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  • keyboard_arrow_down25/04/1989 | Ordenanza N.º 2302

    Ordenanza N.º 2302

    Nro. de norma: 112940

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/04/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Decláranse de interés general para la ciudad de Rafaela, las fracciones de terreno ubicadas en jurisdicción del Municipio de Rafaela, que se mencionan a continuación: Una fracción de terreno, que es parte de las concesiones 160 y 176 de la Colonia Rafaela, de forma rectangular y que mide: cuatrocientos metros en su costado Norte, por donde linda, camino público por medio con parte de la concesión 144; Un mil treinta y nueve metros con veinte centímetros en su costado Este por donde linda camino público por medio con fracción 48 y parte de fracciones 49 y 50 de la Colonia Bella Italia; igual medida en su costado Oeste, por donde linda con más terreno perteneciente a Suc. José A. M. Armando; cuatrocientos metros en su costado Sur, por donde linda camino público por medio con parte de la concesión 192.- Una fracción de terreno que es parte de la concesi6n 384 de la Colonia Rafaela, de forma triangular y que mide setecientos cuarenta metros con ochenta y seis centímetros en su costado Norte, por donde linda camino público por medio con la concesión 368; ochocientos noventa y seis metros con catorce centímetros en su costado Este por donde linda camino público por medio con fracciones 180, 182/2 y parte fracción 182/1 de la Colonia Bella Italia; y un mil ciento sesenta y nueve con veinte centímetros en su costado medio rumbo Sud-este por donde linda con las vías del ferrocarril Nacional General Belgrano.-

  • keyboard_arrow_down30/03/1989 | Ordenanza N.º 2301

    Ordenanza N.º 2301

    Nro. de norma: 118421

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la cesión en comodato, por el plazo de diez (10) años contados a partir de la fecha de promulgación de la presente, a favor de la Asociación Colombófila “General Belgrano”, para que ella desarrolle sus actividades específicas, de una fracción de terreno ubicada en la manzana ocho de la concesión doscientos treinta y uno de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro Alexandroff Zlateff en junio de 1988, aprobado en la Municipalidad de Rafaela con fecha 19 de diciembre de 1988 en el Expediente Nº 118.723 Letra M. e inscripto en la Dirección de Catastro, Departamento Topográfico, de la Provincia de Santa Fe bajo el Nº 115.168, se identifica como LOTE II (dos en romano) y cuenta con treinta y dos metros cuarenta centímetros en su frente al Sur, puntos FB; igual medida en su contrafrente al Norte, puntos EA; cuatro metros cuarenta centímetros en su frente al Este, puntos AB; y cuatro metros sesenta centímetros en su contrafrente al Oeste, puntos EF; se ubica en la esquina Sudeste de la manzana de que es parte; linda al Norte con propiedad de Luisa M. Heinzen, al Sur con calle Soldano, al Este con calle Cervantes y al Oeste con el Lote I (uno en romano) del mismo plano de mensura y subdivisión; con una superficie de ciento cuarenta y cinco metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados.-  

  • keyboard_arrow_down30/03/1989 | Ordenanza N.º 2300

    Ordenanza N.º 2300

    Nro. de norma: 119693

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Exímese a los propietarios y responsables de las salas cinematográficas de la ciudad, del pago del Derecho de Registro e Inspección y del Derecho de Acceso a Diversiones y Espectáculos Públicos que deben abonar, conforme con la Ordenanza Tributaria Nº 1989, por las actividades consistentes en la proyección de películas o filmes.-

  • keyboard_arrow_down30/03/1989 | Ordenanza N.º 2299

    Ordenanza N.º 2299

    Nro. de norma: 114527

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Fíjanse los siguientes valores para la Tasa General de Inmuebles correspondiente a las cuotas Nros. 4, 5 y 6 del año 1989: Cuota Nº 4: El 6,8% (seis coma ocho por ciento) más del valor de la cuota Nº 3, cuyo vencimiento se operó en marzo de 1989.- Cuota Nº 5: El 8,9% (ocho coma nueve por ciento) más del valor de la cuota Nº 4.- Cuota Nº 6: El. 9,6% (nueve coma seis por ciento) más del valor de la cuota Nº 5.-

  • keyboard_arrow_down30/03/1989 | Ordenanza N.º 2298

    Ordenanza N.º 2298

    Nro. de norma: 119639

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase como inciso k) del artículo 24° de la Ordenanza Tributaria Nº 2290, el siguiente: “k). Los inmuebles de propiedad de personas que acrediten haber participado en acciones armadas en territorio malvinense en el conflicto bélico del año 1982; en tanto justifiquen ser propietarios de un único inmueble”.-

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2297

    Ordenanza N.º 2297

    Nro. de norma: l19l22

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese el otorgamiento de los siguientes premios-estímulo anuales, por parte de la Municipalidad de Rafaela: Mención “Museo Histórico Municipal de Rafaela”.- Mención “Archivo Histórico Municipal de Rafaela”.- Mención “Biblioteca Pública Municipal de Rafaela”.- Mención “Museo Municipal del Vestido”.- Mención “Museo de Bellas Artes Dr. Urbano Poggi”.- Mención “Concejo Municipal de Rafaela”.- Los premios a otorgar consistirán en un diploma y una medalla, o un libro de edición municipal; quedando sujeta su adjudicación a las normas de la presente Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2296

    Ordenanza N.º 2296

    Nro. de norma: 118548

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Créase setenta y dos (72) nuevas horas cátedra para el año 1989 en el ámbito de la Secretaría de Cultura, las cuales deberán destinarse a los nuevos cursos que se habilitarán en el corriente año en la “Escuela Municipal de Música”.-

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2295

    Ordenanza N.º 2295

    Nro. de norma: 119260

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de Santa Fe, mediante su Resolución Nº 0003 de fecha 2 de enero de 1989, de los terrenos destinados a calles públicas que surgen del plano de mensura y subdivisión en trámite de aprobación, el cual corre glosado a fojas 3 del Expediente Nº 15201-000273l del Sistema de Información de Expedientes; discriminándose de la siguiente manera: CALLE PUBLICA-LOTE 31-Polígono E-F-G-H-E: A partir del vértice -E-, situado en la orientación Nor-Oeste del Lote 11, mide en dirección Sud-Norte EF= 17,36 metros; desde el vértice –F- (90º) en dirección Oeste-Este, FG= 60 metros; desde el vértice –G- (90º) en dirección Norte-Sud GH= 17,36 metros; desde el vértice –H- (90º) en dirección Este-Oeste HE= 60 metros; llegándose al vértice inicial -E- con ángulo de 90º; lindando al Norte con los lotes 6, 7, 8, 9 y 10, al Sud con los lotes 11, 12, 13, 14 y 15, al Este con calle Cossettini y al Oeste con la calle Quirós; encerrando una superficie de 041,60 m2.- CALLE PUBLICA-LOTE 32-Polígono I-J-K-L-I: A partir del vértice -I- situado en la Orientación Nor-Oeste del lote 21, mide en dirección Sud-Norte IJ= 17,36 metros; desde el vértice -J- (90°) en dirección Oeste-Este JK= 60 metros; desde el vértice -K- (90°) en dirección Norte-Sud KL 17,36 metros; desde el vértice –L- (90°) en dirección Este-Oeste LI= 60 metros; llegándose al vértice inicial –I- con ángulo de 90º; lindando al Norte con los Lotes 16, 17, 18, 19 y 20, al Sud con los Lotes 21, 22, 23, 24 y 25; al Este ron la calle Cossettini y al Oeste con la calle Quirós; encerrando una superficie de 1.041, 60 m2.-

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2294

    Ordenanza N.º 2294

    Nro. de norma: 115513

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por el señor Orfindo Ramón Posebón de las fracciones de terreno que se detallan a continuación, ubicadas en la concesión trescientos veintinueve (329) de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe; las cuales según plano de mensura, subdivisión y loteo practicado por el Agrimensor Eros R. Faraudello en octubre de mil novecientos ochenta y siete, glosado a foja 28 del Expediente Municipal Letra “C” – Nº 115513 - Fichero Nº 45

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2293

    Ordenanza N.º 2293

    Nro. de norma: 109354

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

  • keyboard_arrow_down17/03/1989 | Ordenanza N.º 2292

    Ordenanza N.º 2292

    Nro. de norma: 114217

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/03/1989

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación ofrecida por el señor Roberto Jorge Aragno, de una fracción de terreno que es parte de la concesión doscientos veintinueve de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, la cual según plano de mensura y subdivisión practicado por el Agrimensor Ramón A. Larriqueta en julio de 1987, presentado por la Municipalidad de Rafaela en Expediente Letra “A” - Nº 114217 - Fichero Nº 44, se individualiza como lote Nº 26 (veintiséis) y tiene las siguientes medidas, linderos y superficie: cuenta con veinte metros en su costado Norte, puntos EF; a partir del punto F se cuentan ochenta y un metros doce centímetros hacia el Sur hasta llegar al punto H; desde el punto H se cuentan veintinueve metros hacia el Este, luego diecisiete metros con treinta y dos centímetros hacia el Sur y después veintinueve centímetros hacia el Oeste, llegándose al punto J; desde el punto J se cuentan veintiocho metros seis centímetros hacia el Sur, luego veinte metros hacia el Oeste y después veintiocho metros seis centímetros hacia el Norte, llegándose al punto I; desde el punto I se cuentan treinta metros hacia el Oeste, luego diecisiete metros con treinta y dos centímetros hacia el Norte y después treinta metros hacia el Este, llegándose al punto G; y desde el punto G se cuentan ochenta y un metros con doce centímetros hacia el Norte, hasta llegar al punto E, con lo cual se cierra el perímetro de la fracción; lindando: al Norte con la calle Luís Maggi; al Sur con más terreno de la concesión de que es parte; al Oeste en parte con los lotes tres, veinticinco, veinticuatro, veintitrés, veintidós, veintiuno, veinte, diecinueve, dieciocho y diecisiete del mismo plano de mensura y subdivisión y en parte con más terreno de la concesión doscientos veintinueve; y al Este en parte con los terrenos cuatro, siete, ocho, nueve, diez, once, doce, trece, catorce, quince y dieciséis del mismo plano de mensura y subdivisión y en parte con terrenos de la concesión doscientos veintinueve; con una superficie de tres mil quinientos cincuenta y un metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados.-  

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Resolución N.º 1273 - Facúltase al Presidente del Concejo Municipal.

    Resolución N.º 1273 - Facúltase al Presidente del Concejo Municipal.

    Nro. de norma: 1273

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Facúltase al Presidente del Concejo Municipal para que convoque a los responsables de Entidades y locales que realizan espectáculos públicos a una reunión conjuntamente con los integrantes de este Cuerpo Deliberativo a los eféctos de lograr coordinar en común acuerdo, la forma más adecuada que posibilite que dichos eventos se realicen de manera que permita restringir al máximo el consumo del fluÍdo eléctrico.

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º2291

    Ordenanza N.º2291

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Presupuesto año 1988

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º2290

    Ordenanza N.º2290

    Nro. de norma: 117557

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Ordenanza Tributaria

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2289

    Ordenanza N.º 2289

    Nro. de norma: 109181

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modifícase el artículo 13º de la Ordenanza Nº 2156, el cual quedara redactado de la siguiente forma: “Art. 13º) Distancia mínima para la instalación de nuevos negocios o escaparates: Prohíbese acordar permiso de uso para ocupar la vía pública con escaparates destinados a la venta de diarios, revistas y afines de la industria periodística o autorización para instalar negocios de la misma actividad, a una distancia inferior a cuatrocientos (400) metros radiales de otro escaparate o negocio en que se desarrolle dicho rubro, en la zona delimitada por las calles: Almafuerte y Ameghino al Norte; Paraguay y Urquiza al Este; Dante Alighieri y Lamadrid al oeste y Avenida Aristóbulo del Valle y Falucho al sur; y seiscientos (600) metros radiales fuera de dicho sector.- Se exceptúa de la limitación dispuesta por el presento artículo a los locales de venta de diarios y revistas en funcionamiento al tiempo de la promulgación de la presente ordenanza, sin que importe quien sea su actual o futuro propietario.”.-

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2288

    Ordenanza N.º 2288

    Nro. de norma: 114796

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Exceptúase del pago del recargo por baldío previsto por la Ordenanza Tributaria, a los fines de la liquidación de la Tasa General de Inmuebles, a los propietarios de lotes ubicados en la manzana Nº 1 (uno) de la concesión Nº 214 (doscientos catorce) de esta ciudad, que hayan adquirido dichos inmuebles mediante instrumento privado, en tanto dichos predios constituyan única propiedad de los nombrados.-  

