puntos B’-E’ y B-E, respectivamente; lindando: al Norte con la manzana A, al Sur con propiedad de los donantes, al Este con prolongación de calle F. Fader, y al Oeste con terreno de la concesión 313; contando con una superficie de Tres mil ciento noventa y dos metros cuadrados.

  • keyboard_arrow_down08/09/1989 | Resolución N.º 1277 - Ratificar lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal.

    Resolución N.º 1277 - Ratificar lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal.

    Nro. de norma: 1277

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 08/09/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Ratificar lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal en lo que se refiere al rechazo del requerimiento por los repre­sentantes de los actores en el Expediente N º 408 año 1988 - SAAVEDRA, Yolanda y SAETTONES, Mercedez y otros c/Municipalidad de Rafaela s/apremio.

  • keyboard_arrow_down08/09/1989 | Ordenanza N.º2324

    Ordenanza N.º2324

    Nro. de norma: 121255

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 08/09/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    ModifÍcase el artículo 14'' del código Tributario vigente en la Municipalidad de Rafaela, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Art.14º ) El domicilio fiscal de los contribuyentes y responsables a los efectos de la aplicación de este código, Ordenanzas Tributarias y cualquier otra norma legal dictada por la Municipa­lidad de Rafaela, disponiendo el cobro de tasas, derechos, contribuciones de mejoras y todo otro tributo municipal, será el lugar ubicado en el ejido de la ciudad de Rafaela que tenga denunciado o denuncie el contribuyente en el Area Rentas.- Dicho domicilio fiscal deberá obligatoriamente estar dentro de las zonas urbanas y suburbanas de la ciudad de Rafaela, con exclusión expresa de la zona rural.-"

  • keyboard_arrow_down08/09/1989 | Ordenanza N.º 2323

    Ordenanza N.º 2323

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 08/09/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Créase el Concejo Asesor Económico Social de la ciudad de Rafaela que se regirá por las disposiciones de la presente Ordenanza, con la función de actuar como órgano de consulta y mantener el diálogo permanente y orgánico de las entidades que lo conforman con el Gobierno Municipal, para contribuir al crecimiento de la ciudad.-  

  • keyboard_arrow_down08/09/1989 | Ordenanza N.º 2321

    Ordenanza N.º 2321

    Nro. de norma: 121071

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 08/09/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    La Municipalidad de Rafaela, mediante Ordenanza que deberá dictarse en cada caso, podrá autorizar construcciones que constituyan excepciones a la restricción consagrada por el Artículo 1.6.b. del Capítulo II del Reglamento de Edificación de la Municipalidad; bajo las siguientes condiciones: Que se trate de edificaciones correspondientes a un inmueble de una entidad o institución cuya principal actividad sea el fomento y la práctica del deporte.- Tales construcciones deben constituir la única solución posible para las necesidades de la entidad o institución, acorde a su actividad específica; para así evitar el traslado de instalaciones a otro lugar.- En ningún caso las edificaciones deberán sobrepasar el límite que marca el cordón de la respectiva vereda, sobre cuyo espacio aéreo se edificará.- Las construcciones no deberán entorpecer el tránsito peatonal y no podrán constituir elemento de riesgo tanto para transeúntes como para conductores de vehículos.- La documentación técnica correspondiente a las citadas edificaciones deberá estar firmada por los representantes legales de la entidad o institución y por los profesionales que tendrán a su cargo la responsabilidad de los trabajos.- La Secretaría de Obras y Servicios Públicos deberá producir informe sobre cada caso, aconsejando la resolución a adoptar: quedando establecido que dicha dependencia estará facultada para solicitar a los recurrentes cuanta documentación o modificación estime necesarias para los trabajos a ejecutarse.-

  • keyboard_arrow_down08/09/1989 | Ordenanza N.º 2320

    Ordenanza N.º 2320

    Nro. de norma: 120968

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 08/09/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la aplicación en la Municipalidad de Rafaela del “Régimen de Regularización de Tasa General de Inmuebles” que establece la presente Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down23/08/1989 | Ordenanza N.º 2319

    Ordenanza N.º 2319

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 23/08/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal para otorgar la concesión del servicio público de transporte colectivo urbano de pasajeros, el cual actualmente es prestado por la Empresa Municipal de Transporte de Rafaela; bajo las siguientes condiciones: La concesión únicamente se otorgará previo llamado a licitación pública.- Los pliegos de la licitación pública serán redactados por una Comisión que presidirá el Intendente Municipal y estará integrada por: a). Los miembros de la Comisión de Obras y Servicios Públicos del Concejo Municipal.- b). Tres (3) representantes que designará el Departamento Ejecutivo, además del Intendente Municipal. c). Los miembros titulares (directores y síndico) del Directorio de la Empresa Municipal de  Transporte.- La Comisión prevista por el inciso 2º) que antecede, dictaminará sobre la adjudicación de la concesión; acto administrativo éste que estará a cargo del Departamento Ejecutivo.

  • keyboard_arrow_down23/08/1989 | Ordenanza N.º 2316

    Ordenanza N.º 2316

    Nro. de norma: 105940

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 23/08/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por la firma “Giuliani Hermanos” Sociedad Anónima, de una fracción de terreno ubicada en la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura para donación de calle practicado por el Agrimensor Eros R. Faraudello en noviembre de mil novecientos ochenta y cinco, aprobado por la Municipalidad de Rafaela en el Expediente Nº 100.813 Año 1985, se ubica en la concesión doscientos quince, individualizada como polígono ABCDA, contando con las siguientes medidas, linderos y superficie: tiene diez metros treinta y cinco centímetros en su lado Norte, puntos DA, aclarándose que el punto o vértice D. se encuentra a noventa metros setenta centímetros hacia el Sur del punto D, del referido plano; igual medida en su lado Sur, puntos BC, aclarándose que el punto o vértice C, se encuentra a ochenta y tres metros sesenta y seis centímetros hacia el Norte del punto C, del citado plano; y ciento ocho metros cinco centímetros en sus lados Este y Oeste; lindando: al Norte con propiedad de Alberto Alfonso y Luís Furrer, al Sur con propiedad del Sindicato Trabajadores Industria de la Alimentación, al Este con calle pública, y al Oeste con terrenos de Giuliani Hnos. Sociedad Anónima; contando con una superficie de un mil ciento dieciocho metros cuadrados treinta y dos decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down25/07/1989 | Ordenanza N.º 2314

    Ordenanza N.º 2314

    Nro. de norma: 103079

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/07/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por “Frigorífico Rafaela” S.A., de una fracción de terreno ubicada en la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura para donación de calle confeccionado por el Agrimensor Eros R. Faraudello en julio de mil novecientos ochenta y cinco, aprobado por la Municipalidad de Rafaela en el Expediente número 104342 Letra F. el 1º de octubre de 1985, es parte de la concesión doscientos cuarenta y seis, identificándose como polígono ABCDA; contando con las siguientes medidas, linderos y superficie: tiene ciento veinticinco metros en su lado Norte, puntos AD, encontrándose el punto A, a los cuarenta metros hacia el Oeste del punto A, del citado plano de mensura; ciento veinticinco metros en su lado Sur, puntos BC, y diez metros en sus lados Oeste, puntos CD, y Este, puntos AB; lindando al Norte y al Oeste con propiedad de Frigorífico Rafaela S.A.I.C. y al Sur y al Este con calle Mensajero José Dona; contando con una superficie de un mil doscientos cincuenta metros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down25/07/1989 | Ordenanza N.º 2313

    Ordenanza N.º 2313

    Nro. de norma: 120510

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/07/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por el ingeniero Justo Jiménez, con destino a calle pública, de una fracción de terreno ubicada en la concesión 374 de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que mide veinte (20) metros de frente al Este sobre Ruta Nacional Nº 34 “General Güemes” e igual contrafrente al Oeste sobre la avenida Los Alamos, por doscientos treinta (230) metros en sus costados Norte y Sur, distante ochenta y nueve metros sesenta centímetros (89,60) de la esquina Sud-Este intersección de la Avenida Pucará y Ruta Nacional Nº 34 “General Güemes”, según plano de mensura practicado en junio de mil novecientos ochenta y nueve por la ingeniera geógrafa Beatriz S. Jiménez; en el que se identifica como lote b, lindando al norte con el lote a, y más terreno de Justo Jiménez; al Sud con más terreno de Justo Jiménez; al Este con la Ruta Nacional Nº 34 “General Güemes”; y al Oeste con la avenida Los Álamos. Es parte de la quinta “J” cuyo dominio está inscripto al Nº 64.623 y Nº 2794 - Tomo 325 Impar - Año 1998, siendo la superficie de esta fracción donada de 4.600 metros cuadrados.-  

  • keyboard_arrow_down25/07/1989 | Ordenanza N.º 2312

    Ordenanza N.º 2312

    Nro. de norma: 104914

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/07/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por Jorge Omar Boidi y Stella Maris Campanini de Boldi, de una fracción de terreno ubicada en la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura y subdivisión para donación de calle practicado por el Agrimensor Eros R. Faraudello en marzo de mil novecientos ochenta y seis, aprobado en el Expediente de la Municipalidad de Rafaela número 107972 Letra B., es parte de una fracción de las manzanas veintiocho y veintinueve de la concesión doscientos treinta y uno según Catastro Municipal, encontrándose ubicado su vértice Noreste a los cincuenta y tres metros hacia el Sur de la esquina Noreste de la manzana treinta y cuatro de la mencionada concesión y luego treinta metros hacia el Oeste; se identifica como “LOTE 1 B.”, polígono ABCDEHA, y tiene las siguientes medidas, linderos y superficie: Cuenta con sesenta y cuatro metros en su lado Norte, puntos AB; sesenta y dos metros en su lado Sur, puntos EH; doce metros en su costado Oeste, puntos AH; siendo su lado Este una línea quebrada que, partiendo del punto B., tiene seis metros hacia el Sur, puntos BC, luego dos metros hacia el Oeste, puntos CD, y después seis metros hacia el Sur puntos DE; linda: al Norte con terrenos de Hugo Nassi y Señora y Gerardo Albizu, calle Paraná de por medio; al Sur con el Lote 1.A del citado plano de mensura y subdivisión; al Oeste con propiedad de Frigorífico Rafaela S.A.I.C. y al Este con propiedad de Frigorífico Uncoga; contando con una superficie de setecientos cincuenta y seis metros cuadrados.

  • keyboard_arrow_down12/07/1989 | Ordenanza Nº 2.308

    Ordenanza Nº 2.308

    Nro. de norma: 115546

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/07/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Rafaela, por los señores Mónica Olga María Gotta, Marta Leonor Gotta de Zanuzzi ó Martha Graciela Leonor Gotta de Zanutti ó Marta Leonor G. de Zanuzzi, Horacio Roberto Alemandi, Raúl Leonildo Federico Alemandi y Graciela María Alemandi de Berutto, de dos fracciones de terreno que se destinaran a calles públicas y que pasarán a integrar el dominio público municipal, las cuales según el Plano de mensura y subdivisión practicado por la Ingeniera Geógrafa Beatriz S. Jiménez en junio de mil novecientos ochenta y ocho, inscripto en el Departamento Topográfico, Dirección de Catastro de la provincia de Santa Fe bajo el Nº 114444, se ubican en las concesiones trescientos setenta y tres, trescientos setenta y cuatro, trescientos ochenta y nueve y trescientos noventa de la Colonia Rafaela, Departamento Castellanos, provincia de Santa Fe; respondiendo a las siguientes descripciones: 1). Fracción individualizada como polígono “X X1 T1 TX”: Cuenta con cuarenta metros en su costado Norte, puntos XX1; igual medida en su costado Sur, puntos TT1; y doscientos setenta y dos metros veinte centímetros en sus costados Este y Oeste, puntos XT y X1 T1, respectivamente; linda: al Norte con la Avenida Los Álamos; al Sur con parte de la fracción C1B1BCC1; al Este con la fracción I (uno en romano) del mismo plano de mensura  y subdivisión; y al Oeste con fracción II (dos en romano); contando con una superficie de diez mil ochocientos ochenta y ocho metros cuadrados.- 2). Fracción individualizada como polígono C1B1BCC1 : Cuenta con mil doscientos setenta metros veintidós centímetros en su costado Norte, puntos C1 B1: mil doscientos sesenta y nueve metros cuatro centímetros en su costado Sur, puntos CB; diez metros siete centímetros en su costado Oeste, puntos CC1 y Diez metros en su costado Este, puntos BB1 linda: al Norte con las fracciones I y II (uno y dos en romano) y el polqono “X X1TT X” del mismo plano de mensura y subdivisión; al Sur con la Avenida Pucará; al Oeste con la concesión trescientos ochenta y ocho; y al Este con la Ruta Nacional Nº 34 “General Güemes”; contando con una superficie de doce mil seiscientos noventa y seis metros cuadrados treinta decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down24/05/1989 | Ordenanza N.º 2305

    Ordenanza N.º 2305

    Nro. de norma: 120157

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/05/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la cesión de uso a título gratuito, a favor de la Municipalidad de San Cristóbal (Pcia. de Santa Fe), de una planta elaboradora de concreto asfáltico marca “Melga” que es propiedad de la Municipalidad de Rafaela y se encuentra en desuso.-

  • keyboard_arrow_down25/04/1989 | Ordenanza N.º 2303

    Ordenanza N.º 2303

    Nro. de norma: 118978

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/04/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incluyese dentro del “Distrito Residencial de Viviendas de 1 (una) Familia” en los términos del Reglamento de Zonificación vigente, a las manzanas y quintas comprendidas entre la calle Dr. Jaime Ferré por el lado Norte, la Avenida Italia por el lado Oeste, la Avenida Brasil por el lado Sur y la calle Joaquín V. González por el lado Este, de la Concesión 235 de la ciudad de Rafaela, dejando de pertenecer dichos terrenos al “Distrito de Reserva Residencial de Baja Densidad”.-

  • keyboard_arrow_down25/04/1989 | Ordenanza N.º 2302

    Ordenanza N.º 2302

    Nro. de norma: 112940

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/04/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Decláranse de interés general para la ciudad de Rafaela, las fracciones de terreno ubicadas en jurisdicción del Municipio de Rafaela, que se mencionan a continuación: Una fracción de terreno, que es parte de las concesiones 160 y 176 de la Colonia Rafaela, de forma rectangular y que mide: cuatrocientos metros en su costado Norte, por donde linda, camino público por medio con parte de la concesión 144; Un mil treinta y nueve metros con veinte centímetros en su costado Este por donde linda camino público por medio con fracción 48 y parte de fracciones 49 y 50 de la Colonia Bella Italia; igual medida en su costado Oeste, por donde linda con más terreno perteneciente a Suc. José A. M. Armando; cuatrocientos metros en su costado Sur, por donde linda camino público por medio con parte de la concesión 192.- Una fracción de terreno que es parte de la concesi6n 384 de la Colonia Rafaela, de forma triangular y que mide setecientos cuarenta metros con ochenta y seis centímetros en su costado Norte, por donde linda camino público por medio con la concesión 368; ochocientos noventa y seis metros con catorce centímetros en su costado Este por donde linda camino público por medio con fracciones 180, 182/2 y parte fracción 182/1 de la Colonia Bella Italia; y un mil ciento sesenta y nueve con veinte centímetros en su costado medio rumbo Sud-este por donde linda con las vías del ferrocarril Nacional General Belgrano.-