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2287

    Ordenanza N.º 2287

    Nro. de norma: 118604

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Apruébase el convenio celebrado por el Departamento Ejecutivo Municipal con la Empresa Provincial de la Energía (E.P.E.), el cual textualmente expresa: “- - - Entre la Empresa Provincial, de la Energía, representada por su Gerente Comercial, Ing. Ricardo Toledo, y la Municipalidad de Rafaela, representada por su Intendente Sr. Rodolfo B. Muriel, L.E. Nº 6.273.837, y por su Secretario de Hacienda, Sr. José. L. Molfino, L.E. Nº 7.883.698, celebran ad-referendum del Poder Ejecutivo de la Provincia y del órgano deliberativo municipal, respectivamente, el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:------------------------- PRIMERA: El consumo de energía eléctrica y la reposición de lámparas incandescentes para la prestación del servicio de Alumbrado Público, será pagado directamente por los beneficiarios del mismo a la Empresa Provincial de la Energía, que es la que suministro tales insumos a esta Municipalidad, para la prestación de dicho servicio, al precio tarifado oficialmente y en forma conjunta y bajo las mismas modalidades que pagan el consumo de energía eléctrica de uso particular.- SEGUNDA: Para determinar la cuota parte que a cada beneficiarios; de la localidad corresponda abonar, la Empresa Provincial de la Energía toman como base el monto a precio tarifado del consumo del Alumbrado Público provincial y lo prorrateará entre todos los beneficiarios del mismo ámbito, en proporción al consumo que registren como usuarios particulares de la misma.------------------------- Los valores que tienen las cuotas partes a la tarifa vigente en el mes de octubre de 1988, son las siguientes:----------------------------------------- Bandas de Consumo                             Cuotas - Partes KWH/Bim.                                          Mens. 0 - 59                                                3,17 A/Us Mes. 60 - 119                                              6,37 120 - 199                                            14,37 200 - 399                                            21,24 400 - 599                                            24,41 600 ó nás                                            27,61 y serán actualizados de acuerdo con las variaciones que registre el precio tarifado oficialmente correspondiente a la categoría “Alumbrado Publico”.--------------------------------- TERCERA: Si el crecimiento del servicio del Alumbrado Público tornare insuficiente lo recaudado por la Empresa Provincial de la Energía, pura cubrir los insumos que demanda la prestación del mismo, tendrá derecho a cobrarle la diferencia a la Municipalidad de Rafaela.- No se considerará crecimiento del servicio, a los fines de la aplicación del párrafo precedente, a los alumbrados públicos que se instalen, previa autorización de la Empresa Provincial de la Energía, en nuevas urbanizaciones o zonas de la ciudad en la que actualmente no se presta tal servicio, como tampoco al incremento del actual consumo de alumbrado público en una medida inferior a 4,37% del mismo.---------- Empero, anualmente, la Empresa Provincial de la Energía, conjuntamente con las autoridades Municipales deberán revisar la base de cálculo referida en el artículo anterior para determinar los nuevos valores que correspondan por prorrateo, cesando en ese caso el derecho a cobrar la diferencia.--- CUARTA: La aplicación de este convenio queda condicionada a la aprobación del mismo por parte del Concejo Municipal de la ciudad de Rafaela.- Su vigencia comenzará el día primero (1º) del mes inmediato siguiente a aquel en que el Departamento Ejecutivo Municipal de Rafaela notifique por escrito a la Empresa Provincial de la Energía (E.P.E.) de la aprobación de este acuerdo por parte del órgano deliberativo de la Municipalidad de Rafaela.----------------------------------- QUINTA: El plazo de este convenio se fija en un (1) año contado a partir del comienzo de la vigencia del mismo conforme lo expresado en la cláusula “CUARTA”; pudiendo ser renovado por acuerdo de partes y por iguales períodos.--------------------------- SEXTA: A los fines de este acuerdo, las partes fijan domicilio: La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA en esta ciudad, en calle Primera Junta Nº 2558, 3er. piso, y la MUNICIPALIDAD DE RAFAELA en la localidad homónima, en calle Moreno y Bv. Lehmann.- De conformidad firman los representantes de las partes cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Santa Fe, a los cinco días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y ocho.--------- Firman el convenio RODOLFO B. MURIEL - Intendente Municipal -; JOSE LUIS MOLFINO - Secretario de Hacienda -; Ing. RICARDO ERNESTO TOLEDO - Gerente Comercial E.P.E.---------

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2286

    Ordenanza N.º 2286

    Nro. de norma: 114711

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    modifícanse los artículos 2.2.; 2.2.9.; 2.2.18.; 2.3.; 2.3.1.; 2.3.2.; 3.1.; 4.1.; 5.5.2.; 10.2.7.2.; y 10.2.8.1., del “Reglamento General de Instalaciones Eléctricas de la Municipalidad de Rafaela” adoptado por la Ordenanza Nº 2126, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “2.2.)               - Categorías: Los nombrados en el artículo anterior estarán agrupados en dos (2) categorías: PRIMERA y SEGUNDA.-” “2.2.9.)            - Obtención de la matrícula: a) primera categoría: Todos los profesionales habilitados por el Consejo de Ingenieros para proyectar, conducir y ejecutar obras de electricidad con las limitaciones fijadas por el organismo oficial para cada título habilitante; y b) segunda categoría: los que posean título de electricista o instalardor electricista expedido por institutos de enseñanza oficiales o privados reconocidos por el Estado, estando autorizados solamente para ejecutar instalaciones eléctricas de luz y fuerza motriz.- La posesión de los títulos mencionados será acreditada mediante la presentación de los mismos o de certificado analítico, de estudios, debidamente legalizados.- Quienes posean títulos afines a los mencionados podrán obtener matrícula en la categoría que corresponda, previa evaluación por parte de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del contenido de los programas de estudios cursados y aprobados, a cuyo fin éstos se presentarán debidamente legalizados. En caso de considerarlo necesario, el postulante será sometido a examen de competencia y se requerirá certificación de antecedentes de trabajos realizados, proyectos de obras, peritajes efectuados, etc..- Los que no posean títulos de ningún nivel podrán obtener matrículas de segunda categoría previa presentación de certificación de antecedentes de trabajos realizados, puestos desempeñados y/o certificado de competencia e idoneidad de A.S.E.L.A.F. En caso que, a juicio de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, los antecedentes no sean suficientes a los efectos de otorgar la matrícula, deberá ser sometido a un examen de competencia.- En todos los casos los exámenes de competencia serán tomados por una Comisión integrada por un representante de la Municipalidad, uno de la Empresa Provincial de la Energía (E.P.E.), un representante de Universidad Nacional y un representante de A.S.E.L.A.F. como veedor.- Las solicitudes de matriculación se realizarán en formulario especial que, a tal fin, entregará la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y los interesados deberán cumplimentar los datos requeridos en el mismo, sin excepción.”.- “2.2.18.)          - Alcances de la responsabilidad de los conductores técnicos e instaladores: El conductor técnico es responsable del cumplimiento del proyecto y de la presente reglamentación, debiendo indicar por escrito el nombre del instalador a la Sub área Electrotecnia. El incumplimiento de este requisito será pasible de la sanción denominada “falta grave”.- Instaladores matriculados: La responsabilidad de los instaladores matriculados es condición inherente a su profesión y sus alcances atañen a la construcción y/o funcionamiento de la obra eléctrica por el término de doce meses, a partir de la fecha de aprobación de la inspección final de la obra o de la puesta en servicio de la instalación.”.- “2.3.)               - Alcances de la Ordenanza: A los efectos de la presentación de proyectos y conducción técnica de instalaciones eléctricas destinados a viviendas unifamiliares como así también para todo Otro tipo de construcciones, el presente Reglamento se aplicará conforme con las instrucciones que surgen de las Resoluciones que dicte, al respecto, el Consejo de Ingenieros de la provincia de Santa Fe.”.- “2.3.1.)            - Carteles de obra: Deberán colocarse en lugares visibles donde se indique respecto del proyectista y/o conductor técnico, nombre y apellido y/o razón social Nº de inscripción en el Consejo de Ingenieros y Nº de matrícula municipal. Respecto de los instaladores: nombre y apellido y/o razón social y Nº de matrícula municipal.- El incumplimiento del presente artículo será penado con una falta leve.- “2.3.2.)            - Locales comerciales e industriales: A los efectos de la aplicación del presente Reglamento, para los locales existentes de construcción previa al 1º de junio de 1986, se fija la presentación de un croquis de documentación de la instalación eléctrica.- Todos aquellos locales destinados a alquiler, cualquiera sea la fecha de su construcción con posterioridad a la autorización que se otorgue por aplicación del Reglamento de Zonificación; deberá presentarse un croquis de documentación de la instalación eléctrica”.- “3.1.)               - Conexiones: Toda instalación nueva que desee integrar a la red de suministros de energía, deberá atender a este Reglamento en todos sus aspectos. Para el trámite de conexión, el interesado deberá solicitarlo ante la Municipalidad de Rafaela, provisto de la siguiente documentación: Documento de identidad; Plano de construcción civil y eléctrico aprobados; De ser inquilino, contrato de locación y/o autorización del propietario; si es construcción nueva, firma del instalador responsable; otros a requerir por la Sub área de Electrotecnia.”.- 4.1.)                 - Tipo de Inspecciones: Al efectuarse las instalaciones, se realizaran las siguientes inspecciones: a) Obligatorias: - Una de cañerías, en losa, la cual se concretará dentro de las 48 horas hábiles de solicitada.- - otra final, de toda la instalación y detalles en general, aún tratándose de ampliaciones o refacciones de instalaciones ya habilitadas.- b) Optativas: De cañerías en muros, cableado en general, tableros, tomas y puestas a tierra, entradas y demás; las cuales se efectuaran según lo determinado en el Capítulo XII “INSPECCION Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES” y se completará dentro de los 30 días de haber entrado en servicio. La verificación del Factor de Potencia correrá por cuenta de la E.P.E., organismo éste del cual depende el suministro y al que puede afectar un bajo factor.- c) Instalaciones de Fuerza Motriz: En los casos de instalaciones para Fuerza Motriz (F.M.) la inspección final se llevará a cabo con los respectivos elementos de protección o arranque, y con unidades motrices ya montadas en el lugar definitivo.- Las inspecciones parciales de cañerías, totales, certificaciones varias, finales, provisorias, aumentos de cargas, traslados de entradas, ampliaciones, retiro de cables y otras deberán ser solicitadas a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos; quedando entendido que se practicarán en la medida de las posibilidades de esta dependencia.”.- 5.5.2.)              - Número mínimo de circuitos: La instalación eléctrica del inmueble deberá tener un número mínimo de circuitos de acuerdo con el grado de electrificación y opcionalmente, determinado por razones económicas, se podrá implementar el circuito mixto en inmuebles destinados a viviendas de hasta 150 metros cuadrados de superficie cubierta.- a)- Electrificación mínima: un circuito para boca de alumbrado - un circuito para tomacorriente.- b)- Electrificación media: un circuito para bocas de alumbrado - un circuito para tomacorriente - un circuito para usos especiales.- c)- Electrificación elevada: dos circuitos para bocas de alumbrado - dos circuitos para tomacorrientes dos circuitos para usos especiales.- d) Opcionalmente hasta 150 metros cuadrados de superficie cubierta se pueden disponer circuitos mixtos de iluminación y toma corriente, no excediendo las 15 bocas como máximo en ninguno de los casos, adoptando para su cálculo el criterio establecido para circuitos de toma corrientes con electrificación media (tabla 5-II).- e) Para inmuebles de más de 150 metros cuadrados de superficie cubierta rigen las indicaciones para electrificaciones elevadas.”.- 10.2.7.2.)         - Montaje de caños termoplásticos: Para el montaje de caños deberán tenerse en cuenta las siguientes indicaciones: a) Embutidos en losa: Serán ejecutadas con pronunciada caída para preveer la evacuación de agua condensada. Se asegurará que estas cañerías sean realizadas en línea recta durante toda su extensión. Deberá cubrirse como mínimo con 20 mm de H A tomados desde el lomo del caño.- En los casos en que la cañería deba pasar ente juntas de dilatación, se practicará un corte y la unión será realizada en forma telescópica.- b) Embutidos en pared: Deberán alojarse en canales practicados de modo que queden a una profundidad no menor a 30 milímetros considerada desde la superficie de la pared al lomo del caño.- c) Cuando se alojan en canales de recorrido vertical u horizontal: se colocarán a una distancia de 100 milímetros del vacío correspondiente a puertas y ventanas, medidos en la construcción de albañilería sin terminar; exceptuando a los marcos y contramarcos. La distancia máxima desde el nivel del piso será de 300 milímetros y de 150 milímetros respecto de los rincones.- d) Si no es posible cumplir las normas indicadas en el punto c) que antecede, el caño se protegerá con una cubierta de planchuela de hierro tratada contra la corrosión, de 20 milímetros de ancho y 1,4 milímetros de espesor. El tapado se realizará con cemento arena 1.2 para asegurar los caños contra clavadores.”.- e) Cañerías sobre cielorrasos suspendidos: Podrán utilizarse exclusivamente caños rígidos.- 10.2.8.1.)         - Cañerías aprobadas: Podrán emplearse las cañerías aprobadas metálicas que se utilicen embutidas. Además podrán emplearse: a). Cañería de acero tipo liviano, según norma IRAM 2284, esmaltadas o cincadas con uniones y accesorios normalizados.- b). Cañería formada por conductos de metal fabricados especialmente para instalaciones eléctricas a la vista, utilizando accesorios tales como cajas, codos, etc, fabricados especialmente para éstos.- c). Caños metálicos flexibles.- d). Caños termoplásticos: deberán atender a las siguientes características: d- 1) Ser rígidos, construídos en PVC de alta viscosidad y fundido de uso para temperaturas máximas de 70°.- d- 2) Ser de superficie exterior lisa, sin escalonamientos (el caño plástico corrugado no podrá ser utilizado).- d- 3) Será de sección circular uniforme y espesor uniforme.- d- 4) Deberán llevar caracteres visibles, a intervalos no mayores de 1m. y/o en los extremos con las siguientes indicaciones: - Razón social del fabricante.- - Número de normalización del IRAM.- - Medida de diámetro que corresponde.- d- 5) El interior de estos caños estará libre de aristas u obstrucciones que puedan dañar la instalación del conductor y que impidan el fácil pasaje de éstos. d- 6) Los extremos de los caños, en sus puntos de conexión con las cajas estarán limitados por secciones planas normales al eje. d- 7) Este tipo de caño tendrá las medidas que se inserten en la siguiente tabla: Normalización            Designación               Ø Ext.             Ø mt.               Espesor comercial                    mm.                 mm.                mm. P.16/13                       5/8”                            15,88               12,63               1,625 P.19/16                       3/4”                            19,05               15,39               1,83 P.22/19                       7/8”                            22,22               18,60               1,81 P.25/22                       1”                                25,40               21,74               1,83 P.32/38                       11/4”                          31,75               28,09               1,83 P.38/34                       11/2”                          38,10               14,08               2,01 P.51/46                       2”                                50,80               46,13               2,33