  • keyboard_arrow_down30/03/1989 | Ordenanza N.º 2301

    Ordenanza N.º 2301

    Nro. de norma: 118421

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la cesión en comodato, por el plazo de diez (10) años contados a partir de la fecha de promulgación de la presente, a favor de la Asociación Colombófila “General Belgrano”, para que ella desarrolle sus actividades específicas, de una fracción de terreno ubicada en la manzana ocho de la concesión doscientos treinta y uno de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro Alexandroff Zlateff en junio de 1988, aprobado en la Municipalidad de Rafaela con fecha 19 de diciembre de 1988 en el Expediente Nº 118.723 Letra M. e inscripto en la Dirección de Catastro, Departamento Topográfico, de la Provincia de Santa Fe bajo el Nº 115.168, se identifica como LOTE II (dos en romano) y cuenta con treinta y dos metros cuarenta centímetros en su frente al Sur, puntos FB; igual medida en su contrafrente al Norte, puntos EA; cuatro metros cuarenta centímetros en su frente al Este, puntos AB; y cuatro metros sesenta centímetros en su contrafrente al Oeste, puntos EF; se ubica en la esquina Sudeste de la manzana de que es parte; linda al Norte con propiedad de Luisa M. Heinzen, al Sur con calle Soldano, al Este con calle Cervantes y al Oeste con el Lote I (uno en romano) del mismo plano de mensura y subdivisión; con una superficie de ciento cuarenta y cinco metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados.-  

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2297

    Ordenanza N.º 2297

    Nro. de norma: l19l22

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese el otorgamiento de los siguientes premios-estímulo anuales, por parte de la Municipalidad de Rafaela: Mención “Museo Histórico Municipal de Rafaela”.- Mención “Archivo Histórico Municipal de Rafaela”.- Mención “Biblioteca Pública Municipal de Rafaela”.- Mención “Museo Municipal del Vestido”.- Mención “Museo de Bellas Artes Dr. Urbano Poggi”.- Mención “Concejo Municipal de Rafaela”.- Los premios a otorgar consistirán en un diploma y una medalla, o un libro de edición municipal; quedando sujeta su adjudicación a las normas de la presente Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2294

    Ordenanza N.º 2294

    Nro. de norma: 115513

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por el señor Orfindo Ramón Posebón de las fracciones de terreno que se detallan a continuación, ubicadas en la concesión trescientos veintinueve (329) de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe; las cuales según plano de mensura, subdivisión y loteo practicado por el Agrimensor Eros R. Faraudello en octubre de mil novecientos ochenta y siete, glosado a foja 28 del Expediente Municipal Letra “C” – Nº 115513 - Fichero Nº 45

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2292

    Ordenanza N.º 2292

    Nro. de norma: 114217

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación ofrecida por el señor Roberto Jorge Aragno, de una fracción de terreno que es parte de la concesión doscientos veintinueve de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, la cual según plano de mensura y subdivisión practicado por el Agrimensor Ramón A. Larriqueta en julio de 1987, presentado por la Municipalidad de Rafaela en Expediente Letra “A” - Nº 114217 - Fichero Nº 44, se individualiza como lote Nº 26 (veintiséis) y tiene las siguientes medidas, linderos y superficie: cuenta con veinte metros en su costado Norte, puntos EF; a partir del punto F se cuentan ochenta y un metros doce centímetros hacia el Sur hasta llegar al punto H; desde el punto H se cuentan veintinueve metros hacia el Este, luego diecisiete metros con treinta y dos centímetros hacia el Sur y después veintinueve centímetros hacia el Oeste, llegándose al punto J; desde el punto J se cuentan veintiocho metros seis centímetros hacia el Sur, luego veinte metros hacia el Oeste y después veintiocho metros seis centímetros hacia el Norte, llegándose al punto I; desde el punto I se cuentan treinta metros hacia el Oeste, luego diecisiete metros con treinta y dos centímetros hacia el Norte y después treinta metros hacia el Este, llegándose al punto G; y desde el punto G se cuentan ochenta y un metros con doce centímetros hacia el Norte, hasta llegar al punto E, con lo cual se cierra el perímetro de la fracción; lindando: al Norte con la calle Luís Maggi; al Sur con más terreno de la concesión de que es parte; al Oeste en parte con los lotes tres, veinticinco, veinticuatro, veintitrés, veintidós, veintiuno, veinte, diecinueve, dieciocho y diecisiete del mismo plano de mensura y subdivisión y en parte con más terreno de la concesión doscientos veintinueve; y al Este en parte con los terrenos cuatro, siete, ocho, nueve, diez, once, doce, trece, catorce, quince y dieciséis del mismo plano de mensura y subdivisión y en parte con terrenos de la concesión doscientos veintinueve; con una superficie de tres mil quinientos cincuenta y un metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados.-  

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2287

    Ordenanza N.º 2287

    Nro. de norma: 118604

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Apruébase el convenio celebrado por el Departamento Ejecutivo Municipal con la Empresa Provincial de la Energía (E.P.E.), el cual textualmente expresa: “- - - Entre la Empresa Provincial, de la Energía, representada por su Gerente Comercial, Ing. Ricardo Toledo, y la Municipalidad de Rafaela, representada por su Intendente Sr. Rodolfo B. Muriel, L.E. Nº 6.273.837, y por su Secretario de Hacienda, Sr. José. L. Molfino, L.E. Nº 7.883.698, celebran ad-referendum del Poder Ejecutivo de la Provincia y del órgano deliberativo municipal, respectivamente, el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:------------------------- PRIMERA: El consumo de energía eléctrica y la reposición de lámparas incandescentes para la prestación del servicio de Alumbrado Público, será pagado directamente por los beneficiarios del mismo a la Empresa Provincial de la Energía, que es la que suministro tales insumos a esta Municipalidad, para la prestación de dicho servicio, al precio tarifado oficialmente y en forma conjunta y bajo las mismas modalidades que pagan el consumo de energía eléctrica de uso particular.- SEGUNDA: Para determinar la cuota parte que a cada beneficiarios; de la localidad corresponda abonar, la Empresa Provincial de la Energía toman como base el monto a precio tarifado del consumo del Alumbrado Público provincial y lo prorrateará entre todos los beneficiarios del mismo ámbito, en proporción al consumo que registren como usuarios particulares de la misma.------------------------- Los valores que tienen las cuotas partes a la tarifa vigente en el mes de octubre de 1988, son las siguientes:----------------------------------------- Bandas de Consumo                             Cuotas - Partes KWH/Bim.                                          Mens. 0 - 59                                                3,17 A/Us Mes. 60 - 119                                              6,37 120 - 199                                            14,37 200 - 399                                            21,24 400 - 599                                            24,41 600 ó nás                                            27,61 y serán actualizados de acuerdo con las variaciones que registre el precio tarifado oficialmente correspondiente a la categoría “Alumbrado Publico”.--------------------------------- TERCERA: Si el crecimiento del servicio del Alumbrado Público tornare insuficiente lo recaudado por la Empresa Provincial de la Energía, pura cubrir los insumos que demanda la prestación del mismo, tendrá derecho a cobrarle la diferencia a la Municipalidad de Rafaela.- No se considerará crecimiento del servicio, a los fines de la aplicación del párrafo precedente, a los alumbrados públicos que se instalen, previa autorización de la Empresa Provincial de la Energía, en nuevas urbanizaciones o zonas de la ciudad en la que actualmente no se presta tal servicio, como tampoco al incremento del actual consumo de alumbrado público en una medida inferior a 4,37% del mismo.---------- Empero, anualmente, la Empresa Provincial de la Energía, conjuntamente con las autoridades Municipales deberán revisar la base de cálculo referida en el artículo anterior para determinar los nuevos valores que correspondan por prorrateo, cesando en ese caso el derecho a cobrar la diferencia.--- CUARTA: La aplicación de este convenio queda condicionada a la aprobación del mismo por parte del Concejo Municipal de la ciudad de Rafaela.- Su vigencia comenzará el día primero (1º) del mes inmediato siguiente a aquel en que el Departamento Ejecutivo Municipal de Rafaela notifique por escrito a la Empresa Provincial de la Energía (E.P.E.) de la aprobación de este acuerdo por parte del órgano deliberativo de la Municipalidad de Rafaela.----------------------------------- QUINTA: El plazo de este convenio se fija en un (1) año contado a partir del comienzo de la vigencia del mismo conforme lo expresado en la cláusula “CUARTA”; pudiendo ser renovado por acuerdo de partes y por iguales períodos.--------------------------- SEXTA: A los fines de este acuerdo, las partes fijan domicilio: La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA en esta ciudad, en calle Primera Junta Nº 2558, 3er. piso, y la MUNICIPALIDAD DE RAFAELA en la localidad homónima, en calle Moreno y Bv. Lehmann.- De conformidad firman los representantes de las partes cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Santa Fe, a los cinco días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y ocho.--------- Firman el convenio RODOLFO B. MURIEL - Intendente Municipal -; JOSE LUIS MOLFINO - Secretario de Hacienda -; Ing. RICARDO ERNESTO TOLEDO - Gerente Comercial E.P.E.---------

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2286

    Ordenanza N.º 2286

    Nro. de norma: 114711

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    modifícanse los artículos 2.2.; 2.2.9.; 2.2.18.; 2.3.; 2.3.1.; 2.3.2.; 3.1.; 4.1.; 5.5.2.; 10.2.7.2.; y 10.2.8.1., del “Reglamento General de Instalaciones Eléctricas de la Municipalidad de Rafaela” adoptado por la Ordenanza Nº 2126, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “2.2.)               - Categorías: Los nombrados en el artículo anterior estarán agrupados en dos (2) categorías: PRIMERA y SEGUNDA.-” “2.2.9.)            - Obtención de la matrícula: a) primera categoría: Todos los profesionales habilitados por el Consejo de Ingenieros para proyectar, conducir y ejecutar obras de electricidad con las limitaciones fijadas por el organismo oficial para cada título habilitante; y b) segunda categoría: los que posean título de electricista o instalardor electricista expedido por institutos de enseñanza oficiales o privados reconocidos por el Estado, estando autorizados solamente para ejecutar instalaciones eléctricas de luz y fuerza motriz.- La posesión de los títulos mencionados será acreditada mediante la presentación de los mismos o de certificado analítico, de estudios, debidamente legalizados.- Quienes posean títulos afines a los mencionados podrán obtener matrícula en la categoría que corresponda, previa evaluación por parte de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del contenido de los programas de estudios cursados y aprobados, a cuyo fin éstos se presentarán debidamente legalizados. En caso de considerarlo necesario, el postulante será sometido a examen de competencia y se requerirá certificación de antecedentes de trabajos realizados, proyectos de obras, peritajes efectuados, etc..- Los que no posean títulos de ningún nivel podrán obtener matrículas de segunda categoría previa presentación de certificación de antecedentes de trabajos realizados, puestos desempeñados y/o certificado de competencia e idoneidad de A.S.E.L.A.F. En caso que, a juicio de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, los antecedentes no sean suficientes a los efectos de otorgar la matrícula, deberá ser sometido a un examen de competencia.- En todos los casos los exámenes de competencia serán tomados por una Comisión integrada por un representante de la Municipalidad, uno de la Empresa Provincial de la Energía (E.P.E.), un representante de Universidad Nacional y un representante de A.S.E.L.A.F. como veedor.- Las solicitudes de matriculación se realizarán en formulario especial que, a tal fin, entregará la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y los interesados deberán cumplimentar los datos requeridos en el mismo, sin excepción.”.- “2.2.18.)          - Alcances de la responsabilidad de los conductores técnicos e instaladores: El conductor técnico es responsable del cumplimiento del proyecto y de la presente reglamentación, debiendo indicar por escrito el nombre del instalador a la Sub área Electrotecnia. El incumplimiento de este requisito será pasible de la sanción denominada “falta grave”.- Instaladores matriculados: La responsabilidad de los instaladores matriculados es condición inherente a su profesión y sus alcances atañen a la construcción y/o funcionamiento de la obra eléctrica por el término de doce meses, a partir de la fecha de aprobación de la inspección final de la obra o de la puesta en servicio de la instalación.”.- “2.3.)               - Alcances de la Ordenanza: A los efectos de la presentación de proyectos y conducción técnica de instalaciones eléctricas destinados a viviendas unifamiliares como así también para todo Otro tipo de construcciones, el presente Reglamento se aplicará conforme con las instrucciones que surgen de las Resoluciones que dicte, al respecto, el Consejo de Ingenieros de la provincia de Santa Fe.”.- “2.3.1.)            - Carteles de obra: Deberán colocarse en lugares visibles donde se indique respecto del proyectista y/o conductor técnico, nombre y apellido y/o razón social Nº de inscripción en el Consejo de Ingenieros y Nº de matrícula municipal. Respecto de los instaladores: nombre y apellido y/o razón social y Nº de matrícula municipal.- El incumplimiento del presente artículo será penado con una falta leve.- “2.3.2.)            - Locales comerciales e industriales: A los efectos de la aplicación del presente Reglamento, para los locales existentes de construcción previa al 1º de junio de 1986, se fija la presentación de un croquis de documentación de la instalación eléctrica.- Todos aquellos locales destinados a alquiler, cualquiera sea la fecha de su construcción con posterioridad a la autorización que se otorgue por aplicación del Reglamento de Zonificación; deberá presentarse un croquis de documentación de la instalación eléctrica”.- “3.1.)               - Conexiones: Toda instalación nueva que desee integrar a la red de suministros de energía, deberá atender a este Reglamento en todos sus aspectos. Para el trámite de conexión, el interesado deberá solicitarlo ante la Municipalidad de Rafaela, provisto de la siguiente documentación: Documento de identidad; Plano de construcción civil y eléctrico aprobados; De ser inquilino, contrato de locación y/o autorización del propietario; si es construcción nueva, firma del instalador responsable; otros a requerir por la Sub área de Electrotecnia.”.- 4.1.)                 - Tipo de Inspecciones: Al efectuarse las instalaciones, se realizaran las siguientes inspecciones: a) Obligatorias: - Una de cañerías, en losa, la cual se concretará dentro de las 48 horas hábiles de solicitada.- - otra final, de toda la instalación y detalles en general, aún tratándose de ampliaciones o refacciones de instalaciones ya habilitadas.- b) Optativas: De cañerías en muros, cableado en general, tableros, tomas y puestas a tierra, entradas y demás; las cuales se efectuaran según lo determinado en el Capítulo XII “INSPECCION Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES” y se completará dentro de los 30 días de haber entrado en servicio. La verificación del Factor de Potencia correrá por cuenta de la E.P.E., organismo éste del cual depende el suministro y al que puede afectar un bajo factor.- c) Instalaciones de Fuerza Motriz: En los casos de instalaciones para Fuerza Motriz (F.M.) la inspección final se llevará a cabo con los respectivos elementos de protección o arranque, y con unidades motrices ya montadas en el lugar definitivo.- Las inspecciones parciales de cañerías, totales, certificaciones varias, finales, provisorias, aumentos de cargas, traslados de entradas, ampliaciones, retiro de cables y otras deberán ser solicitadas a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos; quedando entendido que se practicarán en la medida de las posibilidades de esta dependencia.”.- 5.5.2.)              - Número mínimo de circuitos: La instalación eléctrica del inmueble deberá tener un número mínimo de circuitos de acuerdo con el grado de electrificación y opcionalmente, determinado por razones económicas, se podrá implementar el circuito mixto en inmuebles destinados a viviendas de hasta 150 metros cuadrados de superficie cubierta.- a)- Electrificación mínima: un circuito para boca de alumbrado - un circuito para tomacorriente.- b)- Electrificación media: un circuito para bocas de alumbrado - un circuito para tomacorriente - un circuito para usos especiales.- c)- Electrificación elevada: dos circuitos para bocas de alumbrado - dos circuitos para tomacorrientes dos circuitos para usos especiales.- d) Opcionalmente hasta 150 metros cuadrados de superficie cubierta se pueden disponer circuitos mixtos de iluminación y toma corriente, no excediendo las 15 bocas como máximo en ninguno de los casos, adoptando para su cálculo el criterio establecido para circuitos de toma corrientes con electrificación media (tabla 5-II).- e) Para inmuebles de más de 150 metros cuadrados de superficie cubierta rigen las indicaciones para electrificaciones elevadas.”.- 10.2.7.2.)         - Montaje de caños termoplásticos: Para el montaje de caños deberán tenerse en cuenta las siguientes indicaciones: a) Embutidos en losa: Serán ejecutadas con pronunciada caída para preveer la evacuación de agua condensada. Se asegurará que estas cañerías sean realizadas en línea recta durante toda su extensión. Deberá cubrirse como mínimo con 20 mm de H A tomados desde el lomo del caño.- En los casos en que la cañería deba pasar ente juntas de dilatación, se practicará un corte y la unión será realizada en forma telescópica.- b) Embutidos en pared: Deberán alojarse en canales practicados de modo que queden a una profundidad no menor a 30 milímetros considerada desde la superficie de la pared al lomo del caño.- c) Cuando se alojan en canales de recorrido vertical u horizontal: se colocarán a una distancia de 100 milímetros del vacío correspondiente a puertas y ventanas, medidos en la construcción de albañilería sin terminar; exceptuando a los marcos y contramarcos. La distancia máxima desde el nivel del piso será de 300 milímetros y de 150 milímetros respecto de los rincones.- d) Si no es posible cumplir las normas indicadas en el punto c) que antecede, el caño se protegerá con una cubierta de planchuela de hierro tratada contra la corrosión, de 20 milímetros de ancho y 1,4 milímetros de espesor. El tapado se realizará con cemento arena 1.2 para asegurar los caños contra clavadores.”.- e) Cañerías sobre cielorrasos suspendidos: Podrán utilizarse exclusivamente caños rígidos.- 10.2.8.1.)         - Cañerías aprobadas: Podrán emplearse las cañerías aprobadas metálicas que se utilicen embutidas. Además podrán emplearse: a). Cañería de acero tipo liviano, según norma IRAM 2284, esmaltadas o cincadas con uniones y accesorios normalizados.- b). Cañería formada por conductos de metal fabricados especialmente para instalaciones eléctricas a la vista, utilizando accesorios tales como cajas, codos, etc, fabricados especialmente para éstos.- c). Caños metálicos flexibles.- d). Caños termoplásticos: deberán atender a las siguientes características: d- 1) Ser rígidos, construídos en PVC de alta viscosidad y fundido de uso para temperaturas máximas de 70°.- d- 2) Ser de superficie exterior lisa, sin escalonamientos (el caño plástico corrugado no podrá ser utilizado).- d- 3) Será de sección circular uniforme y espesor uniforme.- d- 4) Deberán llevar caracteres visibles, a intervalos no mayores de 1m. y/o en los extremos con las siguientes indicaciones: - Razón social del fabricante.- - Número de normalización del IRAM.- - Medida de diámetro que corresponde.- d- 5) El interior de estos caños estará libre de aristas u obstrucciones que puedan dañar la instalación del conductor y que impidan el fácil pasaje de éstos. d- 6) Los extremos de los caños, en sus puntos de conexión con las cajas estarán limitados por secciones planas normales al eje. d- 7) Este tipo de caño tendrá las medidas que se inserten en la siguiente tabla: Normalización            Designación               Ø Ext.             Ø mt.               Espesor comercial                    mm.                 mm.                mm. P.16/13                       5/8”                            15,88               12,63               1,625 P.19/16                       3/4”                            19,05               15,39               1,83 P.22/19                       7/8”                            22,22               18,60               1,81 P.25/22                       1”                                25,40               21,74               1,83 P.32/38                       11/4”                          31,75               28,09               1,83 P.38/34                       11/2”                          38,10               14,08               2,01 P.51/46                       2”                                50,80               46,13               2,33