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2285

    Ordenanza N.º 2285

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Impónese el nombre de “Pedro Ercole” al parque ubicado en la intersección de las calles San Lorenzo y José Manuel Estrada, perteneciente a la concesión 297 - manzana 16.-

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2284

    Ordenanza N.º 2284

    Nro. de norma: 118366

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que los propietarios de inmuebles con construcciones no declaradas ante la Municipalidad de Rafaela, detectadas por ésta a través del relevamiento aerofotogramétrico efectuadas por la IIª. Brigada Aérea con asiento en Paraná, podrán regularizar su situación ante la Dirección de Obras Privadas y Catastro desde el 2 de enero hasta el 31 de marzo de 1989, bajo las siguientes condiciones: a). Pagando los correspondientes derechos de edificación, conforme con la Ordenanza Tributaria vigente al tiempo de la regularización.- b). Abonando únicamente el cincuenta por ciento (50%) del recargo previsto por la Ordenanza Tributaria vigente al tiempo de la regularización, aplicable a las construcciones clandestinas.-

  • keyboard_arrow_down30/12/1988 | Ordenanza N.º 2283

    Ordenanza N.º 2283

    Nro. de norma: 114527

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Establécese que el valor de las cuotas números uno (1), dos (2) y tres (3) de la Tasa General de Inmuebles correspondiente al año 1989 será igual, para cada una de ellas, al de la duodécima (12ma.) del año 1988; conforme con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 2272.-

  • keyboard_arrow_down22/12/1988 | Resolución N.º 1272 - DesÍgnase al Sr. Juan Carlos Grana como Presidente de este Cuerpo.

    Resolución N.º 1272 - DesÍgnase al Sr. Juan Carlos Grana como Presidente de este Cuerpo.

    Nro. de norma: 1272

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 22/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    DesÍgnase al Sr. Juan Carlos Grana como Presidente de este Cuerpo, a la Sra. Lidia L. de Sarasín como Vice-Presidente 1 ° y a la Sra. Norma Beltramone como Vice-Presidente 2°.

  • keyboard_arrow_down22/12/1988 | Resolución N.º 1271 - El administrativo Analía Michlig - legajo Nº 1297 - D.N. I. Nº 16.445.460, estará encuadrado a partir del 1° de setiembre de 1988, en la categoría 17.

    Resolución N.º 1271 - El administrativo Analía Michlig - legajo Nº 1297 - D.N. I. Nº 16.445.460, estará encuadrado a partir del 1° de setiembre de 1988, en la categoría 17.

    Nro. de norma: 1271

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 22/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    El administrativo Analía Michlig - legajo Nº 1297 - D.N. I. Nº 16.445.460, estará encuadrado a partir del 1° de setiembre de 1988, en la categoría 17.

  • keyboard_arrow_down07/12/1988 | Ordenanza N.º 2282

    Ordenanza N.º 2282

    Nro. de norma: 118.377

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que el "Boletín Municipal de la Ciudad de Rafaela" creado por la Ordenanza Nº 1.774 será el órgano oficial de difusión de la Municipalidad de Rafaela; el cual será editado y distribuido por el Departamento Ejecutivo conforme con las disposiciones de esta Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down07/12/1988 | Ordenanza N.º 2281

    Ordenanza N.º 2281

    Nro. de norma: 01480

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    La Municipalidad permitirá en locales cerrados y con las restricciones que establece la presente ordenanza, la instalación y funcionamiento de entretenimientos accionados por medio de máquinas eléctricas, electrónicas, electromecánicas, de audio o T.V., ya sea que el resultado del entretenimiento dependa de la habilidad y/o destreza del participante, como que las combinaciones y/o suma de puntos se logren en forma casual y sin intervención alguna de la capacidad intelectiva o destreza manual de la persona que los utilice. En los salones de esta categoría queda expresamente prohibido el otorgamiento de premios de cualquier naturaleza (vales, bonos, fichas o todo otro elemento susceptible de ser canjeado por dinero), admitiéndose tan solo las prolongaciones del tiempo de juego que en forma automática concedan las maquinas en caso de resultado exitoso.-  

  • keyboard_arrow_down07/12/1988 | Ordenanza N.º 2280

    Ordenanza N.º 2280

    Nro. de norma: 117808

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la donación a favor de la Asociación Cooperadora de la Unidad Regional V. de Policía, del inmueble propiciad de la Municipalidad de Rafaela, ubicado en la Quinta H-4, Manzana Sur de la Concesión 298 de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, el cual según plano de mensura registrado en el Departamento Topográfico, Dirección General de Catastro de la Provincia de Santa Fe, bajo el número 94185, tiene: once metros diez centímetros de frente al Sur, contada esta medida después de los cuarenta y tres metros cincuenta centímetros de la esquina Sudeste de la quinta de que es parte hacia el Oeste; once metros setenta centímetros en su contrafrente al Norte; y cincuenta y un metros noventa y seis centímetros en sus costados Este y Oeste; lindando: al Norte con terreno propiedad de J. Martino, al Sur con la calle Eduardo Oliber, al Este en parte con terreno propiedad de E. de Gargatagli y en parte con terreno propiedad de María Maggi y otros, y al Oeste en parte con terreno propiedad de P. Parise y en parte con inmueble propiedad de O. Facchin; con una superficie de quinientos noventa y un metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados (Dominio inscripto a favor de la Municipalidad de Rafaela bajo el Nº 95409 - folio 4318 - Tomo 286 Par - con fecha 25 de noviembre de 1983).-  

  • keyboard_arrow_down07/12/1988 | Ordenanza N.º 2279

    Ordenanza N.º 2279

    Nro. de norma: 118390

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por la Dirccción Provincial de Vivienda y Urbanismo, mediante su Resolución Nº 2933 de fecha 6 de septiembre de 1988, de las fracciones de terreno ubicadas en una mayor que es parte de las concesiones números doscientos setenta y siete (277) y doscientos noventa y tres (293) de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, las cuales constan como destinadas a calles públicas y calles o senderos peatonales en el polígono BCDEFAB según el plano de mensura, urbanización y loteo confeccionado por el Agrimensor Rodolfo C. Neville en octubre de mil novecientos ochenta y siete, plano éste que modifica al inscripto bajo el Nº 106256.- Dejase aclarado que la superficie total de los terrenos cuya donación se acepta para ser destinados a calles públicas y senderos peatonales es de veinte mil setecientos ochenta y nueve metros cuadrados treinta decímetros cuadrados (20.789,30 m2.) y separan a las manzanas 9, 7 Este, 7 Oeste, 8 Este, 8 Oeste, 5 Este, 5 Oeste, 6, 2 Este, 2 Oeste, 4 Este, 4 Oeste, 1 Este, 1 Oeste, 3 Este y 3 Oeste entre sí y de la línea limítrofe determinada al oeste por los puntos AG, al Sur por los puntos AB y al Este por los puntos BL de la fracción objeto de la mensura, urbanización y loteo.-

  • keyboard_arrow_down24/11/1988 | Ordenanza Nº 2.278

    Ordenanza Nº 2.278

    Nro. de norma: 117128

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/11/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Aceptase la donación efectuada por la señora Hilda Elvira Galaverna de Mateo, con destino a calle pública colectora, de una fracción de terreno con todo lo en ella clavado y plantado, ubicada en la manzana diecinueve (19) de la concesión doscientos noventa y cuatro (294) de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, la cual según plano de mensura y subdivisión practicado en julio de mil novecientos ochenta y ocho por la Ingeniera Geógrafa Beatriz S. Jiménez, inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección de Catastro de Santa Fe bajo el número 114.455, aprobado por la Municipalidad de Rafaela según expediente número 117.128 Letra “M” con fecha 16 de agosto de 1988; se identifica como LOTE II (dos en romano) y cuenta con cuarenta y seis metros treinta y nueve centímetros en su frente al Sur, puntos AF; igual medida en su contrafrente al Norte, puntos GH; diez metros en su frente al Oeste, puntos AG; y diez metros en su contrafrente al Este, puntos FH; lindando: al Norte con el lote I (uno en romano) del mismo plano de mensura y subdivisión; al Sur con la quinta VIII (ocho en romano) de la concesión trescientos diez, calle colectora y avenida Luís Fanti de por medio; al Este con parte del terreno de propiedad de Jorge Zanetti; y al Oeste con la manzana veinte de la concesión doscientos noventa y cuatro calle pública R. Casabella de por medio; encerrando una superficie de cuatrocientos sesenta y tres metros cuadrados cincuenta y nueve decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down24/11/1988 | Ordenanza N.º 2277

    Ordenanza N.º 2277

    Nro. de norma: 116.404

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/11/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Adóptase para la ciudad de Rafaela el "Reglamento de Cementerios de la Ciudad" que, en sus dos Anexos, forma parte integrante de la presente Ordenanza.-  

  • keyboard_arrow_down10/11/1988 | Ordenanza N.º2276

    Ordenanza N.º2276

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 10/11/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Los propietarios de inmuebles fronteros a la calle Aconcagua (entre Avenida Brasil y Bulevar Santa Fe) y Avenida Brasil (entre calles Jorge Newbery y Aconcagua) deberán pagar la contribución de mejoras prevista por el Decreto Nº 8238 del Departamento Ejecutivo, cuyo monto se determina mediante dicha norma legal; estableciéndose que: 1) - Contribuyentes que tengan plan especial de pago: Se considera­rá saldada la contribución de mejoras cuando efectivicen el 83,33% de su monto.-

  • keyboard_arrow_down10/11/1988 | Ordenanza N.º 2275

    Ordenanza N.º 2275

    Nro. de norma: 98012

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 10/11/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificanse los artículos 5º y 6º de la Ordenanza Nº 1978, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Art. 5º) La propaganda o difusión efectuada con amplificadores en la vía pública se considerará que no configura ruido excesivo, siempre que no supere el nivel de ruido ambiente colocando el medidor standart descripto en el artículo 4º, en el eje emisor e 20 metros de distancia y a 1,20 metros sobre el suelo.”.- “Art. 6) Se consideraran ruidos excesivos con afectación del público los causados, producidos o estimulados por cualquier acto, hecho o actividad, en la medida que trasciendan fuera del local respectivo.-  

  • keyboard_arrow_down27/10/1988 | Ordenanza N.º 2274

    Ordenanza N.º 2274

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 27/10/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Adóptase el “Reglamento de Cercas y Veredas” que, en dos Anexos, forman parte integrante de la presente Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down14/10/1988 | Ordenanza N.º 2273

    Ordenanza N.º 2273

    Nro. de norma: 116.569

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 14/10/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Establécese la obligatoriedad de la inscripción en el Registro que, a tal efecto, habilitará la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría de Acción Social de la Municipalidad de Rafaela, de toda academia, instituto, o gimnasio dedicados a la práctica o enseñanza de actividades relacionadas con los ejercicios físicos, tales como pesas, artes marciales, físico-culturismo, gimnasia rítmica o similar, gimnasia modeladora y correctiva.-

  • keyboard_arrow_down30/09/1988 | Ordenanza N.º 2272

    Ordenanza N.º 2272

    Nro. de norma: 114527

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que, a partir del mes de octubre de 1988 y a los fines del pago de la Tasa General de Inmuebles, quedaran comprendidos en una nueva categoría que se denominará “Residencial” los inmuebles ubicados en la concesión 343, las manzanas A., B., C. y D., de la concesión 374; las manzanas D. y C. de la concesión 389: y las manzanas A., B. y C. de la concesión 390.-

  • keyboard_arrow_down24/09/1988 | Ordenanza N.º 2271

    Ordenanza N.º 2271

    Nro. de norma: 117356

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación ofrecida por las firmas “Uncoga”, Federación do Cooperativas Agropecuarias Cooperativa Limitada; “Frigorífico Rafaela S.A.”; “Molfino Hnos. SA.”; “Sol de Mayo SA.”; “Sucesores de Alfredo Williner S.A.”; “Curtidora del Oeste Santafesino”; “Beninca, Depontiy Cia” y “Curtidora Castellanos SA.”, de un topador con chasis Fiat T 55 L - 517356 - y motor Fiat 604 - 008674, el cual se destinará a los trabajos de disposición final, de residuos en el basural municipal.-  

  • keyboard_arrow_down24/09/1988 | Ordenanza N.º 2270

    Ordenanza N.º 2270

    Nro. de norma: 117334

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar un convenio con el Ministerio de Salud y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe por medio del cual se constituirá una comisión para el estudio de la contaminación ambiental en la ciudad de Rafaela, a tenor del ante-proyecto que consta a fojas 4 y 5 del Expediente Municipal Letra - “B” Nº 117334 - Fichero Nº 45.-

  • keyboard_arrow_down24/09/1988 | Ordenanza N.º 2269

    Ordenanza N.º 2269

    Nro. de norma: 01360

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Las entidades vecinales constituidas o que se constituyan en la ciudad tendrán la organización y funciones previstas en la presente ordenanza.-  

  • keyboard_arrow_down24/09/1988 | Ordenanza N.º 2268

    Ordenanza N.º 2268

    Nro. de norma: 01444

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    La Municipalidad deberá otorgar licencia con goce de haberes a los agentes de su dependencia, cuando éstos acrediten ser candidatos a cargos electivos nacionales, provinciales o municipales.-

  • keyboard_arrow_down08/09/1988 | Resoluciópn N.º 1270 - Facúltase al Presidente del Concejo Municipal.