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2284

    Ordenanza N.º 2284

    Nro. de norma: 118366

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que los propietarios de inmuebles con construcciones no declaradas ante la Municipalidad de Rafaela, detectadas por ésta a través del relevamiento aerofotogramétrico efectuadas por la IIª. Brigada Aérea con asiento en Paraná, podrán regularizar su situación ante la Dirección de Obras Privadas y Catastro desde el 2 de enero hasta el 31 de marzo de 1989, bajo las siguientes condiciones: a). Pagando los correspondientes derechos de edificación, conforme con la Ordenanza Tributaria vigente al tiempo de la regularización.- b). Abonando únicamente el cincuenta por ciento (50%) del recargo previsto por la Ordenanza Tributaria vigente al tiempo de la regularización, aplicable a las construcciones clandestinas.-

  • keyboard_arrow_down07/12/1988 | Ordenanza N.º 2282

    Ordenanza N.º 2282

    Nro. de norma: 118.377

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que el "Boletín Municipal de la Ciudad de Rafaela" creado por la Ordenanza Nº 1.774 será el órgano oficial de difusión de la Municipalidad de Rafaela; el cual será editado y distribuido por el Departamento Ejecutivo conforme con las disposiciones de esta Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down07/12/1988 | Ordenanza N.º 2280

    Ordenanza N.º 2280

    Nro. de norma: 117808

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la donación a favor de la Asociación Cooperadora de la Unidad Regional V. de Policía, del inmueble propiciad de la Municipalidad de Rafaela, ubicado en la Quinta H-4, Manzana Sur de la Concesión 298 de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, el cual según plano de mensura registrado en el Departamento Topográfico, Dirección General de Catastro de la Provincia de Santa Fe, bajo el número 94185, tiene: once metros diez centímetros de frente al Sur, contada esta medida después de los cuarenta y tres metros cincuenta centímetros de la esquina Sudeste de la quinta de que es parte hacia el Oeste; once metros setenta centímetros en su contrafrente al Norte; y cincuenta y un metros noventa y seis centímetros en sus costados Este y Oeste; lindando: al Norte con terreno propiedad de J. Martino, al Sur con la calle Eduardo Oliber, al Este en parte con terreno propiedad de E. de Gargatagli y en parte con terreno propiedad de María Maggi y otros, y al Oeste en parte con terreno propiedad de P. Parise y en parte con inmueble propiedad de O. Facchin; con una superficie de quinientos noventa y un metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados (Dominio inscripto a favor de la Municipalidad de Rafaela bajo el Nº 95409 - folio 4318 - Tomo 286 Par - con fecha 25 de noviembre de 1983).-  

  • keyboard_arrow_down07/12/1988 | Ordenanza N.º 2279

    Ordenanza N.º 2279

    Nro. de norma: 118390

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por la Dirccción Provincial de Vivienda y Urbanismo, mediante su Resolución Nº 2933 de fecha 6 de septiembre de 1988, de las fracciones de terreno ubicadas en una mayor que es parte de las concesiones números doscientos setenta y siete (277) y doscientos noventa y tres (293) de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, las cuales constan como destinadas a calles públicas y calles o senderos peatonales en el polígono BCDEFAB según el plano de mensura, urbanización y loteo confeccionado por el Agrimensor Rodolfo C. Neville en octubre de mil novecientos ochenta y siete, plano éste que modifica al inscripto bajo el Nº 106256.- Dejase aclarado que la superficie total de los terrenos cuya donación se acepta para ser destinados a calles públicas y senderos peatonales es de veinte mil setecientos ochenta y nueve metros cuadrados treinta decímetros cuadrados (20.789,30 m2.) y separan a las manzanas 9, 7 Este, 7 Oeste, 8 Este, 8 Oeste, 5 Este, 5 Oeste, 6, 2 Este, 2 Oeste, 4 Este, 4 Oeste, 1 Este, 1 Oeste, 3 Este y 3 Oeste entre sí y de la línea limítrofe determinada al oeste por los puntos AG, al Sur por los puntos AB y al Este por los puntos BL de la fracción objeto de la mensura, urbanización y loteo.-

  • keyboard_arrow_down24/11/1988 | Ordenanza Nº 2.278

    Ordenanza Nº 2.278

    Nro. de norma: 117128

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/11/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por la señora Hilda Elvira Galaverna de Mateo, con destino a calle pública colectora, de una fracción de terreno con todo lo en ella clavado y plantado, ubicada en la manzana diecinueve (19) de la concesión doscientos noventa y cuatro (294) de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, la cual según plano de mensura y subdivisión practicado en julio de mil novecientos ochenta y ocho por la Ingeniera Geógrafa Beatriz S. Jiménez, inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección de Catastro de Santa Fe bajo el número 114.455, aprobado por la Municipalidad de Rafaela según expediente número 117.128 Letra “M” con fecha 16 de agosto de 1988; se identifica como LOTE II (dos en romano) y cuenta con cuarenta y seis metros treinta y nueve centímetros en su frente al Sur, puntos AF; igual medida en su contrafrente al Norte, puntos GH; diez metros en su frente al Oeste, puntos AG; y diez metros en su contrafrente al Este, puntos FH; lindando: al Norte con el lote I (uno en romano) del mismo plano de mensura y subdivisión; al Sur con la quinta VIII (ocho en romano) de la concesión trescientos diez, calle colectora y avenida Luís Fanti de por medio; al Este con parte del terreno de propiedad de Jorge Zanetti; y al Oeste con la manzana veinte de la concesión doscientos noventa y cuatro calle pública R. Casabella de por medio; encerrando una superficie de cuatrocientos sesenta y tres metros cuadrados cincuenta y nueve decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down24/11/1988 | Ordenanza N.º 2277

    Ordenanza N.º 2277

    Nro. de norma: 116.404

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/11/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Adóptase para la ciudad de Rafaela el "Reglamento de Cementerios de la Ciudad" que, en sus dos Anexos, forma parte integrante de la presente Ordenanza.-  

  • keyboard_arrow_down14/10/1988 | Ordenanza N.º 2273

    Ordenanza N.º 2273

    Nro. de norma: 116.569

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 14/10/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Establécese la obligatoriedad de la inscripción en el Registro que, a tal efecto, habilitará la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría de Acción Social de la Municipalidad de Rafaela, de toda academia, instituto, o gimnasio dedicados a la práctica o enseñanza de actividades relacionadas con los ejercicios físicos, tales como pesas, artes marciales, físico-culturismo, gimnasia rítmica o similar, gimnasia modeladora y correctiva.-

  • keyboard_arrow_down24/09/1988 | Ordenanza N.º 2271

    Ordenanza N.º 2271

    Nro. de norma: 117356

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación ofrecida por las firmas “Uncoga”, Federación do Cooperativas Agropecuarias Cooperativa Limitada; “Frigorífico Rafaela S.A.”; “Molfino Hnos. SA.”; “Sol de Mayo SA.”; “Sucesores de Alfredo Williner S.A.”; “Curtidora del Oeste Santafesino”; “Beninca, Depontiy Cia” y “Curtidora Castellanos SA.”, de un topador con chasis Fiat T 55 L - 517356 - y motor Fiat 604 - 008674, el cual se destinará a los trabajos de disposición final, de residuos en el basural municipal.-  

  • keyboard_arrow_down24/09/1988 | Ordenanza N.º 2270

    Ordenanza N.º 2270

    Nro. de norma: 117334

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar un convenio con el Ministerio de Salud y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe por medio del cual se constituirá una comisión para el estudio de la contaminación ambiental en la ciudad de Rafaela, a tenor del ante-proyecto que consta a fojas 4 y 5 del Expediente Municipal Letra - “B” Nº 117334 - Fichero Nº 45.-

  • keyboard_arrow_down08/09/1988 | Ordenanza N.º 2267

    Ordenanza N.º 2267

    Nro. de norma: 117018

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 08/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase y agradécese la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Rafaela, por la señorita Magdalena Santiaga Bruno, de una fracción de terreno con todo lo en ella edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, ubicada en la manzana número quince de la concesión doscientos sesenta y tres de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, tratándose de una fracción interna de la manzana de que es parte y de acuerdo al plano de mensura y subdivisión confeccionado en octubre de mil novecientos setena y seis por el Ingeniero J. Justo Gómez Días, inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia de Santa Fe bajo el número 83.138 y aprobado por la Municipalidad de Rafaela en Expediente Nº 44.083 Letra B., con fecha 2 de mayo de 1977, se individualiza como Fracción Letra “C”, interna, contigua al Sud de La fracción letra “A” del mismo plano de mensura y subdivisión, y que a partir después de los treinta y seis metros cincuenta y  ocho centímetros de la esquina Nord-Este de su manzana, hacia el Oeste, puntos X-B, y de aquí en dirección al Sud, treinta y tres metros, puntos B-I., mide de Este a Oeste en sus lados Norte y Sud, ocho metros setenta centímetros, puntos I-H, y A-C, respectivamente, por cinco metros cuarenta cinco centímetros de Norte a Sud, en sus otros lados Este y Oeste, puntos I-A, y H-G, respectivamente, encerrando una superficie total de cuarenta y siete metros cuadrados, cuarenta y un decímetros cuadrado, lindando, al Sud con terreno sobrante ocupado por la donante; al Norte, con la fracción A, del mismo plano de mensura y subdivición, al Oeste, con la fracción B. del mismo plano de mensura y subdivisión, y al Este con terrenos que, según el citado plano, son propiedad de la donante.-