    Resoluciópn N.º 1270 - Facúltase al Presidente del Concejo Municipal.

    Nro. de norma: 1270

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 08/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Facúltase al Presidente del Concejo Municipal para que ante las autoridades de la Empresa Provincial de la Energía gestione la prórroga de los vencimientos y/o otorgamientos de planes especiales de pago de las facturas correspondientes al cuarto bimestre de 1988.

  • keyboard_arrow_down08/09/1988 | Ordenanza N.º 2267

    Ordenanza N.º 2267

    Nro. de norma: 117018

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 08/09/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase y agradécese la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Rafaela, por la señorita Magdalena Santiaga Bruno, de una fracción de terreno con todo lo en ella edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, ubicada en la manzana número quince de la concesión doscientos sesenta y tres de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, tratándose de una fracción interna de la manzana de que es parte y de acuerdo al plano de mensura y subdivisión confeccionado en octubre de mil novecientos setena y seis por el Ingeniero J. Justo Gómez Días, inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia de Santa Fe bajo el número 83.138 y aprobado por la Municipalidad de Rafaela en Expediente Nº 44.083 Letra B., con fecha 2 de mayo de 1977, se individualiza como Fracción Letra “C”, interna, contigua al Sud de La fracción letra “A” del mismo plano de mensura y subdivisión, y que a partir después de los treinta y seis metros cincuenta y  ocho centímetros de la esquina Nord-Este de su manzana, hacia el Oeste, puntos X-B, y de aquí en dirección al Sud, treinta y tres metros, puntos B-I., mide de Este a Oeste en sus lados Norte y Sud, ocho metros setenta centímetros, puntos I-H, y A-C, respectivamente, por cinco metros cuarenta cinco centímetros de Norte a Sud, en sus otros lados Este y Oeste, puntos I-A, y H-G, respectivamente, encerrando una superficie total de cuarenta y siete metros cuadrados, cuarenta y un decímetros cuadrado, lindando, al Sud con terreno sobrante ocupado por la donante; al Norte, con la fracción A, del mismo plano de mensura y subdivición, al Oeste, con la fracción B. del mismo plano de mensura y subdivisión, y al Este con terrenos que, según el citado plano, son propiedad de la donante.-

  • keyboard_arrow_down25/08/1988 | Ordenanza N.º 2266

    Ordenanza N.º 2266

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Declárase no comprendidos en los casos previstos en el artículo 87º inciso a) de la Ordenanza Nº 2233 la actualización de deudas originadas en tasas, derechos, contribuciones, multas y todo otro gravamen previsto en la Ordenanza Tributaria.-  

  • keyboard_arrow_down25/08/1988 | Ordenanza N.º 2265

    Ordenanza N.º 2265

    Nro. de norma: 116581

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por los señores Hugo Esteban Reyes, Atilio Reyes, Rafael Reyes y Dora Luisa Reyes a favor de la Municipalidad de Rafaela, con destino a calle pública, de una fracción de terreno ubicada en la concesión doscientos setenta y ocho de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Justo Jiménez (h) en diciembre de 1964, aprobado por el Departamento Topográfico de la Provincia bajo el número 40.900, y en la Municipalidad de Rafaela en Expediente Nº 6321 Letra “R”, con fecha 29 de diciembre de 1964, se designa como fracción o polígono KNMLK y cuenta con veinte metros dos centímetros en su frente al Norte sobre prolongación del Bulevar Presidente Roca, puntos KN, igual medida en su contrafrente al Sur, puntos ML, ciento nueve metros treinta y cinco centímetros en su costado Oeste, puntos LK, y ciento nueve metros veintiséis centímetros en su costado Este, puntos MN; lindando, al Norte con fracción de la concesión doscientos sesenta y dos, prolongación del Bulevar Presidente Roca por medio, al Sur con propiedad de Gazzera y Zurbriggen, al Este con el polígono NBCKN y al Oeste con el polígono EFGXLDE, ambos del mismo plano de mensura y subdivisión, contando con una superficie según mensura de dos mil ciento ochenta y seis metros cuadrados diez decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down25/08/1988 | Ordenanza N.º 2264

    Ordenanza N.º 2264

    Nro. de norma: 112134

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Establécese que el artículo 2º de la Ordenanza Nº 2258, sancionada el 14 de julio de 1988 y observada por el Departamento Ejecutivo, quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 2º) Modificase el apartado II.I.8. del CAPITULO II del Reglamento de Edificación aprobado por Decreto Nº 4566, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “II.l.8. TOLDOS: Se entiende por toldos a todo elemento de tela o material similar, que pueda ser extendido o recogido simultáneamente en su estructura hacia la fachada.- a) - PERFIL DE LOS TOLDOS: En el frente de los edificios la parte inferior de la estructura de las marquesinas y toldos de tela o metálicos, no debe distar del solado de la acera menos de 2,50 m. en la parte más baja.- La saliente máxima admitida de la cubierta de los toldos y/o marquesinas, medido desde el borde exterior del cordón de la acera hacia la D.E.M., será: - aceras de ancho menor de 3,50m.: 0.80 m.- - aceras de ancho mayor de 3,50m.: Se permitirá el uso de columnas o soportes verticales, al igual que todo elemento estructural, a una distancia de 1,10 m. Los soportes verticales no deben colocarse coincidentes con la prolongación de la línea medianera entre predios, sino distanciados a ese eje 0,60 m. Como mínimo, pudiendo llegar la proyección de la cubierta del toldo y/o marquesina hasta 0,30 m. de la misma.- Los soportes verticales no deberán estar fijos sino ser desmontables, abulonados o colocados de manera tal que permitan la remoción de los mismos. Los soportes verticales serán de sección conforme al cálculo estructural, pero deberán inscribirse en un círculo de diámetro máximo de 0,15 m. Los largueros horizontales también serán de sección conforme al cálculo estructural y su fijación a los parantes verticales se podrán realizar por bulones, remaches, piezas de acople u otros dispositivos que guarden la estética del conjunto.- Cuando los toldos sean sostenidos por alambres tendidos amarrados a largueros y soportes verticales, éstos últimos se colocaran equidistantes entre sí y a 0,80 m. del cordón del pavimento de la calzada o a 1,10 m. en el caso de aceras que excedan de 3,50 m. de ancho.- Los toldos plegables se recogerán hacia el muro de la fachada.- De la cubierta de toldos y/o marquesinas pueden suspenderse telas o elementos metálicos, cenefas laterales y frontales cuyos bordes inferiores distarán no menos de 2,40 m. de la acera.- Para casos de ubicación de toldos y/o marquesinas en esquinas, se deberá dejar libre el denominado predio de esquinas de forma tal que el primer soporte vertical podrá ser colocado en la intersección dada por la línea de ochava y la de eje de soportes verticales. Para situaciones en que la dimensión de ochava no sea la reglamentada, deberá replantearse lo antedicho conforme lo normado (Cap. V.I.3.5.).- Las aguas pluviales provenientes de los toldos y/o marquesinas serán conducidas al cordón cuneta de la calzada de modo que no caigan ni escurran sobre la acera pública.- Cuando el toldo y/o marquesina lleven instalación eléctrica, éste se deberá realizar dentro de cañerías reglamentarias con conductores aprobados, debiendo estar los mismos perfectamente aislados y ser formalmente compatibles con la estética general del conjunto.- En cualquier posición los toldos no deberán impedir las vistas de las chapas de nomenclatura y señalización oficial.- El proyecto de los toldos y/o marquesinas deberá subordinarse adecuándose de tal manera que no afecte el arbolado existente, si faltase el mismo en el lugar, deberá respetarse la futura colocación de especies en las cazuelas previstas a tal efecto.- b) - No se admitirá el cerramiento lateral con material alguno, entendiéndose por tal al espacio comprendido entre la parte inferior del toldo y el solado de la acera, en todo su perímetro.- c) - La restricción del inciso b) no corresponde para casos de aceras de ancho mayor de once metros (11 m.).- Para esta última situación, vale decir, para casos de aceras de ancho superior a once metros (11 m.), la Secretaría de Obras y Servicios Públicos definirá los límites de ocupación.- d) - Todo proyecto deberá presentarse como expediente de construcción: planimetría general y tres copias heliográficas. Contar con: la planta parcial en escalas 1:100 y/o 1:50; un corte transversal y uno longitudinal como mínimo, vistas lateral y frontal en escala 1:50, planta y detalle de estructura si correspondiere, firmado por profesional matriculado responsable del proyecto, conducción técnica y cálculo de estructura.-”

  • keyboard_arrow_down25/08/1988 | Ordenanza N.º 2263

    Ordenanza N.º 2263

    Nro. de norma: 114267

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 25/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase como inciso 4º) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 2257, al siguiente: “4º) -  Podrán aceptarse la existencia de pasajes vehiculares de 12 metros de ancho mínimo en el proyecto de subdivisión presentado, conforme lo establece la Ordenanza Nº 1453 (t.o. con Ordenanza Nº 1462) en su artículo 14º; que expresa que: en longitudes cortas y cuando a criterio del Departamento de Obras Públicas no afectan la estética edilicia ni la vialidad, podrán permitirse pasajes de no menos de doce (12) metros de ancho.”.-

  • keyboard_arrow_down11/08/1988 | Ordenanza N.º2261

    Ordenanza N.º2261

    Nro. de norma: 01401

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 11/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Los contribuyentes comprendidos en la obra de pavimentación de calles Aconcagua y Brasil incluida en el Segundo Plan de Pavimento, abonarán a la Municipalidad de Rafaela en concepto de contribución de mejoras, por la totalidad de la obra, el equivalente al costo del pavimento de hormigón de 15 cm. de espesor.-

  • keyboard_arrow_down11/08/1988 | Ordenanza N.º 2262

    Ordenanza N.º 2262

    Nro. de norma: 116747

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 11/08/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la zona urbana del Municipio de Rafaela, los loteos habilitados y denominados “Villa Los Álamos” de la concesión 374 y “Villa Aero Club” ubicado en las concesiones 389 y 390.-

  • keyboard_arrow_down14/07/1988 | Resolución N.º 1269 - El personal de ordenanza Marcelo F. Arias, Legajo Nº 1687, D.N.I. Nº 13.476.396, estará encuadrado en la categoría 13 a partir del 1º de julio de 1988.

    Resolución N.º 1269 - El personal de ordenanza Marcelo F. Arias, Legajo Nº 1687, D.N.I. Nº 13.476.396, estará encuadrado en la categoría 13 a partir del 1º de julio de 1988.

    Nro. de norma: 1269

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 14/07/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    El personal de ordenanza Marcelo F. Arias, Legajo Nº 1687, D.N.I. Nº 13.476.396, estará encuadrado en la categoría 13 a partir del 1º de julio de 1988.

  • keyboard_arrow_down14/07/1988 | Ordenanza N.º 2260

    Ordenanza N.º 2260

    Nro. de norma: 100789

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 14/07/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Establécese que la tarifa que deberán cobrar los prestatarios del servicio atmosférico en la ciudad, será la que surja de aplicar lo siguiente: a). Hasta el 15 de julio de 1988 regirá la tarifa fijada por el Decreto Nº 9276 del Departamento Ejecutivo, es decir que por cada tres mil (3000) litros extraídos se cobrarán cuarenta australes (A 40,00).- b). Mensualmente, la tarifa citada en el inciso a) que antecede, se reajustará conforme con la siguiente fórmula polinómica: I- (0,299 x A GP) + (0,135 x A GO) + (0,168 x A DI) + (0,398 x A VA), siendo: I- Incremento porcentual del costo del servicio en el período.- A- Variación porcentual del rubro en el período.- GP- Salario inicial del empleado de comercio según las escalas del respectivo convenio colectivo de trabajo.- GO- Gas Oil.- DI- Tarifas de volcado de DIPOS.- VA- Promedio de la variación en el período de los índices de precios al consumidor (minorista) y mayoristas nivel general, ambos publicados por el INDEC.- Los rubros a considerarse según lo expresado en este inciso serán los correspondientes al mes inmediato anterior a aquél en que se practique la actualización.- c). El importe de la tarifa actualizado según lo indicado en el inciso b) será de cumplimiento obligatorio desde el día 16 del mes en que se practique el reajuste o actualización hasta el día 15 del mes inmediato siguiente.- d). El reajuste de la tarifa será calculado por la Oficina de Estadísticas de la Municipalidad y los importes que surjan serán comunicados a los prestatarios del servicio atmosférico, mediante memorandum, por la Secretaría de Hacienda.-

  • keyboard_arrow_down14/07/1988 | Ordenanza N.º 2257

    Ordenanza N.º 2257

    Nro. de norma: 114.267

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 14/07/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Inclúyense dentro del "Distrito Residencial de Viviendas Unifamiliares" en los términos del Reglamento de Zonificación vigente, a las manzanas M2, Q, R2, U, A, V, B, F y N2 de la concesión 300 de la ciudad de Rafaela; dejando de pertenecer dichas manzanas al "Distrito Residencial de baja densidad".-

  • keyboard_arrow_down14/07/1988 | Ordenanza N.º 2256

    Ordenanza N.º 2256

    Nro. de norma: 115513

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por:

    Fecha de Ingreso: 14/07/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo para que, a través de su Secretaría de Obras y Servicios Público, apruebe el proyecto de subdivición o fraccionamiento de terrenos ubicados en la concesión 329 de esta ciudad, propiedad de la “Cooperativa de Vivienda Limitada del Personal de Enseñanza Técnica”; bajo las siguientes condiciones: a).        El proyecto que se presente para su aprobación deberá contemplar la apertura de calles públicas, espacios verdes y zona destinada a servicios (escuelas, centros de aprovisionamiento, etc.); todo lo cual deberá ser determinado por la Dirección de Planeamiento Urbano y Arquitectura.- b).        La Cooperativa mencionada deberá presentar una nota dirigida al Intendente Municipal ofreciendo la donación con carácter definitivo y aún cuando el plan de viviendas no se llegue a concretar, de las fracciones de terrenos que se destinarán a calles, espacios verdes y servicios; según lo fijado en el inciso a) que antecede.- c).        Se notificará a la Cooperativa que serán a su exclusivo cargo la ejecución de las obra, de infraestructura y recaudos que fija la Ordenanza Nº 2117.- d).        Se dejará constancia que la aprobación se otorga al solo efecto de gestionar la construcción de un complejo habitacional en el predio a fraccionarse, por parte de la Cooperativa, ante el FO.NA.VI.; sin que ello implique autorización para enajenar lotes del fraccionamiento bajo cualquier titulo.- e).        La visación quedará automáticamente sin efecto en el caso que la cooperativa vendiere el inmueble a fraccionare o transfiriera todo o parte del dominio por cualquier titulo o afectara el predio a un uso distinto al de construcción de un complejo habitacional.- f).        La visación se otorga bajo la condición que la Cooperativa informe, con la periodicidad que fije la Dirección de Planeamiento Urbano y Arquitectura, la marcha de las tramitaciones y la ejecución de las obras por ante el FO.NA.VI.-

  • keyboard_arrow_down29/06/1988 | Ordenanza N.º 2255

    Ordenanza N.º 2255

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 29/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir las cuotas números siete (7), ocho (8) y nueve (9) de la Tasa General de Inmuebles correspondiente al año 1988, procediendo al cobro de las mismas.-

  • keyboard_arrow_down16/06/1988 | Ordenanza N.º 2254

    Ordenanza N.º 2254

    Nro. de norma: 01398

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 16/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la zona urbana del Municipio de Rafaela la fracción de la concesión doscientos sesenta y uno (261), que cuenta con doscientos cuarenta y seis metros nueve centímetros de frente al Sur sobre prolongación del Bulevar Presidente Roca, contada dicha medida a partir de los trescientos veintitrés metros setenta y cinco centímetros del límite Oeste de la mencionada concesión 261 hacia el Este y a partir de los ochenta metros del límite Este de dicha concesión 261 hacia el Oeste; doscientos cuarenta y seis metros un centímetro en su contrafrente al Norte; quinientos treinta y un metros veintiséis centímetros en su costado Oeste; y quinientos treinta y un metros cuatro centímetros en su costado Este; lindando según constancias obrantes en la Municipalidad: al Norte con terrenos del Frigorífico Rafaela S.A., y al Sur con prolongación del Bulevar Presidente Roca, al Este con propiedad de Manuel Visintini y al Oeste con propiedad de Dante Néspoli.

  • keyboard_arrow_down09/06/1988 | Ordenanza N.º 2253

    Ordenanza N.º 2253

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 09/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Impónese el nombre de Lermo Rafael Balbi a la plaza pública existente en el Barrio 17 de Octubre, concesión 327, en la manzana delimitada por la calles Monseñor Zaspe, Antonio Terragni, Vuelta de Obligado y Luís Vernet.-

  • keyboard_arrow_down02/06/1988 | Resolución N.º 1268 - El administrativo Analía Michlig, estará encuadrado en la categoría diecisiete a partir del día 1° de junio de 1988.

    Resolución N.º 1268 - El administrativo Analía Michlig, estará encuadrado en la categoría diecisiete a partir del día 1° de junio de 1988.

    Nro. de norma: 1268

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    El administrativo Analía Michlig, legajo Nº 1297, D.N.I. Nº 16.445.460, estará encuadrado en la categoría diecisiete (17) a partir del día 1 ° de junio de 1988, en carácter de subrogante y hasta que se efectúe el respectivo llamado a concurso de antecentes.

  • keyboard_arrow_down02/06/1988 | Ordenanza N.º 2252

    Ordenanza N.º 2252

    Nro. de norma: 111.302

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la Zona Urbana del Municipio de Rafaela la fracción de terreno ubicada en esta ciudad, que forma la parte Norte de la concesión trescientos cincuenta y nueve (359), cuyas medidas según títulos son las siguientes: cincuenta y seis metros sesenta centímetros en su costado Oeste, a contar esta medida después de los quinientos ocho metros noventa centímetros de la esquina Nord-Oeste de la concesión trescientos cuarenta y tres (343) hacia el Sud; cincuenta y seis metros sesenta centímetros en su costado Este; seiscientos cuarenta y dos metros treinta y seis centímetros en su costado Sur; y seiscientos cuarenta y un metros noventa centímetros en su costado Norte; y que linda: al Norte con la concesión 343, calle por medio; al Sur con más terreno de la concesión 359; al Oeste con la Ruta Nacional Nº 34; y al Este con la concesión 360.-

  • keyboard_arrow_down02/06/1988 | Ordenanza N.º 2251

    Ordenanza N.º 2251

    Nro. de norma: 116193

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por los Señores Yolanda Teresa Antonia Mariani de Italiano, Ana María Italiano, Juan José Italiano, Fortunato Higinio Italiano y Dominga Filomena Italiano de Benelli, de una fracción de terreno ubicada en la concesión trescientos trece de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, la cual según plano de mensura y subdivisión practicado por el Agrimensor Ramón A. Larriqueta en octubre de mil novecientos ochenta y siete, aprobado por la Municipalidad de Rafaela en expediente número 114.109 Letra I en fecha 29 de enero de 1988, se individualiza como lote número diecisiete (17), con las siguientes medidas, linderos y superficie: tiene veinte metros de frente al Oeste, contada esta medida después de los setenta y cinco metros trece centímetros tomados desde el punto A del citado plano de mensura y subdivisión hacia el Sur; veinte metros en su contrafrente al Este; y cuarenta y seis metros noventa y dos centímetros en sus costados Norte y Sur; lindando: al Oeste con más terrenos de la concesión trescientos trece, propiedad de Ricardo José Florentino Santi, calle San Lorenzo por medio; al Este con más terrenos de la concesión trescientos trece, propiedad de María Adelaida Inés, Susana Gabriela Mercedes, José Carlos Roberto, Alfonso Fortunato Juan, Enrique Ramón Antonio, Guadalupe Dominga Florencia y Cayetano Domingo Rosario Italiano; al Norte con los lotes quince (15) y dieciséis (16) del citado plano de mensura y subdivisión; y al Sur con los lotes dieciocho (18), veintiuno (21) y veintidós (22) del mismo plano de mensura y subdivisión; con una superficie de novecientos treinta y ocho metros cuadrados cuarenta decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down02/06/1988 | Ordenanza N.º 2250

    Ordenanza N.º 2250

    Nro. de norma: 113863

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 02/06/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación formulada por el señor Remigio Menara de terrenos ubicados en la concesión doscientos treinta y cinco de la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, que según plano de mensura, unión y subdivisión para donación de calles practicado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro Alexandroff Zlateff en abril de mil novecientos ochenta y ocho, aprobado por la Municipalidad de Rafaela en expediente número 116.134 Letra “M” con fecha 4 de mayo de 1988, se individualizan como FRACCIÓN “A”, FRACCIÓN “B”, FRACCIÓN “C” y FRACCIÓN “D” y constan de las siguientes medidas, linderos y superficies: FRACCIÓN “A”: tiene doce metros cuarenta y siete centímetros en su costado Oeste, puntos F’F, contados a partir de los ciento noventa y seis metros setenta y seis centímetros del vértice Sudoeste de la concesión de que es parte hacia el Norte, doce metros ochenta centímetros en su costado Este, puntos EE’; ciento veinticinco metros sesenta y dos centímetros en su costado Norte, puntos FE; y ciento veinticinco metros cincuenta y nueve centímetros en sus costados Sur, puntos F’E’; lindando: al Oeste con terrenos de la concesión doscientos treinta y cuatro, Avenida Italia por medio; al Este con la fracción “C” del mismo plano de mensura, unión y subdivisión para donación de calles; al Norte con la fracción I (uno en romano) del mismo plazo de mensura, unión y subdivisión; y al Sur con la manzana letra “B” de la concesión de que es parte; con una superficie de un mil quinientos ochenta y siete metros cuadrados dos decímetros cuadrados.- FRACCIÓN “B”: cuenta con ciento once metros en su costado Sur, puntos J’K, contada esta medida después de los diecisiete metros treinta y dos centímetros del vértice Sudeste de la fracción “A” deslindada precedentemente hacia el Este; ciento once metros en su costado Norte, puntos JI; doce metros ochenta centímetros en su costado Oeste, puntos J’J; y trece metros quince centímetros en su costado Este, puntos KI; lindando: al Norte la fracción II (dos en romano) del mismo plano de mensura, unión y subdivisión; al Sur la manzana B1 de la concesión de que es parte; al Oeste la fracción “C” y al Este la fracción “D”, ambas del mismo plano de mensura, unión y subdivisión; con un superficie de un mil cuatrocientos cuarenta metros cuadrados veintidós decímetros cuadrados.- FRACCIÓN “C”: cuenta con diecisiete metros treinta y dos centímetro en su costado Sur, puntos E’J’; diecisiete metros treinta y dos centímetros en su costado Norte, puntos DC; ochenta y cinco metros cincuenta y cinco centímetros en su costado Oeste, puntos ED; y ochenta y cinco metros cincuenta y cinco centímetros en su costado Este, puntos GJ; lindando: al Sur con la calle España; al Norte con más terreno de la concesión doscientos treinta y cinco propiedad de Ángel Celeghin; al Oeste con la fracción I (uno en romano) y al Este con la fracción II (dos en romano), ambas del mismo plano de mensura, unión y subdivisión con una superficie de un mil setecientos tres metros cuadrados cuarenta y dos decímetros cuadrados.- FRACCIÓN “D”: tiene diecisiete metros treinta y dos centímetros en su costado Sur, puntos KK; diecisiete metros treinta y dos centímetros en su costado Norte, puntos HH’; noventa y ocho metros cincuenta y un centímetros en su costado Oeste, puntos KH; y noventa y ocho metros cincuenta y dos centímetros en su costado Este, puntos K’H’; lindando al Sur con calle J. V. González; al Norte con más terreno de la concesión doscientos treinta y cinco propiedad de Ángel Celeghin; al Oeste con la fracción II (dos en romano) del mismo plano de mensura, unión y subdivisión; y al Este con terrenos del Ferrocarril Nacional General Manuel Belgrano; con una superficie de un mil setecientos seis metros treinta y siete decímetros cuadrados.-

  • keyboard_arrow_down19/05/1988 | Ordenanza N.º 2249

    Ordenanza N.º 2249

    Nro. de norma: 116528

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/05/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la donación a favor de la “Asociación Rafaelina de Básquetbol” de una fracción de terreno baldío de propiedad de la Municipalidad de Rafaela, ubicada en calle Eduardo Oliber, entre las de Salta e Intendente Giménez, que según plano de mensura practicado por el Agrimensor don Rogelio Zurbriggen en mayo de mil novecientos setenta y ocho, inscripto en el Departamento Topográfico, Dirección General de catastro de esta Provincia bajo el número ochenta y nueve mil setecientos treinta y uno, es parte de la manzana A 2, concesión doscientos noventa y ocho, de esta ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, y se compone de ocho metros treinta y tres centímetros de Oeste a Este, con frente al Sur, puntos A-B, contados después de los cincuenta y ocho metros treinta y ocho centímetros de la esquina Sud-Oeste de la manzana de que es parte, o sea de la intersección de calles Eduardo Oliber y Salta, hacia el Este, siete metros setenta centímetros e su contrafrente al Norte, …………., por veinte metros de fondo, o sea de Sur a Norte, en su costado Este, puntos B-D., y veinte metros dos centímetros en su costado Oeste, puntos A-C., encerrando una superficie total de ciento cincuenta y nueve metros cuadrados treinta decímetros cuadrados, y linda: al Sur, calle Eduardo Oliver en medio, con terreno de la manzana B-siete; al Este, con terreno de Petrona O. de Gaitán; al Norte, con Alcides Sender y otros, y al Oeste, con terreno de Benito Leopoldo Zuber y Señora, los tres citados linderos de la misma manzana de que es parte.- Dominio inscripto a favor de la Municipalidad de Rafaela bajo el Nro 93721 - folio 4289 - Tomo 2do ……. con fecha 22 de noviembre de 1983.-