  • keyboard_arrow_down25/08/1988 | Ordenanza N.º 2265

    Ordenanza N.º 2265

    Nro. de norma: 116581

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por los señores Hugo Esteban Reyes, Atilio Reyes, Rafael Reyes y Dora Luisa Reyes a favor de la Municipalidad de Rafaela, con destino a calle pública, de una fracción de terreno ubicada en la concesión doscientos setenta y ocho de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Justo Jiménez (h) en diciembre de 1964, aprobado por el Departamento Topográfico de la Provincia bajo el número 40.900, y en la Municipalidad de Rafaela en Expediente Nº 6321 Letra “R”, con fecha 29 de diciembre de 1964, se designa como fracción o polígono KNMLK y cuenta con veinte metros dos centímetros en su frente al Norte sobre prolongación del Bulevar Presidente Roca, puntos KN, igual medida en su contrafrente al Sur, puntos ML, ciento nueve metros treinta y cinco centímetros en su costado Oeste, puntos LK, y ciento nueve metros veintiséis centímetros en su costado Este, puntos MN; lindando, al Norte con fracción de la concesión doscientos sesenta y dos, prolongación del Bulevar Presidente Roca por medio, al Sur con propiedad de Gazzera y Zurbriggen, al Este con el polígono NBCKN y al Oeste con el polígono EFGXLDE, ambos del mismo plano de mensura y subdivisión, contando con una superficie según mensura de dos mil ciento ochenta y seis metros cuadrados diez decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down11/08/1988 | Ordenanza N.º2261

    Ordenanza N.º2261

    Nro. de norma: 01401

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 11/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Los contribuyentes comprendidos en la obra de pavimentación de calles Aconcagua y Brasil incluida en el Segundo Plan de Pavimento, abonarán a la Municipalidad de Rafaela en concepto de contribución de mejoras, por la totalidad de la obra, el equivalente al costo del pavimento de hormigón de 15 cm. de espesor.-

  • keyboard_arrow_down11/08/1988 | Ordenanza N.º 2262

    Ordenanza N.º 2262

    Nro. de norma: 116747

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 11/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la zona urbana del Municipio de Rafaela, los loteos habilitados y denominados “Villa Los Álamos” de la concesión 374 y “Villa Aero Club” ubicado en las concesiones 389 y 390.-

  • keyboard_arrow_down14/07/1988 | Ordenanza N.º 2257

    Ordenanza N.º 2257

    Nro. de norma: 114.267

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 14/07/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Inclúyense dentro del "Distrito Residencial de Viviendas Unifamiliares" en los términos del Reglamento de Zonificación vigente, a las manzanas M2, Q, R2, U, A, V, B, F y N2 de la concesión 300 de la ciudad de Rafaela; dejando de pertenecer dichas manzanas al "Distrito Residencial de baja densidad".-

  • keyboard_arrow_down16/06/1988 | Ordenanza N.º 2254

    Ordenanza N.º 2254

    Nro. de norma: 01398

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 16/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la zona urbana del Municipio de Rafaela la fracción de la concesión doscientos sesenta y uno (261), que cuenta con doscientos cuarenta y seis metros nueve centímetros de frente al Sur sobre prolongación del Bulevar Presidente Roca, contada dicha medida a partir de los trescientos veintitrés metros setenta y cinco centímetros del límite Oeste de la mencionada concesión 261 hacia el Este y a partir de los ochenta metros del límite Este de dicha concesión 261 hacia el Oeste; doscientos cuarenta y seis metros un centímetro en su contrafrente al Norte; quinientos treinta y un metros veintiséis centímetros en su costado Oeste; y quinientos treinta y un metros cuatro centímetros en su costado Este; lindando según constancias obrantes en la Municipalidad: al Norte con terrenos del Frigorífico Rafaela S.A., y al Sur con prolongación del Bulevar Presidente Roca, al Este con propiedad de Manuel Visintini y al Oeste con propiedad de Dante Néspoli.

  • keyboard_arrow_down02/06/1988 | Ordenanza N.º 2252

    Ordenanza N.º 2252

    Nro. de norma: 111.302

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la Zona Urbana del Municipio de Rafaela la fracción de terreno ubicada en esta ciudad, que forma la parte Norte de la concesión trescientos cincuenta y nueve (359), cuyas medidas según títulos son las siguientes: cincuenta y seis metros sesenta centímetros en su costado Oeste, a contar esta medida después de los quinientos ocho metros noventa centímetros de la esquina Nord-Oeste de la concesión trescientos cuarenta y tres (343) hacia el Sud; cincuenta y seis metros sesenta centímetros en su costado Este; seiscientos cuarenta y dos metros treinta y seis centímetros en su costado Sur; y seiscientos cuarenta y un metros noventa centímetros en su costado Norte; y que linda: al Norte con la concesión 343, calle por medio; al Sur con más terreno de la concesión 359; al Oeste con la Ruta Nacional Nº 34; y al Este con la concesión 360.-

  • keyboard_arrow_down02/06/1988 | Ordenanza N.º 2251

    Ordenanza N.º 2251

    Nro. de norma: 116193

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por los Señores Yolanda Teresa Antonia Mariani de Italiano, Ana María Italiano, Juan José Italiano, Fortunato Higinio Italiano y Dominga Filomena Italiano de Benelli, de una fracción de terreno ubicada en la concesión trescientos trece de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, la cual según plano de mensura y subdivisión practicado por el Agrimensor Ramón A. Larriqueta en octubre de mil novecientos ochenta y siete, aprobado por la Municipalidad de Rafaela en expediente número 114.109 Letra I en fecha 29 de enero de 1988, se individualiza como lote número diecisiete (17), con las siguientes medidas, linderos y superficie: tiene veinte metros de frente al Oeste, contada esta medida después de los setenta y cinco metros trece centímetros tomados desde el punto A del citado plano de mensura y subdivisión hacia el Sur; veinte metros en su contrafrente al Este; y cuarenta y seis metros noventa y dos centímetros en sus costados Norte y Sur; lindando: al Oeste con más terrenos de la concesión trescientos trece, propiedad de Ricardo José Florentino Santi, calle San Lorenzo por medio; al Este con más terrenos de la concesión trescientos trece, propiedad de María Adelaida Inés, Susana Gabriela Mercedes, José Carlos Roberto, Alfonso Fortunato Juan, Enrique Ramón Antonio, Guadalupe Dominga Florencia y Cayetano Domingo Rosario Italiano; al Norte con los lotes quince (15) y dieciséis (16) del citado plano de mensura y subdivisión; y al Sur con los lotes dieciocho (18), veintiuno (21) y veintidós (22) del mismo plano de mensura y subdivisión; con una superficie de novecientos treinta y ocho metros cuadrados cuarenta decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down02/06/1988 | Ordenanza N.º 2250

    Ordenanza N.º 2250

    Nro. de norma: 113863

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación formulada por el señor Remigio Menara de terrenos ubicados en la concesión doscientos treinta y cinco de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, que según plano de mensura, unión y subdivisión para donación de calles practicado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro Alexandroff Zlateff en abril de mil novecientos ochenta y ocho, aprobado por la Municipalidad de Rafaela en expediente número 116.134 Letra “M” con fecha 4 de mayo de 1988, se individualizan como FRACCIÓN “A”, FRACCIÓN “B”, FRACCIÓN “C” y FRACCIÓN “D” y constan de las siguientes medidas, linderos y superficies: FRACCIÓN “A”: tiene doce metros cuarenta y siete centímetros en su costado Oeste, puntos F’F, contados a partir de los ciento noventa y seis metros setenta y seis centímetros del vértice Sudoeste de la concesión de que es parte hacia el Norte, doce metros ochenta centímetros en su costado Este, puntos EE’; ciento veinticinco metros sesenta y dos centímetros en su costado Norte, puntos FE; y ciento veinticinco metros cincuenta y nueve centímetros en sus costados Sur, puntos F’E’; lindando: al Oeste con terrenos de la concesión doscientos treinta y cuatro, Avenida Italia por medio; al Este con la fracción “C” del mismo plano de mensura, unión y subdivisión para donación de calles; al Norte con la fracción I (uno en romano) del mismo plazo de mensura, unión y subdivisión; y al Sur con la manzana letra “B” de la concesión de que es parte; con una superficie de un mil quinientos ochenta y siete metros cuadrados dos decímetros cuadrados.- FRACCIÓN “B”: cuenta con ciento once metros en su costado Sur, puntos J’K, contada esta medida después de los diecisiete metros treinta y dos centímetros del vértice Sudeste de la fracción “A” deslindada precedentemente hacia el Este; ciento once metros en su costado Norte, puntos JI; doce metros ochenta centímetros en su costado Oeste, puntos J’J; y trece metros quince centímetros en su costado Este, puntos KI; lindando: al Norte la fracción II (dos en romano) del mismo plano de mensura, unión y subdivisión; al Sur la manzana B1 de la concesión de que es parte; al Oeste la fracción “C” y al Este la fracción “D”, ambas del mismo plano de mensura, unión y subdivisión; con un superficie de un mil cuatrocientos cuarenta metros cuadrados veintidós decímetros cuadrados.- FRACCIÓN “C”: cuenta con diecisiete metros treinta y dos centímetro en su costado Sur, puntos E’J’; diecisiete metros treinta y dos centímetros en su costado Norte, puntos DC; ochenta y cinco metros cincuenta y cinco centímetros en su costado Oeste, puntos ED; y ochenta y cinco metros cincuenta y cinco centímetros en su costado Este, puntos GJ; lindando: al Sur con la calle España; al Norte con más terreno de la concesión doscientos treinta y cinco propiedad de Ángel Celeghin; al Oeste con la fracción I (uno en romano) y al Este con la fracción II (dos en romano), ambas del mismo plano de mensura, unión y subdivisión con una superficie de un mil setecientos tres metros cuadrados cuarenta y dos decímetros cuadrados.- FRACCIÓN “D”: tiene diecisiete metros treinta y dos centímetros en su costado Sur, puntos KK; diecisiete metros treinta y dos centímetros en su costado Norte, puntos HH’; noventa y ocho metros cincuenta y un centímetros en su costado Oeste, puntos KH; y noventa y ocho metros cincuenta y dos centímetros en su costado Este, puntos K’H’; lindando al Sur con calle J. V. González; al Norte con más terreno de la concesión doscientos treinta y cinco propiedad de Ángel Celeghin; al Oeste con la fracción II (dos en romano) del mismo plano de mensura, unión y subdivisión; y al Este con terrenos del Ferrocarril Nacional General Manuel Belgrano; con una superficie de un mil setecientos seis metros treinta y siete decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down19/05/1988 | Ordenanza N.º 2249

    Ordenanza N.º 2249

    Nro. de norma: 116528

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/05/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la donación a favor de la “Asociación Rafaelina de Básquetbol” de una fracción de terreno baldío de propiedad de la Municipalidad de Rafaela, ubicada en calle Eduardo Oliber, entre las de Salta e Intendente Giménez, que según plano de mensura practicado por el Agrimensor don Rogelio Zurbriggen en mayo de mil novecientos setenta y ocho, inscripto en el Departamento Topográfico, Dirección General de catastro de esta Provincia bajo el número ochenta y nueve mil setecientos treinta y uno, es parte de la manzana A 2, concesión doscientos noventa y ocho, de esta ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, y se compone de ocho metros treinta y tres centímetros de Oeste a Este, con frente al Sur, puntos A-B, contados después de los cincuenta y ocho metros treinta y ocho centímetros de la esquina Sud-Oeste de la manzana de que es parte, o sea de la intersección de calles Eduardo Oliber y Salta, hacia el Este, siete metros setenta centímetros e su contrafrente al Norte, …………., por veinte metros de fondo, o sea de Sur a Norte, en su costado Este, puntos B-D., y veinte metros dos centímetros en su costado Oeste, puntos A-C., encerrando una superficie total de ciento cincuenta y nueve metros cuadrados treinta decímetros cuadrados, y linda: al Sur, calle Eduardo Oliver en medio, con terreno de la manzana B-siete; al Este, con terreno de Petrona O. de Gaitán; al Norte, con Alcides Sender y otros, y al Oeste, con terreno de Benito Leopoldo Zuber y Señora, los tres citados linderos de la misma manzana de que es parte.- Dominio inscripto a favor de la Municipalidad de Rafaela bajo el Nro 93721 - folio 4289 - Tomo 2do ……. con fecha 22 de noviembre de 1983.-

  • keyboard_arrow_down19/05/1988 | Ordenanza N.º 2248

    Ordenanza N.º 2248

    Nro. de norma: 00103-0000740-9

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/05/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para que ofrezca en donación al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a los fines de que éste incorpore a su dominio, los inmuebles donde funciona la Escuela Nº 1136 “Paul Harris”, los cuales responden a la siguiente descripción: a)- El inmueble ubicado en la manzana número treinta (30) de la concesión 233 de la ciudad de Rafaela, individualizado como lote número diecisiete (17) según plano de mensura y subdivisión practicado en mayo de mil novecientos setenta y seis por el Agrimensor Rogelio Zurbriggen, registrado en el Departamento Topográfico, Dirección General de Catastro de Santa Fe bajo número ochenta y un mil doscientos sesenta y nueve, con fecha catorce de octubre de mil novecientos setenta y seis, que cuenta con cincuenta metros de frente al Sur; cuarenta y nueve metros ochenta y nueve centímetros en su frente al Oeste; cincuenta metros en su costado Norte y cuarenta y nueve metros ochenta y nueve centímetros en su costado Este, formando la esquina Suroeste de la manzana de que es parte, con una superficie de dos mil cuatrocientos noventa y cuatro metros cuadrados cincuenta decímetros cuadrados y linda: al Norte con el lote número catorce y parte del lote número dieciséis del mismo plano de mensura y subdivisión; al Sur con la manzana veintinueve, calle Edison por medio; al Oeste con la manzana veinticinco (Plaza Colón), calle Ciudad de Esperanza por medio; y al Este con parte del lote número dieciséis del mismo plano de mensura y subdivisión.- b)- Una fracción de terreno ubicada en la parte interna de la manzana treinta, concesión doscientos treinta y tres de esta ciudad de Rafaela, cuya fracción según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Geógrafo don Leonardo F. Hofer, en agosto de mil novecientos ochenta y uno, inscripto en el Departamento Topográfico, Dirección General de Catastro de esta Provincia, gajo el número noventa y siete mil trescientos sesenta y seis, se designa como LOTE DIECISEIS A (16 A) y se ubica a contar después de los cuarenta y un metros veinte centímetros de la esquina Sud-Este de la manzana de que es parte, o sea de la intersección de las calles Tucumán y Edison, hacia el Oeste, puntos A-B., y desde aquí con rumbo al Norte se miden cuarenta y nueve metros ochenta y nueve centímetros, puntos A-H., y se compone de diez metros setenta y cuatro centímetros en su costado Este, puntos H-I y diez metros cincuenta y nueve centímetros en su otro costado Oeste, puntos F-G., por veinticuatro metros veinticinco centímetros en cada uno de sus costados Norte y Sur, puntos F-I y G-H., respectivamente, encerrando una superficie total de doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados sesenta y tres decímetros cuadrados y linda: al Norte, con terreno de Amelia M. V. de Sosa, Orlando Molina y parte de Leonidas Landriel; al Sur, con el lote diecisiete propiedad de la Escuela Paul Harris; al Este, con el lote dieciséis B, del mismo plano de mensura citado, y al Oeste, con terreno de don Francisco Zumoffen, todo de la misma manzana de que es parte.-

  • keyboard_arrow_down12/05/1988 | Ordenanza N.º 2247

    Ordenanza N.º 2247

    Nro. de norma: 109518

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/05/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Apruébanse los pliegos obrantes de fojas 102 y 113 inclusive, con las modificaciones realizadas según el Despacho de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, obrante a fs. 126 y 127 del Expediente Municipal Letra “D” - Nº 109518 - Fichero Nº 43, para que el Departamento Ejecutivo llame a licitación pública y adjudique la concesión de terrenos del Cementerio Municipal de Rafaela, a los fines de la construcción de nichos que serán cedidos a perpetuidad a quienes resulten ser sus permisionarios.-  

  • keyboard_arrow_down05/05/1988 | Ordenanza N.º 2246

    Ordenanza N.º 2246

    Nro. de norma: 114.408

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 05/05/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) tendrá a su cargo la administración y prestación del servicio de sepelio a favor de los agentes de la Municipalidad de Rafaela y sus organismos autárquicos o descentralizados; bajo las siguientes condiciones: 1 - El servicio podrá ser prestado en forma directa por el ente autárquico o a través de convenios que éste celebre con las empresas fúnebres de la ciudad que estime oportuno hacerlo. 2 - El servicio deberá consistir en la cobertura por sepelio a favor de los agentes municipales y sus familiares a cargo; dejándose aclarado que en relación a los familiares a cargo la prestación se efectuará únicamente respecto de aquellos que hubieran sido denunciados simultánea y expresamente ante la obra social y la C.A.E.P.A.M.- (1 - Modificación Introducida por Ord. 2.790 del 22/04/95) 3 - El aporte mensual que deba efectuar cada agente para la cobertura del servicio aludido precedentemente se descontará de sus haberes y pasará a integrar los fondos de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.). 4 - El o los convenios que el ente autárquico formalice con las empresas de servicios fúnebres serán elevados a conocimiento del Departamento Ejecutivo y del Concejo Municipal. 5 - Los aportes que, a tal fin hagan los agentes municipales deberán ser inferiores a los que éstos deberían efectuar al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (I.A.P.O.S) para la prestación del servicio fúnebre en iguales condiciones. 6 - La Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) asegurará que el servicio a prestar tendrá como mínimo las mismas características que presta el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (I.A.P.O.S.).

  • keyboard_arrow_down07/04/1988 | Ordenanza N.º 2245

    Ordenanza N.º 2245

    Nro. de norma: 101942

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/04/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificanse los artículos 2º; 3º y 5º de la Ordenanza Nº 2083, los cuales quedarán redactado de la siguiente manera: “Art. 2º) Ambos premios serán discernidos por una Comisión Especial presidida por el Subsecretario de Deportes de la Secretaria de Acción Social de la Municipalidad de Rafaela, o la persona designada en su reemplazo; e integrada por un periodista deportivo de cada uno de los medios locales de comunicación; publicaciones deportivas independientes que acrediten como mínimo seis meses de permanencia en el medio; un representante de cada uno de los Centros de Educación Física oficiales existentes en la ciudad y los auspiciantes de los premios a otorgar.”.- “Art. 3º) Para la elección del deportista premiado deberá existir un quórum consistente en la mitad más uno del número de integrantes de la Comisión, tanto para el Deportista del Mes como para el Deportista del Año; y se hará por simple mayoría de votos. En caso de empate, decidirá con el suyo el presidente de la Comisión.- Si en primera instancia no se lograra dicho quórum se postergará por 24 horas la elección y de persistir la falta, la Municipalidad de Rafaela se reserva el derecho de designar las personas necesarias y relacionadas con la actividad deportiva a los efectos de proceder a la designación.- Cada Miembro de ésta presentará una dupla de candidatos al premio con los antecedentes de cada uno.- Toda situación no contemplada en la presente ordenanza, será resuelta por la propia Comisión, adoptando las medidas determinadas en este mismo artículo.”.- “Art. 5º) Para el otorgamiento de los premios se tendrán como pautas fundamentales: a)- la actuación cumplida por los candidatos en lo estrictamente deportivo a saber: esfuerzo y responsabilidad en entrenamiento; resultados obtenidos en competencias y nivel o jerarquía de la misma.- b)- Condiciones morales puestas de manifiesto en la actividad deportiva. c)- Situaciones personales que lleven a una mayor valoración de la actividad deportiva.- d)- El grado de ejemplo que puedan constituir para la juventud.-  

  • keyboard_arrow_down26/03/1988 | Ordenanza N.º 2243

    Ordenanza N.º 2243

    Nro. de norma: 101294

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la zona urbana del Municipio de Rafaela la superficie de la concesión 277 donde se levantarán 526 viviendas a través de la operatoria FO.NA.VI. - Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación; surgiendo dicha superficie del correspondiente plano de mensura.-

  • keyboard_arrow_down26/03/1988 | Ordenanza N.º 2241

    Ordenanza N.º 2241

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificase el inciso h) del artículo 16º del Decreto-Ordenanza Nº 2896, modificado por Decreto-Ordenanza Nº 3885; el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 16º). . . . . . . . h). Créase como recurso permanente para el Instituto Municipal de la Vivienda de Rafaela un importe igual al uno y medio por ciento (1,5%) de las sumas que facture la Empresa Provincial de Energía (E.P.E.), por el consumo de energía eléctrica, a los usuarios de toda la jurisdicción del Municipio de Rafaela. Dicho importe deberá ser depositado a la orden del Instituto Municipal de la Vivienda de Rafaela; a cuyo efecto se harán las gestiones pertinentes ante el citado ente provincial.”.-

  • keyboard_arrow_down18/03/1988 | Ordenanza N.º 2240

    Ordenanza N.º 2240

    Nro. de norma: 100994

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 18/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase al domino público de la Municipalidad de Rafaela el monumento evocativo del ex Presidente Constitucional de los argentinos: Juan Domingo Perón, enclavado en el cantero central del Bulevar Presidente Roca en su intersección con las calles 25 de Mayo y Cristóbal Colon.-

  • keyboard_arrow_down18/03/1988 | Ordenanza N.º 2239

    Ordenanza N.º 2239

    Nro. de norma: 109518

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 18/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorizase al Departamento Ejecutivo para que llame a licitación pública municipal y adjudique la concesión de terrenos del Cementerio Municipal de Rafaela, a los fines de la construcción de nichos que serán cedidos a perpetuidad a quienes resulten ser sus permisionarios.-

  • keyboard_arrow_down18/03/1988 | Ordenanza N.º 2238

    Ordenanza N.º 2238

    Nro. de norma: 109518

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 18/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificase el artículo 4º del Decreto-Ordenanza Nº 3261 (Reglamento del Cementerio Municipal de Rafaela), el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 4º) La edificación de nichos será determinada por la Municipalidad, quien a tal fin establecerá los sistemas constructivos a utilizar.- Para la construcción de nichos podrá recurrirse a cualquiera de las siguientes modalidades: ejecución de las obras por administración, contrato de obra pública, concesión para edificar y ceder nichos bajo las condiciones que se fijen al efecto o cualquier otra forma de contratación que autorice el Concejo Municipal.”.-

  • keyboard_arrow_down29/12/1987 | Ordenanza N.º 2237

    Ordenanza N.º 2237

    Nro. de norma: 109574

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 29/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modifícanse los artículos 5º, 13º, 21º, 30º, 32º, 38º, y 45º del Anexo I de la Ordenanza Nº 2181, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Atr. 5º) Los aportantes se agruparán en categorías en base al sueldo o retribución sujetos a aportes jubilatorios o al haber jubilatorio nominal que perciban mensualmente, asignándosele a cada una de éstas un aporte personal por subsidio a acordarse.- Tales categorías y aportes serán fijados por el Departamento Ejecutivo a propuesta de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales; pudiendo ser modificados de acuerdo al mismo procedimiento.- Las normas legales fijando los aportes y las categorías, como así sus modificaciones, serán comunicadas al Concejo Municipal.- A partir del mes de diciembre de 1987, las remuneraciones en base a las cuales se fijaron las categorías vigentes a noviembre de 1987 y los aportes y subsidios a otorgarse serán modificados, siguiendo el procedimiento fijado en el párrafo segundo de este artículo, en forma proporcional al incremento de haberes de los agentes municipales.”.- “Art. 13º) El monto del subsidio será el que se fije para categoría de aportantes, según lo determinado por el artículo 5º de este Reglamento; teniéndose en cuenta los casos en que se hubiera formulado la opción prevista por el artículo 12º.- En todos los casos serán de aplicación las disposiciones de los artículos 21º, 32°, 38 y 45º de este Anexo.”.- “Art. 21º) Producido el fallecimiento del aportante, automáticamente quedarán determinadas las categorías y el monto del subsidio a acordarse por dicha causal; conforme con las pautas que a continuación se expresan: 1.- Cuando el aportante hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º y contará con la antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio será el establecido por la norma legal que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, con vigencia al mes del fallecimiento del aportante, para la mayor categoría por la que se hubiera optado.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuera la fecha en que se gestionara el subsidio por los familiares del agente fallecido.- 2.- Cuando el aportanate no hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º o habiéndola efectuado no contara con la antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior al fallecimiento o en el mes en que ocurriera la defunción, en relación con el aporte que hubiera efectuado el agente fallecido en uno u otro mes de los antes señalados.- Al dejarse la facultad al Directorio de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) de optar entre el mes inmediato anterior al fallecimiento o el mes en que ocurriera la defunción, se quiere significar que siempre habrá que hacerlo por lo que resulte más beneficioso económicamente a los familiares del aportante fallecido.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible, no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se gestionara el subsidio por los familiares del agente fallecido.”.- “Art. 30º) El subsidio por incapacidad se otorgará en caso de invalidez que ocasione la pérdida del empleo en la Municipalidad de Rafaela, sus entes autárquicos o descentralizados; siendo requisito acreditar que quien hubiera sufrido la incapacidad fue aportante del sistema de subsidios que establece la presente norma legal durante los doce (12) meses inmediatos anteriores a la fecha en que se dictamine la incapacidad, conforme se fija seguidamente.- Será condición sine quan non para la procedencia del subsidio que el acto administrativo que determine la baja del aportante se funde expresamente en el dictamen de la Junta Médica oficial que tenga competencia para expedirse sobre la incapacidad de los agentes de la Municipalidad de Rafaela a los fines de la obtención del beneficio jubilatorio por dicha causal a través de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe.- El requisito fijado en el párrafo anterior será de aplicación aún en los casos de agentes municipales que se jubilen por invalidez en cajas provisionales distintas de aquella en que se jubilen por igual razón los empleados de la Municipalidad de Rafaela.”.- “Art. 32º) En la fecha en que comience la cesación del aportante como agente de la Municipalidad de Rafaela, automáticamente quedarán determinados la categoría y el monto del subsidio a acordarse por incapacidad, para el caso que procediera el otorgamiento del mismo; conforme con las pautas que se expresan a continuación: 1.- Cuando el aportante hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º y contara con la antigüedad mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el cincuenta por ciento (50%) mencionado en el artículo 31º será el fijado por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, con vigencia en el mes inmediato anterior al comienzo del cese o en el mes en que éste comience, según le resulte más conveniente al beneficiario desde el punto de vista económico.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se gestionara el subsidio por el agente que cesó para acogerse a los beneficios de la jubilación por incapacidad.- 2.- Cuando el aportante no hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º o habiéndola efectuado no contara con la antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el cincuenta por ciento (50%) mencionado en el artículo 31º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º de este Anexo I, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior al cese o en el mes en que comience el cese, en relación con el aporte que hubiera efectuado el agente en uno u otro mes de los antes señalados.- Al dejarse la facultad al Directorio de Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) de optar entre el mes inmediato anterior al cese o en el mes en que comience el cese, se quiere significar que siempre habrá que hacerlo por lo que resulta más beneficioso económicamente al beneficiario.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se gestionara el subsidio por el agente que cesó para acogerse a los beneficios de la jubilación por incapacidad.”.- “Art. 38º) Presentada la solicitud del anticipo por carecer de familiares directos, automáticamente quedarán determinados la categoría y el monto del subsidio a acordarse por dicha causal; conforme con las pautas que a continuación se expresan: 1.- Cuando el aportante hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º y contara conla antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el cincuenta por ciento (50%) mencionado en el artículo 37º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º de esta Ordenanza, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud del anticipo, para la mayor categoría por la que se hubiera optado.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se percibiera el anticipo por carecer de familiares directos.- 2.- Cuando el aportante no hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º o habiéndola efectuado no contara con la antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el cincuenta por ciento (50%) mencionado en el artículo 37º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud del anticipo; en relación con el aporte que hubiera efectuado el agente beneficiario en dicho mes.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se cobrara el anticipo.”.- “Art. 45º) Presentada la solicitud del anticipo por edad avanzada; automáticamente quedarán determinados la categoría y el monto del subsidio a acordarse por dicha causal; conforme con las pautas que a continuación se expresan: 1.- Cuando el aportante hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º y contará con la antigüedad de aportes mínimo exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el veinte por ciento (20%) mencionado en el artículo 45º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud del anticipo, para la mayor categoría por la que se hubiera optado.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se percibiera el anticipo por edad avanzada.- 2.- Cuando el aportante no hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º o habiéndola efectuado no contara conla antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el veinte por ciento (20%) mencionado en el artículo 45º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud del anticipo, en relación con el aporte que hubiera efectuado el agente beneficiario en dicho mes.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se percibiera el anticipo por edad avanzada.”.-

  • keyboard_arrow_down17/12/1987 | Ordenanza N.º 2235

    Ordenanza N.º 2235

    Nro. de norma: 114330

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la zona urbana del Municipio de Rafaela a la concesión trescientos veinticinco (325).-

  • keyboard_arrow_down03/12/1987 | Ordenanza N.º 2230

    Ordenanza N.º 2230

    Nro. de norma: 113700

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 03/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la cesión a título precario, a favor de la Hermandad Scout-Guía “San Antonio de Padua” de esta ciudad, del inmueble individualizado como Manzana J-I de la concesión 311 de Rafaela.-

  • keyboard_arrow_down19/11/1987 | Ordenanza N.º 2227

    Ordenanza N.º 2227

    Nro. de norma: 113952

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modifícase el artículo IV.1.2. del Reglamento de Edificación de la ciudad de Rafaela, aprobado por Decreto Nº 4566, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “IV.1.2. DE LA RESISTENCIA DE LOS SUELOS: La Municipalidad exigirá un estudio del comportamiento mecánico de los suelos en el  caso de edificaciones de más de dos (2) plantas.- El informe sobre las conclusiones que se obtengan del estudio mencionado, deberá ser acorde con las técnicas aconsejables para la mecánica de suelos.- En los casos de edificaciones de hasta dos (2) plantas será facultativo de la Municipalidad exigir la justificación de las presiones de trabajo impuestas al suelo, cuando la naturaleza de éste o las cargas a resistir así lo hayan aconsejable, a exclusivo criterio de la Dirección de Obras Privadas.”.-  

  • keyboard_arrow_down12/11/1987 | Resolución N.º 1259 - Autorizar al Sr. Presidente del Concejo Municipal de Rafaela.