  • keyboard_arrow_down19/05/1988 | Ordenanza N.º 2248

    Ordenanza N.º 2248

    Nro. de norma: 00103-0000740-9

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/05/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para que ofrezca en donación al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a los fines de que éste incorpore a su dominio, los inmuebles donde funciona la Escuela Nº 1136 “Paul Harris”, los cuales responden a la siguiente descripción: a)- El inmueble ubicado en la manzana número treinta (30) de la concesión 233 de la ciudad de Rafaela, individualizado como lote número diecisiete (17) según plano de mensura y subdivisión practicado en mayo de mil novecientos setenta y seis por el Agrimensor Rogelio Zurbriggen, registrado en el Departamento Topográfico, Dirección General de Catastro de Santa Fe bajo número ochenta y un mil doscientos sesenta y nueve, con fecha catorce de octubre de mil novecientos setenta y seis, que cuenta con cincuenta metros de frente al Sur; cuarenta y nueve metros ochenta y nueve centímetros en su frente al Oeste; cincuenta metros en su costado Norte y cuarenta y nueve metros ochenta y nueve centímetros en su costado Este, formando la esquina Suroeste de la manzana de que es parte, con una superficie de dos mil cuatrocientos noventa y cuatro metros cuadrados cincuenta decímetros cuadrados y linda: al Norte con el lote número catorce y parte del lote número dieciséis del mismo plano de mensura y subdivisión; al Sur con la manzana veintinueve, calle Edison por medio; al Oeste con la manzana veinticinco (Plaza Colón), calle Ciudad de Esperanza por medio; y al Este con parte del lote número dieciséis del mismo plano de mensura y subdivisión.- b)- Una fracción de terreno ubicada en la parte interna de la manzana treinta, concesión doscientos treinta y tres de esta ciudad de Rafaela, cuya fracción según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Geógrafo don Leonardo F. Hofer, en agosto de mil novecientos ochenta y uno, inscripto en el Departamento Topográfico, Dirección General de Catastro de esta Provincia, gajo el número noventa y siete mil trescientos sesenta y seis, se designa como LOTE DIECISEIS A (16 A) y se ubica a contar después de los cuarenta y un metros veinte centímetros de la esquina Sud-Este de la manzana de que es parte, o sea de la intersección de las calles Tucumán y Edison, hacia el Oeste, puntos A-B., y desde aquí con rumbo al Norte se miden cuarenta y nueve metros ochenta y nueve centímetros, puntos A-H., y se compone de diez metros setenta y cuatro centímetros en su costado Este, puntos H-I y diez metros cincuenta y nueve centímetros en su otro costado Oeste, puntos F-G., por veinticuatro metros veinticinco centímetros en cada uno de sus costados Norte y Sur, puntos F-I y G-H., respectivamente, encerrando una superficie total de doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados sesenta y tres decímetros cuadrados y linda: al Norte, con terreno de Amelia M. V. de Sosa, Orlando Molina y parte de Leonidas Landriel; al Sur, con el lote diecisiete propiedad de la Escuela Paul Harris; al Este, con el lote dieciséis B, del mismo plano de mensura citado, y al Oeste, con terreno de don Francisco Zumoffen, todo de la misma manzana de que es parte.-

  • keyboard_arrow_down12/05/1988 | Ordenanza N.º 2247

    Ordenanza N.º 2247

    Nro. de norma: 109518

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/05/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Apruébanse los pliegos obrantes de fojas 102 y 113 inclusive, con las modificaciones realizadas según el Despacho de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, obrante a fs. 126 y 127 del Expediente Municipal Letra “D” - Nº 109518 - Fichero Nº 43, para que el Departamento Ejecutivo llame a licitación pública y adjudique la concesión de terrenos del Cementerio Municipal de Rafaela, a los fines de la construcción de nichos que serán cedidos a perpetuidad a quienes resulten ser sus permisionarios.-  

  • keyboard_arrow_down05/05/1988 | Ordenanza N.º 2246

    Ordenanza N.º 2246

    Nro. de norma: 114.408

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 05/05/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) tendrá a su cargo la administración y prestación del servicio de sepelio a favor de los agentes de la Municipalidad de Rafaela y sus organismos autárquicos o descentralizados; bajo las siguientes condiciones: 1 - El servicio podrá ser prestado en forma directa por el ente autárquico o a través de convenios que éste celebre con las empresas fúnebres de la ciudad que estime oportuno hacerlo. 2 - El servicio deberá consistir en la cobertura por sepelio a favor de los agentes municipales y sus familiares a cargo; dejándose aclarado que en relación a los familiares a cargo la prestación se efectuará únicamente respecto de aquellos que hubieran sido denunciados simultánea y expresamente ante la obra social y la C.A.E.P.A.M.- (1 - Modificación Introducida por Ord. 2.790 del 22/04/95) 3 - El aporte mensual que deba efectuar cada agente para la cobertura del servicio aludido precedentemente se descontará de sus haberes y pasará a integrar los fondos de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.). 4 - El o los convenios que el ente autárquico formalice con las empresas de servicios fúnebres serán elevados a conocimiento del Departamento Ejecutivo y del Concejo Municipal. 5 - Los aportes que, a tal fin hagan los agentes municipales deberán ser inferiores a los que éstos deberían efectuar al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (I.A.P.O.S) para la prestación del servicio fúnebre en iguales condiciones. 6 - La Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) asegurará que el servicio a prestar tendrá como mínimo las mismas características que presta el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (I.A.P.O.S.).

  • keyboard_arrow_down07/04/1988 | Resolución N.º 1267 - Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 9032 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 7 de diciembre de 1987.

    Resolución N.º 1267 - Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 9032 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 7 de diciembre de 1987.

    Nro. de norma: 1267

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/04/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 9032 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 7 de diciembre de 1987.

  • keyboard_arrow_down07/04/1988 | Resolución N.º 1266 - Desígnase a los Concejales Sra. Lidia L. de Sarasín y Sra. Norma Beltramone.

    Resolución N.º 1266 - Desígnase a los Concejales Sra. Lidia L. de Sarasín y Sra. Norma Beltramone.

    Nro. de norma: 1266

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/04/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Desígnase a los Concejales Sra. Lidia L. de Sarasín y Sra. Norma  Beltramone, como representantes de este Concejo Municipal para integrar la Comisión Municipal de Becas.

  • keyboard_arrow_down07/04/1988 | Ordenanza N.º 2245

    Ordenanza N.º 2245

    Nro. de norma: 101942

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/04/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificanse los artículos 2º; 3º y 5º de la Ordenanza Nº 2083, los cuales quedarán redactado de la siguiente manera: “Art. 2º) Ambos premios serán discernidos por una Comisión Especial presidida por el Subsecretario de Deportes de la Secretaria de Acción Social de la Municipalidad de Rafaela, o la persona designada en su reemplazo; e integrada por un periodista deportivo de cada uno de los medios locales de comunicación; publicaciones deportivas independientes que acrediten como mínimo seis meses de permanencia en el medio; un representante de cada uno de los Centros de Educación Física oficiales existentes en la ciudad y los auspiciantes de los premios a otorgar.”.- “Art. 3º) Para la elección del deportista premiado deberá existir un quórum consistente en la mitad más uno del número de integrantes de la Comisión, tanto para el Deportista del Mes como para el Deportista del Año; y se hará por simple mayoría de votos. En caso de empate, decidirá con el suyo el presidente de la Comisión.- Si en primera instancia no se lograra dicho quórum se postergará por 24 horas la elección y de persistir la falta, la Municipalidad de Rafaela se reserva el derecho de designar las personas necesarias y relacionadas con la actividad deportiva a los efectos de proceder a la designación.- Cada Miembro de ésta presentará una dupla de candidatos al premio con los antecedentes de cada uno.- Toda situación no contemplada en la presente ordenanza, será resuelta por la propia Comisión, adoptando las medidas determinadas en este mismo artículo.”.- “Art. 5º) Para el otorgamiento de los premios se tendrán como pautas fundamentales: a)- la actuación cumplida por los candidatos en lo estrictamente deportivo a saber: esfuerzo y responsabilidad en entrenamiento; resultados obtenidos en competencias y nivel o jerarquía de la misma.- b)- Condiciones morales puestas de manifiesto en la actividad deportiva. c)- Situaciones personales que lleven a una mayor valoración de la actividad deportiva.- d)- El grado de ejemplo que puedan constituir para la juventud.-  

  • keyboard_arrow_down26/03/1988 | Ordenanza N.º 2244

    Ordenanza N.º 2244

    Nro. de norma: 29.552

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Impónese el nombre "MARGARITA BOCHETTO" al Jardín Materno Infantil Municipal Nº 1, creado por Decreto Nº 5877 del 29 de Agosto de 1980, el cual funciona en inmuebles donados por Magdalena Santiaga Bruno ubica dos en la Manzana 15 de la Concesión 263 de esta ciudad.-

  • keyboard_arrow_down26/03/1988 | Ordenanza N.º 2243

    Ordenanza N.º 2243

    Nro. de norma: 101294

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la zona urbana del Municipio de Rafaela la superficie de la concesión 277 donde se levantarán 526 viviendas a través de la operatoria FO.NA.VI. - Secretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación; surgiendo dicha superficie del correspondiente plano de mensura.-

  • keyboard_arrow_down26/03/1988 | Ordenanza N.º 2242

    Ordenanza N.º 2242

    Nro. de norma: 114527

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir las cuotas números cuatro (4), cinco (5) y seis (6), correspondientes a los meses de abril, mayo y junio respectivamente, de la Tasa General de Inmuebles año 1988 y proceder a su cobro. La cuota del mes de abril, se le aplicará un incremento del veinticinco por ciento (25%) sobre los valores del mes de marzo, la cuota del mes de mayo se le aplicará un incremento del diez por ciento (10%) sobre el mes de abril y la del mes de junio se le aplicará un incremento del diez por ciento (10%) sobre el mes de mayo.-

  • keyboard_arrow_down26/03/1988 | Ordenanza N.º 2241

    Ordenanza N.º 2241

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificase el inciso h) del artículo 16º del Decreto-Ordenanza Nº 2896, modificado por Decreto-Ordenanza Nº 3885; el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 16º). . . . . . . . h). Créase como recurso permanente para el Instituto Municipal de la Vivienda de Rafaela un importe igual al uno y medio por ciento (1,5%) de las sumas que facture la Empresa Provincial de Energía (E.P.E.), por el consumo de energía eléctrica, a los usuarios de toda la jurisdicción del Municipio de Rafaela. Dicho importe deberá ser depositado a la orden del Instituto Municipal de la Vivienda de Rafaela; a cuyo efecto se harán las gestiones pertinentes ante el citado ente provincial.”.-

  • keyboard_arrow_down18/03/1988 | Ordenanza N.º 2240

    Ordenanza N.º 2240

    Nro. de norma: 100994

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 18/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase al domino público de la Municipalidad de Rafaela el monumento evocativo del ex Presidente Constitucional de los argentinos: Juan Domingo Perón, enclavado en el cantero central del Bulevar Presidente Roca en su intersección con las calles 25 de Mayo y Cristóbal Colon.-

  • keyboard_arrow_down18/03/1988 | Ordenanza N.º 2239

    Ordenanza N.º 2239

    Nro. de norma: 109518

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 18/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorizase al Departamento Ejecutivo para que llame a licitación pública municipal y adjudique la concesión de terrenos del Cementerio Municipal de Rafaela, a los fines de la construcción de nichos que serán cedidos a perpetuidad a quienes resulten ser sus permisionarios.-

  • keyboard_arrow_down18/03/1988 | Ordenanza N.º 2238

    Ordenanza N.º 2238

    Nro. de norma: 109518

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 18/03/1988

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modificase el artículo 4º del Decreto-Ordenanza Nº 3261 (Reglamento del Cementerio Municipal de Rafaela), el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 4º) La edificación de nichos será determinada por la Municipalidad, quien a tal fin establecerá los sistemas constructivos a utilizar.- Para la construcción de nichos podrá recurrirse a cualquiera de las siguientes modalidades: ejecución de las obras por administración, contrato de obra pública, concesión para edificar y ceder nichos bajo las condiciones que se fijen al efecto o cualquier otra forma de contratación que autorice el Concejo Municipal.”.-