    Resolución N.º 1259 - Autorizar al Sr. Presidente del Concejo Municipal de Rafaela.

    Nro. de norma: 1259

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorizar al Sr. Presidente del Concejo Municipal de Rafaela, Agustín Giuliani a hacer uso de licencia, entre los días 15 de octubre de 1987 y el 12 de noviembre de 1987.

  • keyboard_arrow_down12/11/1987 | Ordenanza N.º 2224

    Ordenanza N.º 2224

    Nro. de norma: 109501

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Condónase la deuda que por Tasa General de Inmuebles, recargo por terreno baldío y pavimento registran a la fecha de sanción de esta Ordenanza las manzanas de terreno individualizadas con las letras M, N, Q, R, S, T, U, V, X, Z, A, B, C, D, D, E, F, G, H, E1, F1, G1 Y H1, de la concesión Nº 300 de esta ciudad de Rafaela, según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Civil Justo Jiménez (h) en mayo de 1964 e inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia de Santa Fe bajo el Nº 39146 con fecha 10 de junio de 1964, dominio inscripto a favor de Reinaldo Luís Zlauvinen, Martha Libia Zlauvinen Artesano y Norma Nelly Zlauvinen Artesano bajo el Nº 13144 al folio 972 Tomo 175 Par, Sección “Propiedades”, Departamento Castellanos, del Registro General.-

  • keyboard_arrow_down12/11/1987 | Ordenanza N.º 2223

    Ordenanza N.º 2223

    Nro. de norma: 108820

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase y agradécese la donación efectuada por el Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela, a favor de la Municipalidad, de una fracción de terreno que es parte de otra mayor, ubicada en la manzana número veintiuno (21) de la concesión doscientos sesenta y nueve (269) de esta ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura y división para donación de calle practicado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro Alexandroff Zlateff en octubre de mil novecientos ochenta y siete, aprobado por la Municipalidad de Rafaela -Dirección de Obras Privadas y Catastro- en Expediente Nº 114.024 Letra S, con fecha 2 de noviembre de 1987, se individualiza como LOTE II (dos en romanos), polígono CEDFC, y cuenta con las siguientes medidas: cuarenta y un metros cuarenta y un centímetros en su costado Sur, puntos ED; diez metros en su costado Oeste, puntos EF; y diez metros en su costado Este, puntos CD; formando una superficie de cuatrocientos catorce metros cuadrados diez decímetros cuadrados; lindando: al Norte con el Lote I (uno en romano) propiedad del Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela según plano de mensura antes señalado; al Sur con calle Armando Díaz; al Este con calle L. Cachero; y al Oeste con más terreno de la concesión de que es parte. La fracción, cuya donación se acepta, se encuentra inscripta en mayor extensión a favor del Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela bajo el Nº 13676 al folio 1149 Tomo 217 Par, Año 1973, Sección “Propiedades”, Departamento Castellanos, del Registro General.-

  • keyboard_arrow_down01/10/1987 | Ordenanza N.º2222

    Ordenanza N.º2222

    Nro. de norma: 113078

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 01/10/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Disponese la donación a favor de la Asociación Cooperadora de la Comisaría N 13 (Seccional Décimo Tercera) con asiento en esta ciudad o del Gobierno Provincial, según correspondiere, de una fracción de terreno de propiedad de la Municipalidad de Rafaela, que conforme al plano de mensura y subdivisión que oportunamente deberá practicarse, cuenta con diez metros treinta centímetros de frente al Sur sobre calle Edison; veintiséis metros sesenta y un centímetros de frente al Este sobre calle Tucumán; diez metros treinta centímetros en su contrafrente al Norte y veintiseis metros sesenta y un centímetros en su contrafrente al Oeste; formando la esquina Sudeste de la manzana 30 de la Concesión 233 en que fue subdividida esta ciudad de Rafaela.-

  • keyboard_arrow_down01/10/1987 | Ordenanza N.º 2221

    Ordenanza N.º 2221

    Nro. de norma: 106170

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 01/10/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por el Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela, a favor de la Municipalidad de Rafaela, con destino a calles públicas, del inmueble anotado a nombre del Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela, en mayor extensión y con deducción de los vendidos, bajo el número 497 folio 41 Tomo 226 Impar de la Sección Propiedades -Depar­tamento Castellanos del Registro General- año mil novecientos setenta y cinco.- El inmueble objeto de la donación, según título, forma parte de la fracción 1, de la manzana letra B. de esta ciudad de Raf ae la, y, según plano oficial de la ciudad forma parte de la concesión 235, y, de conformidad al plano de mensura y subdivisión confeccionado por los Ingenie­ros Geógrafos Amadeo Molinari y Roberto Luppi, en el mes de setiembre del año mil novecientos setenta y cinco, registrado en la Dirección de Obras Privadas de la Municipalidad local en Expediente Nro. 33643-letra S., con fecha 31-10-1975. e inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro de esta Provincia el once de noviembre del mismo año, con el número 77715, la fracción se designa como LOTE VEINTI­SEIS, de la expresada manzana B., de esta ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, y a partir del punto B., en la esquina formada por las calles España y Domingo Sil va, en ángulo de 90 grados 24 minutos hacia el Este, formando el costado Norte, se miden 6, 70 metros, lindando con calle Domingo Silva; del extremo Este, en dirección al Sur, en ángulo de 89 grados 36 minutos, se miden 34,80 metros, lindando con los lotes uno, dos y tres del mismo plano; de aquí nuevamente hacia el Este, en ángulo de 270 grados 24 minutos, se miden 17,85 metros, lindando con el lote tres; del extremo Este, nuevamente en dirección al Sur, en ángulo de 89 grados 36 minutos, se miden 5, 20 metros, 1 indando con parte del lote diez; de este extremo, nuevamente hacia el Este, en ángulo de 270 grados 24 minutos, se miden 69,15 metros, lindando con lotes diez, once, doce, trece, catorce y quince, todos de 1 mismo plano; de 1 extremo Este, nuevamente en dirección al Sur, en ángulo de 89 grados 36 minutos, se miden 46, 60 metros, lindando con la fracción dos de la misma manzana; del extremo Sur, punto D., en dirección al Oeste, en ángulo de 90 grados 24 minutos, se miden 23,10 metros, donde linda con calle 14 de Julio; de aquí, en dirección al Norte, en ángulo de 89 grados 36 minutos, se mide 36,30 metros, donde linda con los lotes veinticinco, veinticuatro y veintitrés del mismo plano; del extremo Norte de este costado, nuevamente hacia el Oeste, en ángulo de 270 grados 24 minutos, se miden 70,60 metros, lindando con los lotes veintitrés, veinte, diecinueve y dieciseis del mismo plano, del extremo Oeste, de este costado, nuevamente en dirección al Norte, hasta el punto B., en ángulo de 89 grados 36 minutos, cerrando el perímetro de la fracción descripta, se miden 50, 30 metros, donde linda con calle España; todo lo que encierra una superficie de 2164,45 m2.-

  • keyboard_arrow_down24/09/1987 | Ordenanza N.º 2220

    Ordenanza N.º 2220

    Nro. de norma: 113151

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Establécese un régimen especial de regularización tributaria para los contribuyentes que registran deudas con la Municipalidad de Rafaela, en concepto de: tasas, derechos, contribuciones de mejoras, multas por infracciones de distinto tipo, alquiler de maquinarias, ejecución de trabajos a costa de terceros y demás tributos fijados por la legislación municipal vi?ente; en un todo de acuerdo con las disposiciones de la presente Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down06/08/1987 | Ordenanza N.º 2214

    Ordenanza N.º 2214

    Nro. de norma: 01264

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 06/08/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese el funcionamiento, en el ámbito de la Municipalidad de Rafaela, de dos organismos que se denominarán: a.) Museo Histórico Municipal de Rafaela; y b.) Archivo Histórico Municipal de Rafaela.-  

  • keyboard_arrow_down06/08/1987 | Ordenanza N.º 2213

    Ordenanza N.º 2213

    Nro. de norma: 112877

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 06/08/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 2086, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 1º) Dispónese la creación del “CORO INFANTO JUVENIL DE LA MUNICIPALIDAD DE RAFAELA”, cuya función será desarrollar la enseñanza y formación coral de los niños y jóvenes que concurran al mismo, en un todo de acuerdo con la organización y funcionamiento que, por vía reglamentaria, deber fijar el Departamento Ejecutivo.”.-  

  • keyboard_arrow_down02/07/1987 | Ordenanza N.º 2210

    Ordenanza N.º 2210

    Nro. de norma: 111426

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/07/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la donación, u favor de la Institución benéfica ''VEO POR TI - Centro Pro Ayuda a e ciegos y afectados de la vista", con domicilio actual en calle córdoba esquina Las Heras de esta ciudad, de las siguientes fracciones de terreno de propiedad municipal: a). Una fracción de terreno ubicada en la manzana 31 de la Concesión n 263 de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, que cuenta con tres metros con ochenta y dos centímetros de frente al Oeste sobre calle Rosario, entre las calles Carlos Pellegrini y Juan Bautista Alberdi.

  • keyboard_arrow_down04/06/1987 | Ordenanza N.º 2207

    Ordenanza N.º 2207

    Nro. de norma: 108344

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 04/06/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase a la firma “E.T.M.A.” S.A.C.I.F., con domicilio en Avenida Luís Fanti 724 de esta ciudad, a instalar un depósito de autopartes en proceso en un todo de acuerdo con los planos obrantes en el Expediente Letra “E” - Nº 108344 - Fichero Nº 43, en el inmueble de propiedad de dicha empresa ubicado en la esquina Sureste de la manzana letra “O” de la concesión 295 de Rafaela, que cuenta con 32,572 metros de frente al Sur; 101,455 metros de frente al Este; 99,241 metros en su costado Este; y 32,50 metros en su contrafrente al Norte; lindando: al Sur con Avenida Luís Fanti; al Este con calle M. Cossettini; y al Norte y al Este con terrenos de la mencionada manzana y concesión.-

  • keyboard_arrow_down04/06/1987 | Ordenanza N.º 2205

    Ordenanza N.º 2205

    Nro. de norma: 111287

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 04/06/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase y agradésece la donación efectuada por las firmas “Sucesores de Alfredo Williner” S.A. y “Centenario” S.A. del inmueble propiedad de la primera y que, con motivo de la escisión de sociedades, pasará a ser del dominio de la mencionada en segundo término; que según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Civil Justo Jiménez en abril de mil novecientos setenta y nueve, inscripto en el Departamento Topográfico de Santa Fe bajo el Nº 89.895, aprobado en la Municipalidad de Rafaela bajo Expediente 61.293 Letra S., es parte de la manzana número dieciséis de la concesión trescientos doce de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, y se individualiza como lote número VEINTISIETE (27); contando con dieciséis metros en su frente al Sur, contada esta medida después de los veintidós metros del punto “KI” del referido plano de mensura y subdivisión hacia el Oeste; ciento veintiocho metros cuarenta y tres centímetros en su costado Oeste; ciento veintiún metros once centímetros en su costado Este; siendo el contrafrente Norte una línea quebrada que mide nueve metros treinta centímetros desde el vértice Noroeste del lote doce del citado plano de Mansura y subdivisión, hacia el Noroeste y hasta el punto G. del mencionado plano, y desde dicho punto G. hacia el Noroeste y cerrando el perímetro ocho metros treinta y cuatro centímetros; lindando: al Este con los lotes dos, tres, cuatro, cinco, seis, siete, ocho, nueve, diez y doce del citado plano de mensura y subdivisión; y al Oeste con los lotes trece, quince, dieciséis, diecisiete, dieciocho, diecinueve, veinte, veintiuno, veintidós, veintitrés, veinticuatro y veintiséis, todos del mismo plano de Mansura y subdivisión; formando una superficie de dos mil diecisiete metros cuadrados cuarenta y cinco decímetros cuadrados.-  

  • keyboard_arrow_down27/05/1987 | Ordenanza N.º 2203

    Ordenanza N.º 2203

    Nro. de norma: 103557

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 27/05/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Préstase acuerdo al convenio suscripto por el Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Santa Fe y la Municipalidad de Rafaela, con fecha 4 de agosto de 1986, por el cual se dispuso la creación en esta ciudad de un Centro Educativo de Nivel Primario para Adultos, que funcionará en un local cedido por la Municipalidad, el cual dependerá técnica y administrativamente de la Escuela Nocturna Nº 21 de Rafaela y de Supervisión Escolar Primaria para Adultos Zona “A”.-

  • keyboard_arrow_down27/05/1987 | Ordenanza N.º 2201

    Ordenanza N.º 2201

    Nro. de norma: 110953

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 27/05/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Inclúyese en la “zona urbana” de la ciudad de Rafaela a la concesión doscientos noventa y tres (293) de este municipio.-

  • keyboard_arrow_down27/05/1987 | Ordenanza N.º 2200

    Ordenanza N.º 2200

    Nro. de norma: 108647

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 27/05/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la compra al señor MIGUEL ANGEL ZIMMERMANN de una fracción de terreno con todo lo en ella clavado, plantado y adherido al suelo, que es parte de la manzana letra "E" de la concesión doscientos treinta y dos de esta ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, que según plano de mensura practicado por el Agrimensor Eros R. Faraudello en octubre de mil novecientos ochenta y seis, aprobado por la Municipalidad de Rafaela según Expediente Letra "Z" número 111. 477, se designa como "lote destinado a calle" y cuenta con veintiún metros setenta y nueve centímetros en su costado Norte, puntos FA; veintiún metros noventa y siete centímetros en su costado Sur, puntos EG; cuatro metros noventa centímetros en su costado Oeste, puntos FE; y cinco metros setenta centímetros en su costado Este, puntos AG; formando una superficie de ciento quince metros noventa y seis decímetros cuadrados; está ubicado a partir de los setenta y cuatro metros sesenta centímetros de la esquina Sud-Este de la manzana de que es parte y linda: al Norte con calle N. Oroño; al Sur con la fracción "A" del mismo plano de mensura, propiedad de Miguel Angel Zimmermann; al Oeste con propiedad de Julio Forni y al Este con calle Cervantes.-

  • keyboard_arrow_down27/05/1987 | Ordenanza N.º 2199

    Ordenanza N.º 2199

    Nro. de norma: 111565

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por:

    Fecha de Ingreso: 27/05/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por los Señores JUAN CARLOS SIMON PEROTTI e ILDE FELICITA DORITA BASSO DE PEROTTI, de una fracción de terreno de su propiedad, cuyo dominio en mayor extensión consta inscripto en el Registro General bajo el N º 89.530 - Folio 4097 - Tomo 286 Par - Año 1983, ubicada en la concesión 313 de esta ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, que según plano de mensura y subdivisión practicado por el Agrimensor Ramón A. Larriqueta en diciembre de mil nove­cientos ochenta y seis, aprobado en la Municipalidad de Rafaela bajo Expedien te 110798 Letra S. con fecha 26 de marzo de 1987, se designa como polígono EFGHE-ABCDA rodeando en sus cuatro costados a la fracción que según dicho plano se designa como polígono ABOCA, cuyas medidas, linderos y superficie son las siguientes: cuenta con noventa y un metros cuarenta y tres centíme­tros en su lado exterior Norte, puntos EF; •?cien mE:_tros en_su lado Este exterior, punto FG; noventa y un metros cuarenta y tres centímetros en su lado exterior Sur, puntos HG; cien metros en su lado exterior Oeste, puntos HE; setenta y cinco metros cuarenta y tres centímetros en su costado interior Norte, puntos AB; setenta y cinco metros noventa centímetros en su costado interior Este, puntos DB; setenta y cinco metros cuarenta y tres centímetros en su lado interior Sur, puntos CD; y setenta y cinco metros noventa centímetros en su costado interior Oeste, puntos CA; todo lo cual hace una superficie de tres mil cuatrocientos diecisiete metros cuadrados ochenta y seis decímetros cuadrados; lindando: en su costado exterior Norte con calle Fernando Fader, su costado exterior Este con calle Dimas Matees, su costado exterior Sur con más terreno de la concesión trescientos trece propiedad de los donantes, su costado exterior Oeste con calle Alfonsina Storni y sus costados interiores Norte, Sur, Este y Oeste con el polígono ABOCA del mencionado plano de mensura y subdivisión propiedad de los donantes.-

  • keyboard_arrow_down27/05/1987 | Ordenanza N.º 2198

    Ordenanza N.º 2198

    Nro. de norma: 111.582

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 27/05/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que los agentes municipales que cesen efectivamente en sus funciones como tales para acogerse a los beneficios jubilatorios, dejando de percibir sus haberes por tal circunstancia; tendrán derecho a cobrar de la Municipalidad de Rafaela, en concepto de subsidio, el equivalente a dos meses de sueldo sujeto a aportes conforme con la categoría de revista al tiempo del cese, sin ningún tipo de retención, descuento, suplemento o adicional.-

  • keyboard_arrow_down14/04/1987 | Ordenanza N.º 2197

    Ordenanza N.º 2197

    Nro. de norma: 99843

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 14/04/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    ModifÍcanse los artículos 1 ° , 2° y 25° del Reglamento del Cementerio Municipal de Rafaela (Decreto-Ordenanza Nº 3261 modificado por decretos-ordenanzas Nº 3324 y 6539 y Ordenanza Nº 2138, los que quedarán así redactados: "Art.1 El Cementerio será general y sin más distinción de sitios que los de: sepulturas comunes en tierra, sepulturas en tierra mediante concesión de lotes a perpetuidad, nichos "panteones y osario".-

  • keyboard_arrow_down02/04/1987 | Ordenanza N.º 2192

    Ordenanza N.º 2192

    Nro. de norma: 96.936

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/04/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Adhiérese la Municipalidad de Rafaela a lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 9.996, modificatoria de la Ley Nº 9.286.-

  • keyboard_arrow_down26/03/1987 | Ordenanza N.º 2191

    Ordenanza N.º 2191

    Nro. de norma: 111113

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modifícase el artículo 4º de la Ordenanza Nº 2149, el cual quedará así redactado: “Art. 4º) Fíjanse en seiscientos cuarenta (640) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente, en veintiún (21) el número de cargos de Planta de Personal Temporario, en setecientos cuarenta y tres (743) el número de horas-cátedra.- Fíjanse los siguientes cargos de Planta de Personal Permanente, para cada uno de los organismos autárquicos que se citan a continuación: Treinta y un (31) cargos para la Empresa Municipal de Transporte de Rafaela.- Seis (6) cargos para el Instituto Municipal de la Vivienda.”.-

  • keyboard_arrow_down26/03/1987 | Ordenanza N.º 2189

    Ordenanza N.º 2189

    Nro. de norma: 109700

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por MARTHA ELENA POGGI, ALICIA ESTHER POGGI y URBANO LUIS ERASMO POGGI, estos dos últimos por sí y además por poder de MARGOT LUISA POGGI de MARTINEZ, de las fracciones de terreno que se mencionan a continuación, para destinarlas a calles públicas: a) La fracción ubicada en la concesión doscientos sesenta y nueve de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, que según plano de mensura y subdivisión practicado por la Ingeniera geógrafa Beatriz S. Jiménez en marzo de mil novecientos ochenta y seis, aprobado por la Municipalidad de Rafaela, Dirección de Obras Privadas y Catastro según expediente Nº 107.179 - Letra P- el 12 de noviembre de 1986, se designa como lote “4” y mide cincuenta metros en su costado Norte, puntos HG; cincuenta metros en su costado Sur, puntos IF; veinte metros en su costado Oeste, puntos HI; y veinte metros en su costado Este, puntos GF; encerrando una superficie de mil metros cuadrados, lindando al Norte, Sur y Este con más terreno de propiedad de Alicia Esther Poggi, Martha Elena Poggi, Margot Luisa Poggi y Urbano Luís Poggi y al Oeste con calle Ricardo Rojas. b) La fracción ubicada en la concesión doscientos sesenta y nueve de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, que según plano de mensura y subdivisión practicado por la Ingeniera Geógrafa Beatriz S. Jiménez en marzo de mil novecientos ochenta y seis, aprobado por la Municipalidad de Rafaela, Dirección de Obras Privadas y Catastro según Expediente Nº 107179 - Letra P - con fecha 12 de noviembre de 1986, se designa como lote “5”, siendo sus medidas: ocho metros cincuenta centímetros con frente al Este, puntos BB1, por donde linda con prolonqación de calle E. Chiarella; desde el extremo norte de la medida antes citada tiene doscientos siete metros hacia el Este (puntos B1C1), luego trescientos seis metros veinte centímetros hacia el sur (puntos D1C1), luego siete metros con ochenta centímetros hacia el Oeste (puntos DD1), luego doscientos noventa y siete metros setenta y seis centímetros hacia el Norte (puntos DC), luego ciento noventa y ocho metros cincuenta centímetros hacia el Oeste cerrando el perímetro (puntos BC), contando con una superficie de cuatro mil ciento ochenta y ocho metros cuadrados setenta y ocho decímetros cuadrados, lindando su lado BB1 con prolongación de calle E. Chiarella, su lado B1C1 con calle E. Chiarella, su lado C1D1 con calle Las Colonias, su lado DD1 con Avda. Santa Fe y sus lados DC y BC con terrenos de la concesión que es parte, propiedad de Alicia Esther Poggi, Martha Elena Poggi, Margot Luisa Poggi y Urbano Luís Poggi.- El dominio de ambas fracciones consta inscripto en mayor extensión a favor de los donantes, bajo el Nº 21.243 - Fº 428 - Tomo 91 Impar.-

  • keyboard_arrow_down26/03/1987 | Ordenanza N.º 2188

    Ordenanza N.º 2188

    Nro. de norma: 110330

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aféctase a la construcción del salón comunitario del barrio Martín Güemes, el inmueble propiedad de la Municipalidad de Rafaela ubicado en la manzana “F” de la concesión 214 de esta ciudad, que cuenta con 16,20 metros de frente al Sur sobre calle Luís Maggi, por 30,40 metros de frente al Oeste sobre calle M. Zavalla; 30,40 metros en su contrafrente Este y 15,79 metros en su contrafrente Norte, formando la esquina Sudoeste de la manzana de es parte (Dominio inscripto a favor de la Municipalidad de Rafaela bajo el Nº 18.075-folio 750-tomo 307 Impar, con fecha 3 de abril de 1986).-

  • keyboard_arrow_down11/12/1986 | Ordenanza N.º 2184

    Ordenanza N.º 2184

    Nro. de norma: 109221

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 11/12/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por el señor HERMINIO JUAN CHERRY y la señora ELGA MERCEDES VAUDAGNA de CHERRY, a favor de la Municipalidad de Rafaela, de una fracción de terreno con todo lo en ella clavado, plantado, edificado y adherido al suelos para destinarla a canino publico, que se ubica en la zona limítrofe de las concesiones ochenta y seis (86), ochenta y siete (87), ciento dos (102) y ciento tres (103) de Rafaela, Departamento Castellanos, que según plano de mensura y subdivisión practicado por el Agrimensor Enrique Jeiker, en julio de mil novecientos ochenta y seis, inscripto en el Departamento Topográfico de Santa Fe bajo el número 110.627, con fecha 17 de septiembre de 1986, se individualiza como fracción III (tres en romano), polígono B ‘MOCB’, camino público, que cuenta con diecisiete metros treinta y dos centímetros en su costado Sur (puntos B’M); ochocientos veinte metros con setenta y seis centímetros en su costado Este (puntos MO); treinta y nueve metros con setenta y cinco centímetros en su costado Nord-Este (puntos CO); y ochocientos cincuenta y seis metros cincuenta y cuatro centímetros en su costado Oeste (puntos B’C), lindando: al Nord-Este con terreno de vía del Ferrocarril Nacional General Bartolomé Mitre; al Sur con camino público; al Oeste, con la fracción I (uno en romano) del mismo plano de mensura y subdivisión en parte y con terreno propiedad de la Sociedad Rural de Rafaela en parte; y al Este con la fracción II (dos en romano) del mismo plano de mensura y subdivisión, contando con una superficie de una hectárea, cuarenta y cinco áreas, veinticinco centiáreas, treinta y siete decímetros cuadrados. Dominio inscripto en mayor extensión, a favor de Herminio Juan Cherry, bajo Nº 49158 - folio 1010 - tomo 148 Par-Año 1957.-

  • keyboard_arrow_down11/12/1986 | Ordenanza N.º 2183

    Ordenanza N.º 2183

    Nro. de norma: 109469

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 11/12/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Exímase del pago de Derecho de Edificación a las construcciones que efectúen las Empresas a los fines de la radicación de sus industrias en el Parque Industrial Rafaela, por un plazo de 10 (diez) años a contar de la fecha de la promulgación de la presente.-

  • keyboard_arrow_down27/11/1986 | Ordenanza N.º 2181

    Ordenanza N.º 2181

    Nro. de norma: 109574

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 27/11/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la aplicación, en la Municipalidad de Rafaela, del sistema de subsidios que otorgará la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) creada por la Ordenanza Nº 2116, el cual se regirá de acuerdo con el Reglamento para el Otorgamiento de Subsidios por parte de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down20/11/1986 | Ordenanza N.º 2180

    Ordenanza N.º 2180

    Nro. de norma: 96447

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 20/11/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Declárase Servicio Público y sujeto a las disposiciones de la presente ordenanza, la prestación del servicio de transporte de personas en jurisdicción del municipio de la ciudad de Rafaela, en automóviles taxímetros. (*1 Modificación introducida por Ord. 2658 del 07/10/93.)

  • keyboard_arrow_down20/11/1986 | Ordenanza N.º 2179

    Ordenanza N.º 2179

    Nro. de norma: 109674

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 20/11/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la transferencia del dominio, a favor del INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA DE RAFAELA, de una fracción de terreno con todo lo en ella edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, situada en el ángulo sud-este de la manzana número cincuenta y cinco, concesión número doscientos cuarenta y siete, subdivisión de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, cuya fracción mide en sus costados Norte y Sur treinta y siete metros con cincuenta centímetros por cuarenta y tres metros con treinta centímetros en los del Este y Oeste, formando una superficie aproximada de un mil seiscientos veintitrés metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados, que linda al Este con calle Paraná, al Sur con calle Avellaneda y al Norte y Oeste con terrenos de la misma manzana. Dicho inmueble se encuentra inscripto en el Registro General bajo el Nº 24.763 al folio 460 Tomo 107 Impar - Sección “Propiedades” - Departamento Castellanos, a favor de la Municipalidad de Rafaela, con fecha 17 de julio de 1945.-

  • keyboard_arrow_down12/11/1986 | Ordenanza N.º 2176

    Ordenanza N.º 2176

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    La Empresa Municipal de Transporte de Rafaela, deberá transpor­tar sin cargo a las personas discapacitadas y a su acompañante entre su lugar de residencia y el establecimiento educacional y/o de rehabilitación los que deban concurrir, cuando razones de edad, impedimento o condiciones económicas así lo justifiquen, y en tanto y en cuanto dichos lugares se encuentren dentro de los recorridos habituales de la Empresa.-

  • keyboard_arrow_down31/10/1986 | Ordenanza N.º 2170

    Ordenanza N.º 2170

    Nro. de norma: 109674

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 31/10/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la transferencia del dominio, a favor del INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA DE RAFAELA, del inmueble propiedad de la Municipalidad de Rafaela consistente en una fracción de terreno con todo lo en ella edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, ubicada en la manzana cincuenta y cinco (55) de la concesión doscientos cuarenta y siete (247) de esta ciudad compuesta de ochenta y seis metros sesenta centímetros (86,60) de frente al Oeste sobre calle Los Andes (hoy Magdalena de Lorenzi), por cuarenta y cinco (45) metros de fondo cobre calles Avellaneda y Balcarce y ochenta y seis metros sesenta centímetros (86,60) en su contrafrente al Este; cuyo dominio consta inscripto bajo el Nº 9866 Folio 219 - Tomo 101 Par - Sección Propiedades - Departamento Castellanos del Registro General.-

  • keyboard_arrow_down23/10/1986 | Ordenanza N.º 2169

    Ordenanza N.º 2169

    Nro. de norma: 109518

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 23/10/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo a llamar a licitación pública para otorgar la concesión de obra pública consistente en la provisión de dos mil trescientos cuarenta y ocho (2348) nichos prefabricados de hormigón armado, autoportantes, para mayores, y obras complementarias según planos y pliegos, en el Cementerio Municipal de la ciudad de Rafaela, y el correspondiente montaje de los mismos; bajo las condiciones fijadas por los Pliegos y Planos obrantes en el expediente municipal Letra “D” - Nº 199518 - Fichero Nº 43.-

  • keyboard_arrow_down17/10/1986 | Ordenanza N.º 2165

    Ordenanza N.º 2165

    Nro. de norma: 105921

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/10/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificase el inciso b) del artículo 9º de la Ordenanza Tributaria Nº 2148, el que quedará así redactado: “b) A partir del tercer (3er) mes inmediato siguiente a la fecha de vencimiento, a los valores nominales se le adicionará un 20%, y la resultante será actualizada de acuerdo con el incremento que se registre en los Precios al Consumidor (según los datos que suministre el Servicio Estadístico Nacional y respecto de los cuales se tenga conocimiento en la Municipalidad de Rafaela) desde la fecha de vencimiento del tributo y la fecha del efectivo pago, adicionándose un interés diario del 0,033 por ciento entre ambas fechas, sobre el importe actualizado.”.-  

  • keyboard_arrow_down17/10/1986 | Ordenanza N.º 2163

    Ordenanza N.º 2163

    Nro. de norma: 109163

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/10/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación de una fracción de terreno baldío que forma la esquina Noroeste de la manzana 11 de la concesión 230 de esta ciudad, cuyas medidas aproximadas son: treinta metros en su frente al Norte sobre calle Nicasio Oroño; treinta metros en su contrafrente al Sur; diez metros en su frente al Oeste sobre calle Erasmo Poggi y diez metros en su contrafrente al Este; actualmente propiedad de los señores Juan Carlos Operto, Omar Francisco Oporto y Teresa María Pussetto de Operto; bajo las siguientes condiciones: a.) La Municipalidad destinará el inmueble, en tanto lo estime necesario a su exclusivo criterio, a la instalación de una bomba extractora de agua para cubrir los requerimientos del sector norte de la ciudad.- b.) Las medidas definitivas del inmueble surgirán del plano que deberá confeccionar la Municipalidad de Rafaela.- c). La Municipalidad una vez formalizada la donación mediante la correspondiente escritura pública, se hará cargo de los trabajos de desmalezamiento de las manzanas 10, 11, 12, 14, 16 y 21 de la concesión 230 de esta ciudad, eximiéndose a los donantes del pago de dichos trabajos. Esta obligación que la Municipalidad asume, como así la exención en el pago de los citados trabajos de desmalezamiento a favor de los donantes, tendrá vigencia por un plazo de cinco (5) años contados desde la promulgación de la presente ordenanza y con respecto a las manzanas precitadas, en tanto continúen siendo propiedad de los donantes y no sean sometidas a loteos o ventas que dificulten los trabajos de las máquinas desmalezadoras.- d.) El Departamento Ejecutivo una vez suscripta la escritura pública de donación, procederá a dejar sin efecto la deuda que los donantes mantuvieron con la Municipalidad de Rafaela en concepto de trabajos de desmalezamiento por terrenos de propiedad de aquellos a la fecha de promulgación de esta ordenanza.- e.) Todos los impuestos tasas y contribuciones que afecten el inmueble a donarse, estarán a cargo exclusivo de los donantes hasta la fecha del decreto por el cual se disponga aceptar la donación.- f.) Los gastos de mensura, si los hubiere, serán a cargo exclusivo de la Municipalidad.- g.) Los gastos de escrituración serán soportados por las partes en la misma proporción (50% a cargo de los donantes y 50% a cargo de la Municipalidad).-  

  • keyboard_arrow_down17/10/1986 | Ordenanza N.º 2162

    Ordenanza N.º 2162

    Nro. de norma: 107665

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/10/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por la señora LILIANA ISABEL GIRAUDO, D.N.I. Nº 12.297.037, a favor de la Municipalidad de Rafaela, de la fracción de terreno ubicada en la manzana S-12 de la concesión 299 de esta ciudad, individualizada como “Lote 4 B” según plano de mensura y subdivisión practicado por el Agrimensor Eros R. Faraudello en el mes de junio de mil novecientos ochenta y seis, inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia de Santa Fe bajo el Nº 110362 en fecha 15 de agosto de 1986, la cual responde a la siguiente descripción cuenta con diez metros siete centímetros en su costado Norte (puntos E-F) contada esta medida después de los cuarenta y tres metros ocho centímetros de la esquina Noreste de la manzana de que es parte hacia el Oeste y desde aquí treinta y tres metros setenta y cinco centímetros hacia el Sur; diez metros nueve centímetros en su contado Sur (puntos C-B); doce metros veinticinco centímetros en su costado Este (puntos B-F); y doce metros veinticinco centímetros en su costado Oeste (puntos E-C); lindando al Norte con propiedad de la donante Liliana Isabel Giraudo, al Sur con propiedad de Mario Alberto Alvarez, al Este con propiedad de Héctor Alvarez y al Oeste con propiedad de la Municipalidad de Rafaela a la cual será anexada la fracción donada; y que cuenta con una superficie de ciento veintitrés metros cuadrados cuarenta y ocho decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down10/10/1986 | Ordenanza N.º 2160

    Ordenanza N.º 2160

    Nro. de norma: 62693

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 10/10/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la cesión del uso y goce, a favor del OBISPADO DE RAFAELA, por el plazo de diez años (10) contados a partir de la promulgación de esta Ordenanza, a título gratuito, de la fracción  de terreno baldío que forma parte de la manzana número once, subdivisión de la concesión doscientos diecisiete de la ciudad do Rafaela, Departamento Castellanos, que de acuerdo con el plano de mensura y subdivisión practicado en marzo de mil novecientos ochenta y uno por el Ingeniero Geógrafo Leonardo F. Hofer a cargo del Catastro Municipal de la Municipalidad de Rafaela, inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia de Santa Fe, bajo el número noventa y seis mil doscientos noventa y ocho en fecha veinte de abril de mil novecientos ochenta y uno, designada como fracción “TREINTA Y NUEVE B” de la citada manzana y concesión, que se encuentra ubicada a los sesenta metros de la esquina Nord-Este de la manzana de que es parte, hacia el Sur, y mide: treinta metros en su frente al Este, puntos H-I; treinta metros en contrafrente al Oeste, puntos C-B; veintiocho metros veintitrés centímetros en su costado Sur, puntos B-I; veintiocho metros dieciséis centímetros en su costado Norte, puntos C-H, encerrando una superficie total de ochocientos cuarenta y cinco metros ochenta decímetros cuadrados, y linda: al Norte con la fracción treinta y nueve A. del citado plano de mensura y subdivisión; al Sur, con la fracción treinta y nueve C. del mismo plano de mensura y subdivisión; al Oeste, con terrenos del Instituto Municipal de la Vivienda; y al Este, con la manzana quince de la concesión de que es parte, calle por medio hoy designada “Cesar Perussia” (Dominio Nº 24768 - folio 1298 - Tomo 280 Par – División Dominio - Departamento Castellanos - del Registro General).-  

  • keyboard_arrow_down22/08/1986 | Ordenanza N.º 2150

    Ordenanza N.º 2150

    Nro. de norma: 106406

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 22/08/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Desaféctase el destino original de la fracción de terreno ubicada en la manzana XVI (diez y seis en romano) de la concesión número trescientos veinte y seis de esta ciudad de Rafaela, que mide 63 metros en sus costados Norte y Sur, puntos h-g y m-n encerrados en una superficie total de 4.410 metros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down15/08/1986 | Ordenanza N.º 2148.- Bis

    Ordenanza N.º 2148.- Bis

    Nro. de norma: 108403

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 15/08/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aféctase al uso por parte de la Comisión Vecinal del barrio Villa del Parque, la fracción de terreno ubicada en la Manzana I de la concesión 284 de esta ciudad, que mide 10,47 metros de frente al Este sobre la calle Zamenhoff, igual medida en su contrafrente Sur, y 23,34 metros en sus costados Norte y Sur, encerrando una superficie de 244,37 m2.; fracción cuyo dominio está inscripto a nombre de la Municipalidad de Rafaela, al Nº 2453-F° 337-T° 197l-Año 1969.-

  • keyboard_arrow_down04/07/1986 | Resolución N.º 1238 - Desestimar el pedido de la Asociación de Profesional es de la Ingeniería de Rafaela y su Zona de Influencia.

    Resolución N.º 1238 - Desestimar el pedido de la Asociación de Profesional es de la Ingeniería de Rafaela y su Zona de Influencia.

    Nro. de norma: 1238

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 04/07/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Desestimar el pedido de la Asociación de Profesional es de la Ingeniería de Rafaela y su Zona de Influencia.

  • keyboard_arrow_down19/06/1986 | Resolución N.º 1236 - Desígnase a la Señora Concejal Lidia Lentore de Sarasín.

    Resolución N.º 1236 - Desígnase a la Señora Concejal Lidia Lentore de Sarasín.

    Nro. de norma: 1236

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/06/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Desígnase a la Señora Concejal Lidia Lentore de Sarasín, para integrar en reprsentación del Concejo Municipal de la Ciudad de Rafaela, el cuerpo evaluativo que seleccionará a los inscriptos en el Plan de Vivienda (Programa Techo), próximo a ejecutarse.

  • keyboard_arrow_down19/06/1986 | Ordenanza N.º 2146

    Ordenanza N.º 2146

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/06/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase a la Colectividad Judía do Rafaela a colocar una placa recordatoria y conmemoratoria del 43° aniversario del levantamiento de Geto de Varsovia, en el monolito ubicado en el Parque Infantil “Malvinas Argentinas”, sito en la intersección de Avda. Mitre y Tucumán de esta ciudad de Rafaela.-  

  • keyboard_arrow_down19/06/1986 | Ordenanza N.º 2145

    Ordenanza N.º 2145

    Nro. de norma: 99551

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/06/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Derógase la Ordenanza Nº 2034, por la que se creó y reglamentó el Servicio de Emergencias de la Municipalidad de Rafaela.-

  • keyboard_arrow_down30/05/1986 | Ordenanza N.º 2143

    Ordenanza N.º 2143

    Nro. de norma: 01021

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/05/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modifícase el punto 8 del inciso b) del artículo 3º (Dispositivos) del Código de Tránsito de Rafaela (Ordenanza Nº 1.618 t.o. Ordenanza Nº 1.710, Decreto Nº 2949 y Decreto-Ordenanza Nº 4.599), el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 3º) Dispositivos: b) - 8. De paragolpes elásticos delanteros y traseros, colocados de manera que proteja las partes más salientes del vehículo, cuya banda principal de resistencia tenga un ancho mínimo de 8 centímetros y su distancia sea de 38 centímetros desde el borde inferior hasta el nivel de la calzada, con una tolerancia de 3 centímetros. Cuando el paragolpes tenga una sola banda y ancho inferior a 15 centímetros podrá completarse la protección con barras transversales que, en ningún caso, podrán exceder los 15 centímetros.- Prohíbese la colocación de aditamentos en los paragolpes de los vehículos, los cuales pueden ser considerados potencialmente peligrosos para la integridad de otros vehículos o personas, ya sea por sus dimensiones o por su resistencia.- Prohíbese, asimismo, que los vehículos circulen provistos de elementos o aparatos para enganche de otros vehículos, cuando los mismos sobresalgan de los paragolpes, y por ello pueden ser considerados como posibles causantes de daños a terceros, ya sea con motivo de la circulación o del establecimiento.”.-

  • keyboard_arrow_down23/05/1986 | Resolución N.º 1233 - Desígnase como Meyordomo del Concejo Municipal de Rafaela.

    Resolución N.º 1233 - Desígnase como Meyordomo del Concejo Municipal de Rafaela.

    Nro. de norma: 1233

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 23/05/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Desígnase como Meyordomo del Concejo Municipal de Rafaela, a partir del 1° de abril de 1986, a la Srta. María Teresa Yori, L.C. N° 5.110.612, que estará encuadrada en la categoría 16.

  • keyboard_arrow_down09/05/1986 | Ordenanza N.º 2138

    Ordenanza N.º 2138

    Nro. de norma: 01006

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 09/05/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Agrégase al Decreto-Ordenanza Nº 3261 el artículo 68° bis, el que quedará así redactado: Art. 68º bis) La Municipalidad de Rafaela podrá autorizar la transferencia de la concesión de lotes para panteones, en los siguientes casos: a) Cuando el panteón está desocupado.- b) Cuando no haya derecho habientes radicados efectivamente en la ciudad.- Este artículo será de interpretación restrictiva y solo se aplicará cuando se den los dos casos enunciados en los incisos a) y b) conjuntamente.- Art. 2º) Modificar el artículo 69° del Decreto-Ordenanza Nº 3261, el que

  • keyboard_arrow_down09/05/1986 | Ordenanza N.º 2137

    Ordenanza N.º 2137

    Nro. de norma: 00977

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 09/05/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Llévese a cabo en los barrios M. Güenes, K. Fierro, L. Fasoli, G. Lehmann, Barranquitas, Villa Dominga, Italia, M. Belgrano, Los Nogales, Mosconi Chico, Villa del Parque, Fátima, Villa Podio, Amancay y 17 de Octubre de la ciudad de Rafaela, un relevamiento de los mismos, de acuerdo a la encuesta que obra en planilla adjunta y que considera los siguientes ítems: I -Localización de Vivienda- II-Composición del grupo familiar- III-Instrucción-ocupación- IV-Participación en alguna organización comunitaria- V-Lugar de Procedencia- VI-Vivienda, característica, tipo, cantidad de habitantes, ventilación, iluminación, mobiliarios, servicios sanitarios, de agua y eliminación de excretas y basura- VII-Barrido, iluminación, riego, pasillos, accesos, veredas, zanjones.-  

  • keyboard_arrow_down09/05/1986 | Ordenanza N.º 2136

    Ordenanza N.º 2136

    Nro. de norma: 105785

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 09/05/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder en calidad del préstamo y a título precario, por el término de cincuenta (50) años, al Club CICLISTA DE RAFAELA, parte del terreno ubicado en la concesión 345, cuyo dominio esta inscripto a nombre de la Municipalidad de Rafaela bajo el Nº 6359-Fº 259-Tº 56-Año 1918.-

  • keyboard_arrow_down11/04/1986 | Resolución N.º 1230 - DesÍgnase a la Señora Concejal Eddy Manentti de Parren.

    Resolución N.º 1230 - DesÍgnase a la Señora Concejal Eddy Manentti de Parren.

    Nro. de norma: 1230

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 11/04/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    DesÍgnase a la Señora Concejal Eddy Manentti de Parren para que represente al Concejo Municipal de Rafaela en la Comisión Coordinadora Pro-remodelación edificio para funcio­namiento Escuela de Enseñanza Técnica N° 626.

  • keyboard_arrow_down21/03/1986 | Ordenanza N.º 2127

    Ordenanza N.º 2127

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 21/03/1986

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modifícase el último párrafo del artículo 65º del Anexo I (Estatuto) de la Ley Provincial Nº 9286, que fuera adoptada por Ordenanza Nº 1961 como Estatuto y Escalafón para el personal de la Municipalidad de Rafaela.- El párrafo modificado quedará así redactado: “La cesantía y la exoneración serán aplicadas por el Departamento Ejecutivo o Presidente de la Comisión Comunal, previa instrucción del sumario respectivo, salvo cuando medien las causales previstas en el Art. 63 inc. a).”.-

  • keyboard_arrow_down19/12/1985 | Ordenanza N.º 2126

    Ordenanza N.º 2126

    Nro. de norma: 106192

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/12/1985

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Adóptase para la Municipalidad de Rafaela el Reglamento General de Instalaciones Eléctricas que forma parte de la presente.