  • keyboard_arrow_down29/12/1987 | Ordenanza N.º 2237

    Ordenanza N.º 2237

    Nro. de norma: 109574

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 29/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modifícanse los artículos 5º, 13º, 21º, 30º, 32º, 38º, y 45º del Anexo I de la Ordenanza Nº 2181, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Atr. 5º) Los aportantes se agruparán en categorías en base al sueldo o retribución sujetos a aportes jubilatorios o al haber jubilatorio nominal que perciban mensualmente, asignándosele a cada una de éstas un aporte personal por subsidio a acordarse.- Tales categorías y aportes serán fijados por el Departamento Ejecutivo a propuesta de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales; pudiendo ser modificados de acuerdo al mismo procedimiento.- Las normas legales fijando los aportes y las categorías, como así sus modificaciones, serán comunicadas al Concejo Municipal.- A partir del mes de diciembre de 1987, las remuneraciones en base a las cuales se fijaron las categorías vigentes a noviembre de 1987 y los aportes y subsidios a otorgarse serán modificados, siguiendo el procedimiento fijado en el párrafo segundo de este artículo, en forma proporcional al incremento de haberes de los agentes municipales.”.- “Art. 13º) El monto del subsidio será el que se fije para categoría de aportantes, según lo determinado por el artículo 5º de este Reglamento; teniéndose en cuenta los casos en que se hubiera formulado la opción prevista por el artículo 12º.- En todos los casos serán de aplicación las disposiciones de los artículos 21º, 32°, 38 y 45º de este Anexo.”.- “Art. 21º) Producido el fallecimiento del aportante, automáticamente quedarán determinadas las categorías y el monto del subsidio a acordarse por dicha causal; conforme con las pautas que a continuación se expresan: 1.- Cuando el aportante hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º y contará con la antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio será el establecido por la norma legal que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, con vigencia al mes del fallecimiento del aportante, para la mayor categoría por la que se hubiera optado.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuera la fecha en que se gestionara el subsidio por los familiares del agente fallecido.- 2.- Cuando el aportanate no hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º o habiéndola efectuado no contara con la antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior al fallecimiento o en el mes en que ocurriera la defunción, en relación con el aporte que hubiera efectuado el agente fallecido en uno u otro mes de los antes señalados.- Al dejarse la facultad al Directorio de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) de optar entre el mes inmediato anterior al fallecimiento o el mes en que ocurriera la defunción, se quiere significar que siempre habrá que hacerlo por lo que resulte más beneficioso económicamente a los familiares del aportante fallecido.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible, no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se gestionara el subsidio por los familiares del agente fallecido.”.- “Art. 30º) El subsidio por incapacidad se otorgará en caso de invalidez que ocasione la pérdida del empleo en la Municipalidad de Rafaela, sus entes autárquicos o descentralizados; siendo requisito acreditar que quien hubiera sufrido la incapacidad fue aportante del sistema de subsidios que establece la presente norma legal durante los doce (12) meses inmediatos anteriores a la fecha en que se dictamine la incapacidad, conforme se fija seguidamente.- Será condición sine quan non para la procedencia del subsidio que el acto administrativo que determine la baja del aportante se funde expresamente en el dictamen de la Junta Médica oficial que tenga competencia para expedirse sobre la incapacidad de los agentes de la Municipalidad de Rafaela a los fines de la obtención del beneficio jubilatorio por dicha causal a través de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe.- El requisito fijado en el párrafo anterior será de aplicación aún en los casos de agentes municipales que se jubilen por invalidez en cajas provisionales distintas de aquella en que se jubilen por igual razón los empleados de la Municipalidad de Rafaela.”.- “Art. 32º) En la fecha en que comience la cesación del aportante como agente de la Municipalidad de Rafaela, automáticamente quedarán determinados la categoría y el monto del subsidio a acordarse por incapacidad, para el caso que procediera el otorgamiento del mismo; conforme con las pautas que se expresan a continuación: 1.- Cuando el aportante hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º y contara con la antigüedad mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el cincuenta por ciento (50%) mencionado en el artículo 31º será el fijado por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, con vigencia en el mes inmediato anterior al comienzo del cese o en el mes en que éste comience, según le resulte más conveniente al beneficiario desde el punto de vista económico.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se gestionara el subsidio por el agente que cesó para acogerse a los beneficios de la jubilación por incapacidad.- 2.- Cuando el aportante no hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º o habiéndola efectuado no contara con la antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el cincuenta por ciento (50%) mencionado en el artículo 31º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º de este Anexo I, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior al cese o en el mes en que comience el cese, en relación con el aporte que hubiera efectuado el agente en uno u otro mes de los antes señalados.- Al dejarse la facultad al Directorio de Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.) de optar entre el mes inmediato anterior al cese o en el mes en que comience el cese, se quiere significar que siempre habrá que hacerlo por lo que resulta más beneficioso económicamente al beneficiario.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se gestionara el subsidio por el agente que cesó para acogerse a los beneficios de la jubilación por incapacidad.”.- “Art. 38º) Presentada la solicitud del anticipo por carecer de familiares directos, automáticamente quedarán determinados la categoría y el monto del subsidio a acordarse por dicha causal; conforme con las pautas que a continuación se expresan: 1.- Cuando el aportante hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º y contara conla antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el cincuenta por ciento (50%) mencionado en el artículo 37º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º de esta Ordenanza, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud del anticipo, para la mayor categoría por la que se hubiera optado.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se percibiera el anticipo por carecer de familiares directos.- 2.- Cuando el aportante no hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º o habiéndola efectuado no contara con la antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el cincuenta por ciento (50%) mencionado en el artículo 37º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud del anticipo; en relación con el aporte que hubiera efectuado el agente beneficiario en dicho mes.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se cobrara el anticipo.”.- “Art. 45º) Presentada la solicitud del anticipo por edad avanzada; automáticamente quedarán determinados la categoría y el monto del subsidio a acordarse por dicha causal; conforme con las pautas que a continuación se expresan: 1.- Cuando el aportante hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º y contará con la antigüedad de aportes mínimo exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el veinte por ciento (20%) mencionado en el artículo 45º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud del anticipo, para la mayor categoría por la que se hubiera optado.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se percibiera el anticipo por edad avanzada.- 2.- Cuando el aportante no hubiera efectuado la opción prevista por el artículo 12º o habiéndola efectuado no contara conla antigüedad de aportes mínima exigida por el artículo 14º: a). El monto del subsidio respecto del cual debe calcularse el veinte por ciento (20%) mencionado en el artículo 45º será el previsto por la norma que dicte el Departamento Ejecutivo por aplicación del artículo 5º, que tenga vigencia en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud del anticipo, en relación con el aporte que hubiera efectuado el agente beneficiario en dicho mes.- b). Dicho monto permanecerá fijo e inamovible; no devengando intereses, reajustes o actualizaciones sea cual fuere la fecha en que se percibiera el anticipo por edad avanzada.”.-

  • keyboard_arrow_down29/12/1987 | Ordenanza N.º 2236

    Ordenanza N.º 2236

    Nro. de norma: 114527

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 29/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo la emisión, distribución y cobro de la 1ª., 2ª. y 3ª. cuotas de la Tasa General de Inmuebles correspondientes respectivamente, a los meses de enero, febrero, y marzo del año 1988. La cuota del mes de enero llevará un incremento del 45% (cuarenta y cinco por ciento), sobre los valores de la 12ª, cuota del año 1987; la cuota del mes de febrero, se emitirá con un incremento del 5% (cinco por ciento) sobre los valores de la cuota del mes de enero y la cuota del mes de marzo llevará un incremento del 5% (cinco por ciento) sobre los valores del mes de febrero.-

  • keyboard_arrow_down17/12/1987 | Ordenanza N.º 2235

    Ordenanza N.º 2235

    Nro. de norma: 114330

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase a la zona urbana del Municipio de Rafaela a la concesión trescientos veinticinco (325).-

  • keyboard_arrow_down07/12/1987 | Resolución N.º 1265 - Apruébanse los diplomas de los Señores Concejales electos el domingo 8 de noviembre de 1987.

    Resolución N.º 1265 - Apruébanse los diplomas de los Señores Concejales electos el domingo 8 de noviembre de 1987.

    Nro. de norma: 1265

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Apruébanse los diplomas de los Señores Concejales electos el domingo 8 de noviembre de 1987, que a continuación se detallan: BORIO, Juan Car los; DEGIOVANNI, Hugo Alberto; MOSCARDO, Orlanda Alfredo y NICOLA, Ornar Lorenzo.

  • keyboard_arrow_down07/12/1987 | Resolución N.º 1264 - Apruébese la renuncia presentada por el Sr. Ornar Nicola en nota de fecha 4 de diciembre de 1987, a partir del día 7 de diciembre de 1987.

    Resolución N.º 1264 - Apruébese la renuncia presentada por el Sr. Ornar Nicola en nota de fecha 4 de diciembre de 1987, a partir del día 7 de diciembre de 1987.

    Nro. de norma: 1264

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 07/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Apruébese la renuncia presentada por el Sr. Ornar Nicola en nota de fecha 4 de diciembre de 1987, a partir del día 7 de diciembre de 1987.

  • keyboard_arrow_down03/12/1987 | Resolución N.º 1263 - Apruébanse los Cuadros de Ejecución Presupuestaria al 31 de diciem­bre de 1986, elevados oportunamente por el Departamento Ejecutivo Municipal.

    Resolución N.º 1263 - Apruébanse los Cuadros de Ejecución Presupuestaria al 31 de diciem­bre de 1986, elevados oportunamente por el Departamento Ejecutivo Municipal.

    Nro. de norma: 1263

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 03/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Apruébanse los Cuadros de Ejecución Presupuestaria al 31 de diciem­bre de 1986, elevados oportunamente por el Departamento Ejecutivo Municipal.

  • keyboard_arrow_down03/12/1987 | Ordenanza N.º2234

    Ordenanza N.º2234

    Nro. de norma:

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 03/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Presupuesto año 1987

  • keyboard_arrow_down03/12/1987 | Ordenanza N.º2233

    Ordenanza N.º2233

    Nro. de norma: 110365

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por:

    Fecha de Ingreso: 03/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Ordenanza Tributaria

  • keyboard_arrow_down03/12/1987 | Ordenanza N.º 2232

    Ordenanza N.º 2232

    Nro. de norma: 114034

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 03/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Reconócese al “CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTORICAS DEL CENTRO OESTE SANTAFESINO” que funciona en esta ciudad, como entidad privada de bien público.-

  • keyboard_arrow_down03/12/1987 | Ordenanza N.º 2231

    Ordenanza N.º 2231

    Nro. de norma: 109501

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 03/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase como artículo 6º bis de la Ordenanza Nº 2224 el siguiente: “Los beneficios otorgados en la presente ordenanza serán extensivos a quienes adquieran cualquiera de las manzanas mencionadas en el artículo 1º”.-

  • keyboard_arrow_down03/12/1987 | Ordenanza N.º 2230

    Ordenanza N.º 2230

    Nro. de norma: 113700

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 03/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese la cesión a título precario, a favor de la Hermandad Scout-Guía “San Antonio de Padua” de esta ciudad, del inmueble individualizado como Manzana J-I de la concesión 311 de Rafaela.-

  • keyboard_arrow_down03/12/1987 | Ordenanza N.º 2229

    Ordenanza N.º 2229

    Nro. de norma: 105285

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 03/12/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Derógase la Ordenanza Nº 2144.-

  • keyboard_arrow_down26/11/1987 | Ordenanza N.º 2228

    Ordenanza N.º 2228

    Nro. de norma: 101294

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 26/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase a la firma “Sebastián Marínese e Hijos” S.A., para que, respecto de la construcción de quinientas veintiséis (526) unidades habitacionales o localizarse en terrenos de las concesiones 277 y 293 de esta ciudad por el Plan FO.NA.VI., según documentación obrante en el Expediente Municipal Letra “S” - Nº 101254 - Fichero Nº 41, utilice las siguientes pautas constructivas: La urbanización y mensura del conjunto se efectuará bajo la forma de loteo simple y no como propiedad horizontal.- De esta forma, queda entendido que deberá hacer una sola vivienda por lote.- Las paredes medianeras de las unidades habitacionales deberán ser HºAº con espesor no inferior a 2,14 metros.-  

  • keyboard_arrow_down19/11/1987 | Resolución N.º 1262 - No hacer lugar a lo solicitado por los Señores Horacio Scándalo.

    Resolución N.º 1262 - No hacer lugar a lo solicitado por los Señores Horacio Scándalo.

    Nro. de norma: 1262

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    No hacer lugar a lo solicitado por los Señores Horacio Scándalo, en representación del "Cine-Teatro Belgrano", y Miguel A. Ruiz DÍaz, como propietario de los cines "Lasserre" y "Gran Rex".

  • keyboard_arrow_down19/11/1987 | Ordenanza N.º 2227

    Ordenanza N.º 2227

    Nro. de norma: 113952

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Modifícase el artículo IV.1.2. del Reglamento de Edificación de la ciudad de Rafaela, aprobado por Decreto Nº 4566, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “IV.1.2. DE LA RESISTENCIA DE LOS SUELOS: La Municipalidad exigirá un estudio del comportamiento mecánico de los suelos en el  caso de edificaciones de más de dos (2) plantas.- El informe sobre las conclusiones que se obtengan del estudio mencionado, deberá ser acorde con las técnicas aconsejables para la mecánica de suelos.- En los casos de edificaciones de hasta dos (2) plantas será facultativo de la Municipalidad exigir la justificación de las presiones de trabajo impuestas al suelo, cuando la naturaleza de éste o las cargas a resistir así lo hayan aconsejable, a exclusivo criterio de la Dirección de Obras Privadas.”.-  

  • keyboard_arrow_down19/11/1987 | Ordenanza N.º 2226

    Ordenanza N.º 2226

    Nro. de norma: 113.866

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Dispónese que los tramos de calles, caminos y rutas en cuyos costados existan zonas distintas por aplicación de las disposiciones municipales dictadas o que se dicten fijando las zonas urbanas, suburbanas y rural en que se divide el territorio municipal; deberán considerarse de la siguiente forma: Los tramos de calles, caminos y rutas que en un costado tengan inmuebles incluidos dentro de la zona urbana y en el otro costado tengan predios comprendidos en la zona suburbana; serán considerados como perteneciente a la zona urbana del municipio a todos los fines legales que correspondan. Los tramos de calles, caminos y rutas que en un costado tengan inmuebles incluidos dentro de la zona suburbana y en el otro costado tengan predios comprendidos en la zona rural; serán considerados como pertenecientes a la zona suburbana del municipio a todos los fines legales que correspondan. Los tramos de calles, caminos y rutas que un costado tengan inmuebles incluidos dentro de la zona urbana y en el otro costado tengan predios incluidos dentro de la zona rural: serán considerados como pertenecientes a la zona urbana del municipio a todos los fines legales que correspondan. Por tramos de calles, caminos y rutas según lo establecido en los incisos precedentes deberá considerarse todo el ancho de los mismos, entre los límites fronteros a dichas vías públicas de los inmuebles ubicados a los costados de las mismas.  

  • keyboard_arrow_down19/11/1987 | Ordenanza N.º 2225

    Ordenanza N.º 2225

    Nro. de norma: 109181

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 19/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Incorpórase como Anexo I de la Ordenanza Nº 2156 lo siguiente: ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 2156 DOCUMENTACIÓN  TECNICA  BASICA  PARA  EL  ELEMENTO  “ESCAPARATE  O  QUIOSCO” QUE  DEBERAN  CUMPLIMENTAR  QUIENES  SOLICITEN  PERMISO  PARA  INSTALARLO  EN LA  VÍA  PÚBLICA,  SEGÚN  LO  DISPUESTO  POR  LA ORDENANZA  Nº  2156.- 1.- Documentación técnica: Croquis del lugar escogido con indicación de la manzana y sus calles, línea de edificación (L.E.) y veredas en escala.- Planos: Presentación del anteproyecto o proyecto del quiosco, consistente en: planta, cortes, fachada, estructura, carpintería-herrería, detalles, instalación eléctrica, detalles de fijación del quiosco al solado de la vereda y demás datos que el solicitante crea conveniente consignar.- 2.- Ubicación: a). Según Ordenanza Nº 1986, se ubicará fuera de ochavas, o de la zona delimitada por el cordón de la vereda y la intersección de la prolongación de la línea de ochava con éste; croquis A.- b). Se sugiere tener en cuenta prohibiciones en casos como: - vereda de ancho no inferior a 4,00 metros.- - próximo al cordón de la vereda, en la zona delimitada para el ascenso y descenso de  pasajeros de vehículos de transporte público, o a menos de ocho (8) metros de los poste de parada de los mismos.- - donde afecte la utilización, acceso o visibilidad de elementos afectados al servicio público, como cámaras de electricidad y de teléfonos, buzones, semáforos, etc.- - frente o a menos de ocho (8) metros de un lugar donde existan mesas autorizadas a funcionar en la acera.- - para casos de excepción, podrá aceptarse la ubicación del elemento quiosco adosado a la pared, sobre la L.E., (línea de edificación municipal), siempre y cuando se justifiquen el caso y medie conformidad del propietario frentista. Ello se determinará, conjuntamente con la Secretaría de Servicios Públicos.- 3.- Dimensiones máximas (croquis B).- Las dimensiones máximas del elemento “quiosco” cerrado serán: 2,30 metros de longitud - 0,80 metros de ancho - 2,30 metros de altura.- - podrán utilizarse las puertas abiertas para la exhibición de diarios y revistas, siempre y cuando la medida máxima del quiosco abierto no supere los 4,00 metros de longitud y 1,80 metros de ancho (croquis B).- - el quiosco deberá ser metálico y/o revestido con material ignífugo y no poseer elementos cortantes o con puntas que puedan perjudicar a terceros; terminación: pintura color azul oscuro.- - podrá utilizarse un toldo o parasol construido con material igual o similar al quiosco, que se colocará únicamente en el frente de atención al público, a una altura no inferior a 2,10 metros y con saliente no mayor de 1,00 metros; el toldo puede ser extendido o recogido simultáneamente en su estructura hacia el quiosco (croquis B).- - en ningún caso el ancho del quiosco con puertas abiertas podrá ocupar más de la cuarta parte del ancho de la vereda, incluido el cordón (croquis B).- - el quiosco a instalar cerca del cordón, deberá dejar un espacio de 0,80 metros dedidos desde el filo externo del cordón y la parte posterior del quiosco.- - corresponde al permisionario el aseo y conservación del buen estado del quiosco, así como el sector de acera afectado.- - finalizado el permiso otorgado, el permisionario deberá dejar la acera en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su ocupación.- - no se permitirá el empleo de mesita, banqueta o accesorios anexos al quiosco.- - se permitirá el uso de un banco unipersonal para asiento de la persona que atienda el quiosco, como también el de un mostrador-escaparate de exhibición en escalera del material periodístico, ubicado sobre el lado de atención al público y que permita el paso del permisionario.-

  • keyboard_arrow_down12/11/1987 | Resolución Nº 1261 - Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 8993 del Departamen­to Ejecutivo Municipal de fecha 22 de octubre de 1987.

    Resolución Nº 1261 - Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 8993 del Departamen­to Ejecutivo Municipal de fecha 22 de octubre de 1987.

    Nro. de norma: 1261

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 8993 del Departamen­to Ejecutivo Municipal de fecha 22 de octubre de 1987.

  • keyboard_arrow_down12/11/1987 | Resolución N.º 1260 - Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 8986 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 20 de octubre de 1987.

    Resolución N.º 1260 - Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 8986 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 20 de octubre de 1987.

    Nro. de norma: 1260

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Ratificar en todos sus términos el Decreto Nº 8986 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 20 de octubre de 1987.

  • keyboard_arrow_down12/11/1987 | Resolución N.º 1259 - Autorizar al Sr. Presidente del Concejo Municipal de Rafaela.

    Resolución N.º 1259 - Autorizar al Sr. Presidente del Concejo Municipal de Rafaela.

    Nro. de norma: 1259

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorizar al Sr. Presidente del Concejo Municipal de Rafaela, Agustín Giuliani a hacer uso de licencia, entre los días 15 de octubre de 1987 y el 12 de noviembre de 1987.

  • keyboard_arrow_down12/11/1987 | Ordenanza N.º 2224

    Ordenanza N.º 2224

    Nro. de norma: 109501

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Condónase la deuda que por Tasa General de Inmuebles, recargo por terreno baldío y pavimento registran a la fecha de sanción de esta Ordenanza las manzanas de terreno individualizadas con las letras M, N, Q, R, S, T, U, V, X, Z, A, B, C, D, D, E, F, G, H, E1, F1, G1 Y H1, de la concesión Nº 300 de esta ciudad de Rafaela, según plano de mensura y subdivisión practicado por el Ingeniero Civil Justo Jiménez (h) en mayo de 1964 e inscripto en el Departamento Topográfico de la Provincia de Santa Fe bajo el Nº 39146 con fecha 10 de junio de 1964, dominio inscripto a favor de Reinaldo Luís Zlauvinen, Martha Libia Zlauvinen Artesano y Norma Nelly Zlauvinen Artesano bajo el Nº 13144 al folio 972 Tomo 175 Par, Sección “Propiedades”, Departamento Castellanos, del Registro General.-

  • keyboard_arrow_down12/11/1987 | Ordenanza N.º 2223

    Ordenanza N.º 2223

    Nro. de norma: 108820

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 12/11/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase y agradécese la donación efectuada por el Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela, a favor de la Municipalidad, de una fracción de terreno que es parte de otra mayor, ubicada en la manzana número veintiuno (21) de la concesión doscientos sesenta y nueve (269) de esta ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, que según plano de mensura y división para donación de calle practicado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro Alexandroff Zlateff en octubre de mil novecientos ochenta y siete, aprobado por la Municipalidad de Rafaela -Dirección de Obras Privadas y Catastro- en Expediente Nº 114.024 Letra S, con fecha 2 de noviembre de 1987, se individualiza como LOTE II (dos en romanos), polígono CEDFC, y cuenta con las siguientes medidas: cuarenta y un metros cuarenta y un centímetros en su costado Sur, puntos ED; diez metros en su costado Oeste, puntos EF; y diez metros en su costado Este, puntos CD; formando una superficie de cuatrocientos catorce metros cuadrados diez decímetros cuadrados; lindando: al Norte con el Lote I (uno en romano) propiedad del Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela según plano de mensura antes señalado; al Sur con calle Armando Díaz; al Este con calle L. Cachero; y al Oeste con más terreno de la concesión de que es parte. La fracción, cuya donación se acepta, se encuentra inscripta en mayor extensión a favor del Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela bajo el Nº 13676 al folio 1149 Tomo 217 Par, Año 1973, Sección “Propiedades”, Departamento Castellanos, del Registro General.-

  • keyboard_arrow_down01/10/1987 | Ordenanza N.º2222

    Ordenanza N.º2222

    Nro. de norma: 113078

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 01/10/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Disponese la donación a favor de la Asociación Cooperadora de la Comisaría N 13 (Seccional Décimo Tercera) con asiento en esta ciudad o del Gobierno Provincial, según correspondiere, de una fracción de terreno de propiedad de la Municipalidad de Rafaela, que conforme al plano de mensura y subdivisión que oportunamente deberá practicarse, cuenta con diez metros treinta centímetros de frente al Sur sobre calle Edison; veintiséis metros sesenta y un centímetros de frente al Este sobre calle Tucumán; diez metros treinta centímetros en su contrafrente al Norte y veintiseis metros sesenta y un centímetros en su contrafrente al Oeste; formando la esquina Sudeste de la manzana 30 de la Concesión 233 en que fue subdividida esta ciudad de Rafaela.-

  • keyboard_arrow_down01/10/1987 | Ordenanza N.º 2221

    Ordenanza N.º 2221

    Nro. de norma: 106170

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 01/10/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Acéptase la donación efectuada por el Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela, a favor de la Municipalidad de Rafaela, con destino a calles públicas, del inmueble anotado a nombre del Sindicato de Luz y Fuerza de Rafaela, en mayor extensión y con deducción de los vendidos, bajo el número 497 folio 41 Tomo 226 Impar de la Sección Propiedades -Depar­tamento Castellanos del Registro General- año mil novecientos setenta y cinco.- El inmueble objeto de la donación, según título, forma parte de la fracción 1, de la manzana letra B. de esta ciudad de Raf ae la, y, según plano oficial de la ciudad forma parte de la concesión 235, y, de conformidad al plano de mensura y subdivisión confeccionado por los Ingenie­ros Geógrafos Amadeo Molinari y Roberto Luppi, en el mes de setiembre del año mil novecientos setenta y cinco, registrado en la Dirección de Obras Privadas de la Municipalidad local en Expediente Nro. 33643-letra S., con fecha 31-10-1975. e inscripto en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro de esta Provincia el once de noviembre del mismo año, con el número 77715, la fracción se designa como LOTE VEINTI­SEIS, de la expresada manzana B., de esta ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe, y a partir del punto B., en la esquina formada por las calles España y Domingo Sil va, en ángulo de 90 grados 24 minutos hacia el Este, formando el costado Norte, se miden 6, 70 metros, lindando con calle Domingo Silva; del extremo Este, en dirección al Sur, en ángulo de 89 grados 36 minutos, se miden 34,80 metros, lindando con los lotes uno, dos y tres del mismo plano; de aquí nuevamente hacia el Este, en ángulo de 270 grados 24 minutos, se miden 17,85 metros, lindando con el lote tres; del extremo Este, nuevamente en dirección al Sur, en ángulo de 89 grados 36 minutos, se miden 5, 20 metros, 1 indando con parte del lote diez; de este extremo, nuevamente hacia el Este, en ángulo de 270 grados 24 minutos, se miden 69,15 metros, lindando con lotes diez, once, doce, trece, catorce y quince, todos de 1 mismo plano; de 1 extremo Este, nuevamente en dirección al Sur, en ángulo de 89 grados 36 minutos, se miden 46, 60 metros, lindando con la fracción dos de la misma manzana; del extremo Sur, punto D., en dirección al Oeste, en ángulo de 90 grados 24 minutos, se miden 23,10 metros, donde linda con calle 14 de Julio; de aquí, en dirección al Norte, en ángulo de 89 grados 36 minutos, se mide 36,30 metros, donde linda con los lotes veinticinco, veinticuatro y veintitrés del mismo plano; del extremo Norte de este costado, nuevamente hacia el Oeste, en ángulo de 270 grados 24 minutos, se miden 70,60 metros, lindando con los lotes veintitrés, veinte, diecinueve y dieciseis del mismo plano, del extremo Oeste, de este costado, nuevamente en dirección al Norte, hasta el punto B., en ángulo de 89 grados 36 minutos, cerrando el perímetro de la fracción descripta, se miden 50, 30 metros, donde linda con calle España; todo lo que encierra una superficie de 2164,45 m2.-

  • keyboard_arrow_down30/09/1987 | Resolución N.º 1258 - Prestar acuerdo para que el Departamento Ejecutivo Municipal.

    Resolución N.º 1258 - Prestar acuerdo para que el Departamento Ejecutivo Municipal.

    Nro. de norma: 1258

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 30/09/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Prestar acuerdo para que el Departamento Ejecutivo Municipal incluya en el Segundo Plan de Pavimento el tramo de calle J. Ferré comprendido entre calle Lavalle y la puerta de acceso al Club Sportivo Norte.

  • keyboard_arrow_down24/09/1987 | Resolución N.º 1257 - Apruébase la integración del Directorio de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.).

    Resolución N.º 1257 - Apruébase la integración del Directorio de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.).

    Nro. de norma: 1257

    Tipo de documento: Resolución

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Apruébase la integración del Directorio de la Comisión de Apoyo Económico para Agentes Municipales (C.A.E.P.A.M.).

  • keyboard_arrow_down24/09/1987 | Ordenanza N.º 2220

    Ordenanza N.º 2220

    Nro. de norma: 113151

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 24/09/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Establécese un régimen especial de regularización tributaria para los contribuyentes que registran deudas con la Municipalidad de Rafaela, en concepto de: tasas, derechos, contribuciones de mejoras, multas por infracciones de distinto tipo, alquiler de maquinarias, ejecución de trabajos a costa de terceros y demás tributos fijados por la legislación municipal vi?ente; en un todo de acuerdo con las disposiciones de la presente Ordenanza.-

  • keyboard_arrow_down17/09/1987 | Ordenanza N.º 2219

    Ordenanza N.º 2219

    Nro. de norma: 97773

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/09/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo a emitir, distribuir, y cobrar las cuotas décima (10a.), undécima (11a.) y duodécima (12a.) de la Tasa General de Inmuebles, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1987, respectivamente; con un incremento del veinte por ciento (20%) sobre los valores de la novena (9a.) cuota, cuyo vencimiento se producirá en el presente mes de setiembre.-

  • keyboard_arrow_down17/09/1987 | Ordenanza N.º 2218

    Ordenanza N.º 2218

    Nro. de norma: 113408

    Tipo de documento: Ordenanza

    Presentado por: Concejo Municipal ,

    Fecha de Ingreso: 17/09/1987

    Estado de Proyecto: Aprobado

    Documentos adjuntos:

    Autorízase al Departamento Ejecutivo a incrementar en un cuarenta y nueve con sesenta y siete por ciento (49,67%) el Presupuesto 1986 reconducido para el año 1987.-